La jueza Jeannette Vargas, del segundo distrito de Nueva York en Manhattan, determinó que la medida de la administración de Donald Trump de suspender las visas de inmigración a personas de 75 países, entre ellos Uruguay, es “manifiestamente ilegal”, por lo que queda sin efecto. La disposición judicial tiene además carácter retroactivo y aplica para todas las personas a quienes se les denegó la visa en estas condiciones. En América Latina, la restricción había sido impuesta a Brasil, Colombia, Nicaragua, Guatemala, Cuba, Haití y Uruguay, y estaba vigente desde el 21 de enero.
El argumento del gobierno de Trump para adoptar esta disposición fue que los inmigrantes tienen “un alto riesgo de depender de la asistencia social o de convertirse en una carga para las finanzas públicas” de Estados Unidos y que es necesario detener el “abuso” de quienes “pretenden obtener beneficios económicos a costa del pueblo estadounidense”.
Ante esta situación, profesionales de Colombia a quienes se les denegó la visa, entre otras personas afectadas, presentaron la demanda ante un tribunal federal de Estados Unidos. En el fallo, según recogió El País de Madrid, la jueza argumenta que la suspensión de las visas viola la ley federal. Sostiene que no es potestad del Departamento de Estado aprobar los visados, sino que esta competencia es de los funcionarios consulares, y que cada solicitud debe analizarse individualmente para verificar que las y los inmigrantes cumplan con los requisitos exigidos por la ley. La ley “prohíbe categóricamente la emisión de visas de inmigrante en función de la nacionalidad del solicitante” y, por lo tanto, la medida “constituye una vulneración directa de este marco legal”, sostuvo la jueza, según informó la agencia Reuters. El gobierno de Trump puede apelar la medida.