El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, envió este martes al Parlamento un proyecto de ley de artículo único para que, en cumplimiento con lo dispuesto en la Constitución de la República, el Poder Legislativo apruebe un acuerdo entre Uruguay y Turquía para eliminar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y, al mismo tiempo, tratar de evitar la evasión y la elusión fiscal.
La carta magna establece que es competencia de la Asamblea General aprobar o rechazar “los tratados de paz, alianza, comercio y las convenciones o contratos de cualquier naturaleza que celebre el Poder Ejecutivo con potencias extranjeras”. El acuerdo entre Turquía y Uruguay fue firmado en Montevideo el 12 de noviembre de 2024, ya en el último tramo del gobierno de Luis Lacalle Pou; posteriormente, en febrero y marzo de este año, tuvo algunos cambios de redacción.
En el texto del tratado se establece que, en Uruguay, los impuestos alcanzados serán los siguientes: el impuesto a la rentas de las actividades económicas (IRAE), el impuesto a las rentas de las personas físicas (IRPF), el impuesto de asistencia a la seguridad social (IASS) y el impuesto a las rentas de los no residentes (IRNR). Mientras que, en el caso de Turquía, los impuestos comprendidos en el acuerdo serán dos: el impuesto a la renta y el impuesto corporativo.
Asimismo, en el documento suscrito entre ambos países se señala que “el acuerdo se aplicará igualmente a los impuestos de naturaleza idéntica o análoga que se establezcan con posterioridad a la fecha de la firma del mismo, y que se añadan a los actuales o les sustituyan”. En estas ocasiones, “las autoridades competentes de los estados contratantes se comunicarán mutuamente las modificaciones significativas que se hayan introducido en sus respectivas legislaciones fiscales”.
En la exposición de motivos del proyecto de ley se señala que este tratado se suma al acuerdo de promoción y protección recíproca de inversiones que Uruguay y Turquía firmaron en abril de 2022. También se sostiene que “la tendencia mundial en materia tributaria está orientada a facilitar y favorecer la inversión y el comercio internacional”. Se apunta que esto “reviste especial importancia” con respecto a los impuestos sobre la renta y el patrimonio.
Según argumenta el Ministerio de Relaciones Exteriores, “constituye un hecho cierto que los capitales acompañan las corrientes comerciales y van en busca de oportunidades dondequiera que estas se encuentren”. En ese sentido, se afirma que “la globalización es un proceso irreversible” y se señala que “el Estado que pretenda dificultar las inversiones de sus contribuyentes en otros países perjudica no solo a esos contribuyentes, sino, en definitiva, al propio Estado”.
Con respecto al acuerdo, se menciona que “las administraciones tributarias de los diferentes países son conscientes de que el comercio internacional puede generar situaciones donde se registren evasión y fraudes fiscales”. Por eso mismo, el tratado pretende garantizar que “los contribuyentes, al realizar negocios o efectuar inversiones en otros países, no resulten castigados a través de la doble tributación”, por un lado, y, por otro, se procura que “los estados contratantes tengan acceso a la información requerida para detectar posible evasión y fraudes fiscales, en virtud de negocios o inversiones realizados fuera del domicilio fiscal del contribuyente”.
El Ministerio de Relaciones Exteriores puntualiza que Uruguay ya ha firmado 26 convenios para evitar la doble imposición y prevenir la elusión y evasión fiscal, así como 14 acuerdos de intercambio de información tributaria.
