La jueza penal de 4° turno, Patricia Hornes, absolvió a los dos policías imputados por el homicidio de Santiago Cor, el joven que falleció en la ciudad de Durazno tras una persecución policial ocurrida en agosto de 2020.
La fiscal de Durazno de 2° turno, Bárbara Zapater, quien ya anunció que apelará la sentencia, había pedido una condena de cinco años y siete meses de penitenciaría para los dos policías imputados por los delitos de homicidio a dolo eventual y abuso de funciones, al entender que la muerte del joven fue “consecuencia directa” del accionar policial.
El hecho ocurrió en la tarde del domingo 9 de agosto de 2020 cuando Cor conducía en su moto por la avenida Churchill con un amigo, y su novia en otra moto. Dos policías de tránsito de la Jefatura de Policía de Durazno se acercaron y le exigieron que se detuviera, golpeando a la víctima, que circulaba con un caño de escape tronador. El joven aceleró, al llegar a una curva pronunciada no pudo mantener el control de la moto y chocó contra un árbol. Tras el accidente, fue trasladado a un centro asistencial, donde falleció dos días más tarde.
En la sentencia, a la que accedió la diaria, la jueza planteó que no se logró probar la teoría de la fiscalía, por entender que el accidente “no tiene relación con la actitud asumida” por los funcionarios policiales.
Hornes señaló parte del artículo 3 del Código Penal, que establece que “nadie puede ser castigado por un hecho previsto por la ley como delito, si el daño o el peligro del cual depende la existencia del delito, no resulta ser la consecuencia de su acción o de su omisión”.
La magistrada desestimó el testimonio de la novia de la víctima, quien viajaba a la derecha de la moto que conducía Cor y dijo que las motos se tocaron entre sí antes de que la víctima perdiera el control. “Viene una moto de los policías y se pone al lado y le dice: 'pará la moto', y Santiago se sorprendió porque me estaba mirando a mí (...) mira para el lado del cantero y le dice: ‘¿qué?’, el policía le dice: ‘que pares la moto’ y le pega en el tanque con la mano derecha, Santiago le dice: ‘¿por qué voy a parar si no estoy haciendo nada?'. El policía le seguía pegando con la mano derecha, ahí Santi acelera la moto, se van un poco más para adelante y el policía va atrás”, declaró la novia de la víctima.
La joven aseguró que después de los primeros golpes las motos chocaron entre sí y eso generó la pérdida del control del vehículo. La jueza se basó en el testimonio de un testigo protegido, quien dijo que la víctima recibió un “leve empujón”. “Yo iba caminando por la avenida con mi mascota cuando pasó el muchacho en la moto y atrás iba un efectivo policial, él pasó por la izquierda del muchacho y le dio un leve empujón y más adelante fue el accidente (...) también había una patrulla que estaba a contramano más adelante”, señaló el testigo.
Hornes rechazó la teoría de la fiscalía en cuanto a que la velocidad a la que iban los policías que perseguían a Cor fue lo que provocó el accidente. “La velocidad en un seguimiento o persecución la determina la persona a la que se solicita que detenga su marcha”, expresó en la sentencia.
La jueza señala que, si bien la actitud del policía que golpeó a la víctima “no fue correcta”, la solicitud de que detuviera el vehículo fue “ajustada a derecho” y su actuación no constituye un abuso de funciones.
En diálogo con la diaria, el abogado de los policías absueltos, Andrés Ojeda, dijo que la sentencia servirá para “poner un límite” al “abuso que hacen algunos fiscales” de la tipificación de abuso innominado de funciones. También elogió la sentencia señalando que “analiza cada hecho” y “pauta criterios claros para el abuso de funciones”. “Incluso dice que, aunque hubiese existido intercambio de golpes, eso no pauta abuso de funciones”, destacó.
Por el contrario, la fiscal señaló a Subrayado que la sentencia “tiene muchas inconsistencias”, además de “muchos medios de prueba” que no fueron analizados. Para Zapater, durante la investigación penal “se recabaron muchas evidencias probatorias que sustentaban de forma sólida la existencia de un delito de abuso de funciones”.
Además, expresó su sorpresa por el hecho de que la jueza, reconociendo que existieron golpes por parte de la Policía, no los condenara por abuso de funciones. “No quiere decir que no la respetemos (la sentencia), sino que no la compartimos, y por ello es que vamos a apelarla”, expresó Zapater, que tiene hasta principios de mayo para impugnar la decisión de Hornes.
El rol de Heber
Durante el juicio oral del caso, realizado a fines de marzo, el ministro del Interior, Luis Alberto Heber, visitó la ciudad de Durazno como señal de apoyo a los funcionarios imputados. Esa situación generó en su momento la reacción de la Asociación de Magistrados del Uruguay, que expresó su rechazo a la “presión e injerencia” del ministro en el caso.
“Tanto la presencia del jerarca en el lugar como sus declaraciones respecto a que se trata de una ‘formalización que no entiende’, o que el juicio (...) es ‘un mal mensaje a la Policía’, generan preocupación”, manifestó la agrupación en un comunicado de prensa, en el que también advirtió que “puede representar un intento de presión indebida a la jueza actuante y provocan una afectación de la fundamental separación de poderes”.
La intervención del ministro también fue comentada por el presidente de la Suprema Corte de Justicia, John Pérez, quien señaló que los jueces están preparados para soportar presiones y advirtió que para los magistrados el ministro “es una persona común y silvestre”.
La primera intervención pública de Heber sobre el caso fue en julio de 2021, tras conocerse la imputación de los policías por parte del juez de garantías Jorge Tabares. En conferencia de prensa, Heber planteó su discrepancia con la decisión judicial: “Nos alarma que mañana una fiscal tome esta actitud que ata de pies y manos a la Policía [...] no es el común denominador, nosotros tenemos una excelente relación con todos los fiscales del país”.
El ministro también opinó sobre el tema de fondo de la causa y señaló que la Policía hizo “lo que tenía que hacer” al iniciar la persecución. “Lamentablemente, le costó la vida a una persona, pero no fue el accionar de la Policía”, comentó.