Buenos días. Les comento algunas noticias que pueden leer hoy en la diaria.
Las autoridades de Secundaria procesan una investigación administrativa sobre catorce profesores del liceo 1 de San José, por sacarse fotos en 2019, dentro del centro educativo, expresando su oposición al proyecto de reforma constitucional “Vivir sin Miedo”. Dos de esas catorce personas fueron notificadas de que la División Jurídica recomienda su destitución, alegando que violaron el artículo 58 de la Constitución. Aparte de las críticas sindicales a cuestiones de procedimiento, es preciso reflexionar sobre la peculiar concepción de la laicidad que pregona el actual oficialismo.
El artículo 58 dice que “los funcionarios están al servicio de la Nación y no de una fracción política”, que “en los lugares y las horas de trabajo queda prohibida toda actividad ajena a la función, reputándose ilícita la dirigida a fines de proselitismo de cualquier especie”, y que “no podrán constituirse agrupaciones con fines proselitistas utilizándose las denominaciones de reparticiones públicas o invocándose el vínculo que la función determine entre sus integrantes”.
Es obvio que la última prohibición se refiere a las agrupaciones partidarias y no a las sindicales, ya que la enorme mayoría de los sindicatos se identifica por la pertenencia a un lugar de trabajo. A su vez, la primera frase del artículo se refiere a las “fracciones políticas”. Por lo tanto, es razonable deducir que las actividades proselitistas que se prohíben “en los lugares y las horas de trabajo” son las vinculadas a lo partidario. No violan la Constitución actividades sindicales muy habituales, como el reparto de volantes o las asambleas, aunque se realicen en esos lugares y a esas horas.
El plebiscito de un proyecto de reforma constitucional no es una elección nacional en la que compiten partidos; los sindicatos y otras organizaciones sociales tienen el derecho y hasta el deber de tomar posición. La Federación Nacional de Profesores de Educación Secundaria (Fenapes), por ejemplo, se definió contra Vivir sin Miedo e hizo campaña contra ese proyecto.
Hay carteleras sindicales en las salas de profesores, como resultado de la negociación colectiva con las autoridades de la enseñanza. Los estudiantes entran con frecuencia a esas salas por motivos válidos, y pueden ver lo que hay en las carteleras.
Si esto sucede a diario y no viola la Constitución, ¿cuál es el problema de que docentes se fotografíen con carteles que pueden estar legítimamente dentro de su liceo, si además no se trataba de una clase ni de ninguna otra actividad con estudiantes?
La laicidad no significa que deban mantenerse en secreto las ideas de los docentes, y ni siquiera sus posiciones partidarias. El actual presidente de la Administración Nacional de Educación Pública, Robert Silva, fue candidato a la vicepresidencia de la República por el Partido Colorado poco antes de que se le asignara su actual responsabilidad. No se borraron sus antecedentes ni está prohibido mencionarlos.
Lo que sí está vedado es aprovechar una posición de autoridad para favorecer a una fracción política. Esto se puede hacer, por ejemplo, en clase o tratando de amedrentar a los docentes para que no se manifiesten contra los 135 artículos de la LUC que serán sometidos a referéndum.
Hasta mañana.