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Acuerdo salarial en grupo de Servicio Doméstico.

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Después de casi seis meses de vencido el convenio colectivo de trabajadores/as del Servicio Doméstico, el viernes se firmó el documento sustituto que abarca desde el 1º de julio de 2010 al 31 de diciembre de 2012.

La negociación comprendió a representantes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), al Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas (SUTD) por el sector de trabajadores, y a la Liga de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios del Uruguay, por los empleadores. Las partes acordaron reanudar las actividades en marzo de 2011 para cumplir con el tratamiento de temas pendientes.

El convenio tiene carácter nacional, aspecto importante de destacar para un sector con un porcentaje de informalidad que sobrepasa el 40%. Los ajustes serán semestrales: 1º de diciembre de 2010, 1º de julio de 2011, 1º de enero y 1º de julio de 2012.

En números

El salario mínimo nominal (por 44 horas semanales de trabajo y 25 jornales al mes) recibió un incremento importante, dado lo sumergido que estaba: pasó de 4.792 a 6.591 pesos para el período 1º de diciembre de 2010 al 30 de junio de 2011, lo que significa un aumento cercano a 37%. El valor de la hora fue fijado en 34,67 pesos.

Ese incremento de salario comprende a quienes se situaban en la franja más sumergida (de 4.792 a 5.792 pesos), a la que le siguen otras dos franjas. La segunda comprende a quienes ganaban al 30 de noviembre entre 5.793 y 6.792, que en este primer aumento (del 1º de diciembre de 2010 al 30 de junio de 2011) recibirán un incremento de 26,57%; la tercera franja (quienes ganaban de 6.793 en adelante) tendrá un aumento de 13,74% para este período.

Este primer ajuste salarial es bastante más elevado que el resto porque comprende, además del correspondiente a enero de 2011, el aumento que debió hacerse el 1º de julio de 2010, así como un porcentaje por la retroactividad.

Los ajustes salariales de los siguientes períodos serán inferiores, pero también persiguen el objetivo de elevar los bajos salarios del sector. Para el período del 1º de julio al 31 de diciembre de 2011 y para el que abarca del 1º de enero de 2012 al 30 de junio de 2012 los incrementos serán de 10% para la franja inferior, 8% para la segunda y 5,25% para la tercera en cada uno (en cada período). Desde el 1º de julio al 31 de diciembre de 2012 los aumentos serán de 7%, 6% y 5% para cada franja. Los ajustes por inflación serán fijados aparte (enero de 2012 y de 2013 correspondientes al año anterior).

Otras mejoras

El acuerdo refleja una demanda importante del sector de trabajadores, que es el pago de una compensación por trabajo nocturno (aquel desarrollado entre las 22.00 y las 6.00) fijada en 15% sobre el salario base.

También se pactó que los empleadores deberán pagar a los y las trabajadoras el jornal íntegro “cada vez que por diferentes razones decidan no convocarlos/as a trabajar en los días acordados”. Por otra parte, se resolvió conformar una Comisión Tripartita de Salud Laboral. En diálogo con la diaria Nora Pacheco, integrante de la mesa directiva del SUTD, expresó su conformidad con el convenio firmado, porque “tiene una recuperación salarial, más que nada para la primera franja, que es lo que pretendíamos”. El lunes 6 de diciembre el SUTD no había asistido a la audiencia del Consejo de Salarios por estar desconforme con la propuesta presentada por el MTSS. La semana pasada el ministerio hizo otra propuesta, a la vez que la Liga de Amas de Casa formuló la suya, y se retomó el diálogo que se coronó con la firma del convenio. “El giro que no se dio en seis meses se dio en 24 horas. Ahora hubo una buena disponibilidad de todas las partes, y se llegó a un convenio que es bueno”, sintetizó Pacheco.

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