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Jorge Díaz (archivo, febrero de 2025)

Foto: Gianni Schiaffarino

Cardama no recurrió ante el TCA la rescisión del contrato, según informó Jorge Díaz

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El prosecretario de Presidencia señaló que ahora el Ministerio de Defensa Nacional “deberá encarar el proceso de reclamarle al astillero los daños y perjuicios por los incumplimientos graves” que hubo en el acuerdo.

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El prosecretario de Presidencia, Jorge Díaz, informó que el miércoles venció el plazo que tenía el astillero español Cardama Shipyard para recurrir, desde el punto de vista administrativo, la reciente rescisión del contrato que tenía con el Estado uruguayo. En declaraciones a Subrayado, Díaz dijo que “el acto administrativo del Poder Ejecutivo por el cual disponía la rescisión del contrato con el astillero no fue recurrido por el astillero y, por tanto, ese acto queda firme”. “La rescisión del contrato es definitiva”, subrayó.

La decisión del actual gobierno de rescindir el contrato firmado por la anterior administración para la construcción de dos patrullas oceánicas por un total de 82 millones de euros fue confirmada el pasado 13 de febrero en una conferencia de prensa por parte del presidente de la República, Yamandú Orsi. Ese día, el mandatario también anunció que el gobierno iniciaría “acciones para recuperar el patrimonio del Estado uruguayo”.

En ese sentido, Díaz dijo que “ahora el Ministerio de Defensa [Nacional] deberá encarar el proceso de reclamarle al astillero los daños y perjuicios por los incumplimientos graves que motivaron la decisión”.

El prosecretario de Presidencia señaló que la decisión de Cardama de no interponer un recurso para recurrir el acto administrativo de la rescisión del contrato “es clave”, ya que “deja definitivo el acto y nos da una gran tranquilidad a nosotros de haber actuado conforme a derecho”. “De ahora en adelante, no hay que tratar ningún recurso y no va a haber un juicio ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo [TCA]”, expresó.

Asimismo, días atrás, el astillero español optó por retirarse de la audiencia de conciliación que tenía fijada con el Estado uruguayo, la cual había sido solicitada como paso previo a entablar una demanda civil.

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