La mutualista Casmu expuso su intención de que los funcionarios médicos y no médicos que trabajan en la institución tengan como obligatorio el esquema completo de vacunación contra la covid-19. Según la institución, la postura se basa en la normativa 317/005, que en 2005 se implementó para declarar obligatoria la vacuna contra la hepatitis B en todo el personal de salud. La situación derivó en otro punto de choque entre la dirección de la mutualista y el sindicato, que se encuentra en conflicto y realizó el jueves un paro entre las 18.00 y las 00.00.
El lunes en conferencia de prensa, el presidente Luis Lacalle Pou fue consultado y comentó que esta medida “no se está evaluando” desde el gobierno. Aun así, dijo que si el Casmu “tiene sostén jurídico, correrá por su cuenta” la implementación.
Raúl Rodríguez, presidente de la mutualista, aseguró en rueda de prensa que solicitaron al estudio jurídico Pérez del Castillo & Asociados, un análisis de cómo podría llevarse a cabo la obligatoriedad, y especificó que el funcionariado aún no vacunado es un 10%.
La presidenta de la Asociación de Funcionarios de Casmu (Afcasmu), Sonia González, señaló a la diaria, sin embargo, que estiman que el personal no vacunado es menos. Aclaró que “la inmensa mayoría” tiene la segunda dosis y “también es un número importantísimo” quienes tienen las tres dosis.
Los trabajadores del Casmu, al mismo tiempo, están en conflicto por otros aspectos: “Estrés laboral, la no cobertura de los cargos por certificaciones, las empresas tercerizadas y los despidos arbitrarios”, contó la presidenta de Afcasmu. Asimismo, hizo referencia a un nuevo reglamento de la institución que “agudiza la represión”.
“Quien determina la obligatoriedad es la Presidencia de la República, no la institución y su estudio jurídico. Por lo tanto, a los que hayan resuelto no vacunarse, hasta que no se dé una obligatoriedad por quienes tienen las potestades, nosotros no vamos a aceptar que tengan algún perjuicio”, afirmó la sindicalista.
En esa misma línea, Jorge Bermúdez, secretario general de la Federación Uruguaya de la Salud, manifestó a la diaria: “Si el gobierno definió que la vacunación es un tema de ‘libertad responsable’, es así. Cuando el gobierno cambie de opinión y defina otra cosa, veremos. Pero ahora, por lo tanto, no es obligatoria”.
Según Bermúdez, no hay otro centro de salud ‒al momento y “que conozca”‒ que tenga sobre la mesa la obligatoriedad de la vacuna en sus funcionarios. “Claramente, la decisión del Casmu de obligar a los trabajadores a vacunarse no es una decisión que esté de acuerdo con lo que establece la ley”, resumió.
En diálogo con la diaria, un experto en derecho laboral explicó que en el hipotético caso de que exista una regulación normativa específica sobre el tema, “el empleador tiene el marco legal” para establecer la obligatoriedad de las vacunas a sus empleados. Pero dado el contexto actual, para el abogado, un despido ‒u otras medidas de sanción‒ por esta razón podría considerarse que “violenta derechos fundamentales de los trabajadores, como es la libertad”. De ocurrir una represalia de la empresa, señaló que podría desencadenarse una acción de amparo ‒“porque no hay otra vía más rápida”‒ o un juicio “común, si se considera que el despido es abusivo porque se obliga al trabajador a algo que no está obligado por la ley”. En ese marco, los empleados podrían llegar a recibir una indemnización, añadió.