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Foto: Rodrigo Viera Amaral

¿Qué cambios propone el proyecto de ley contra el lavado de activos?

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Expertos señalan que las falencias del sistema no están en los aspectos normativos, sino en la escasa disposición de recursos y estructura a los organismos encargados del combate al blanqueo de capitales.

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Luego del atentado contra el domicilio de la fiscal de Corte, Mónica Ferrero, investigado como una posible amenaza narco, se reavivó el debate sobre el lavado de activos. El Poder Ejecutivo presentó un proyecto de ley para modificar la Ley Integral Contra el Lavado de Activos (19.574). El nuevo texto cambia varios artículos con el manifiesto objetivo de ajustar la legislación local a los estándares internacionales, lo que alcanza además a la Ley de Fideicomiso (17.703), la Carta Orgánica del Banco Central (leyes 16.696 y 18.401), la Ley de Sistema Nacional de Inteligencia del Estado (19.696) y la Ley de Inclusión Financiera (19.210).

Entre los puntos destacados se encuentra la reducción del tope máximo para el uso de efectivo en transferencias y negocios jurídicos, la inclusión de nuevos delitos precedentes del lavado de activos, así como cambios en las potestades de los organismos involucrados en la represión al lavado, entre otras medidas.

En lo que respecta a las modificaciones relacionadas a la Ley de Inclusión Financiera, el umbral permitido para operaciones en efectivo se reduce de 1.000.000 UI (6.365.000 pesos) a 270.000 UI (1.720.000 pesos). Por otra parte, se modifica el artículo 34 de la Ley de PLAFT, que delimita el listado de actividades ilícitas precedentes del lavado de activos y en el que se incluye a los ciberdelitos por un monto mayor a 100.000 UI, delitos ambientales y fraude en entidades del sistema financiero.

Asimismo, se imponen transformaciones organizativas en las instituciones gubernamentales vinculadas. La Comisión Coordinadora pasaría a estar presidida por el prosecretario de la Presidencia, y a estar integrada además por el presidente del BCU, el Fiscal de Corte, el Procurador General de la Nación y al Director de la Secretaría de Inteligencia Estratégica del Estado.

Por otra parte, la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos (Senaclaft) podrá exigir e incautar información o respaldos informáticos en el marco de inspecciones de inmuebles. Además, se amplía la obligación de proporcionar información a personas de derecho público no estatal y sociedades con participación del Estado.

La Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) del BCU podrá impedir por hasta cinco días hábiles la realización de operaciones sospechosas de involucrar fondos derivados de actividades delictivas precedentes o cuando existan fundadas sospechas de su vinculación con esos delitos. En la actualidad el plazo es de 72 horas.

En lo referente al sistema de justicia, se eliminan la Fiscalía Especializada en Delitos de Lavado de Activos y se redistribuyen sus potestades en las fiscalías penales, que podrán solicitar el acceso a documentación de respaldo. Además, se amplía de cinco a diez años el plazo por el cual los sujetos obligados deberán preservar los registros financieros.

Fortalezas y debilidades del proyecto

Consultado por la diaria Verifica, el abogado en materia financiera Gustavo Misa, quien fuera gerente del Departamento de Control y Fiscalización de la Senaclaft durante la administración de Luis Lacalle Pou, señaló que varios de los cambios que se proponen “ya se venían trabajando” y algunos refieren a la adecuación de la normativa al actual Código del Proceso Penal, que es posterior a la normativa contra el lavado de activos vigente.

Misa señaló que un aspecto de posible discusión es la incorporación de la facultad de la Senaclaft a poder incautar respaldos informáticos, ya que es un poder hasta el momento de exclusividad de la Dirección General de Impositiva y el BCU. Situación similar ocurre con la supresión de la fiscalía especializada, ya que significaría que un tema “tan específico” vuelva a ser competencia general en todas las fiscalías, algo que Misa no considera prudente.

“El problema de Uruguay no es normativo. El problema pasa por la eficacia, en cómo se aplica la norma”, opinó Misa, y señaló que “más allá de las discusiones técnicas”, esta es “una herramienta más” para combatir el crimen organizado, pero no significa “un salto exponencial”.

El abogado advirtió que en la actualidad las dos oficinas supervisoras, la UIAF y la Senaclaft, casi “no tienen recursos” y cuentan con una “estructura limitada”. Mientras la UIAF no llega a diez funcionarios, los 30 que integran la Senaclaft se encuentra bajo régimen de pase en comisión. “Podés sancionar la mejor ley, pero si no aplicás recursos y si no mejorás la eficacia del sistema, cambia el gobierno, los funcionarios se van y se pierde un poco la memoria de los organismos”, advirtió Misa.

Por su parte, el experto en combate al lavado de activos Alejandro Montesdeoca destacó que el país “está bien parado en líneas generales” en el aspecto normativo, aunque en los últimos años han ido cambiando los estándares internacionales y los riesgos presentes, como, por ejemplo, la aparición de los criptoactivos. Este sector ha sido identificado como un área nueva en las evaluaciones nacionales y regionales de riesgo, por lo que no se había considerado en la redacción de la normativa vigente.

Señaló que uno de los problemas detectados en la evaluación nacional de riesgos es que el número de investigaciones por lavado de activos así como el de sentencias condenatorias es “bajísimo”, en comparación con las investigaciones sin condena por los delitos precedentes, lo que demuestra que no se están llevando a cabo investigaciones financieras paralelas. “Esto que cuando se investigan o se procesan casos de delitos precedentes, como narcotráfico, tráfico de personas, contrabando u otros delitos, no se investiga en el ámbito policial o de las fiscalías la posible existencia de causas agravatorias”, afirmó, y explicó que entre los motivos se encuentra la falta de personal especializado y la inadecuada asignación de recursos.

Montesdeoca considera que a nivel político e institucional no se le ha dado la suficiente importancia al tema de la prevención y combate al lavado de activos. “Desde que se ha empezado a legislar sobre este tema, todos los avances legislativos fueron aprobados con una mayoría muy amplia. Pero a la hora de implementar esas normas en los hechos no se les dan los recursos, ni la importancia necesaria dentro de la estructura del Estado ni, dentro ni en la asignación presupuestal”, afirmó el experto.

Asimismo, señaló que “existe aún una resistencia en asociar la lucha contra el lavado de activos como una forma de luchar contra el narcotráfico”.

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