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Miembros de la Guardia Republicana en el operativo de seguridad durante el clásico suspendido el 27 de noviembre de 2016.

Foto: Federico Gutiérrez

Bases para ingresar a la Guardia Republicana prohíben los tatuajes y los piercings

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El Decreto 240/020 establece que estas “técnicas” alteran “la presentación personal, la sobriedad o el adecuado porte de los uniformes”

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Las bases del llamado a concurso que publicó el Ministerio del Interior (MI) para ingresar como agente ejecutivo a la Dirección Nacional Guardia Republicana (DNGR) considera los tatuajes y los piercings elementos de inadmisión –“ineptitudes”–, por alterar “la presentación personal” y “la sobriedad” del uniformado.

Según informó el semanario Búsqueda, la prohibición de los tatuajes es parte de “parámetros nuevos” y no necesariamente se incluirá en las bases de otros llamados a concurso para otras dependencias de la institución.

El Decreto 240/020, que reglamenta la Ley Orgánica Policial (19.315), establece en el artículo 97 que “no se permitirá el ingreso de postulantes que presenten tatuajes, piercings, implantes, escarificaciones u otra técnica actual o futura, que por su tamaño, ubicación o simbolismo alteren la presentación personal, la sobriedad o el adecuado porte de los uniformes”. Según informó el MI, el llamado está dirigido a residentes de Montevideo y Canelones para ocupar vacantes en el Subescalafón Ejecutivo, perteneciente al Escalafón L Policial.

Las bases para el llamado también exigen “realizar una Declaración Jurada sobre antecedentes de enfermedades padecidas previamente, incluyendo afecciones sicológicas o psiquiátricas” (artículo 98), y la prohibición de “consumir sustancias ilícitas”, de acuerdo a la Ley 14.294 (Ley de Estupefacientes, de 1974) y sus modificativas, así como comercializar y consumir marihuana.

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