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Cárcel de Domingo Arena (archivo, julio de 2022).

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Abogados del Instituto de Derecho Penal expresaron su rechazo a la prisión domiciliaria para condenados por crímenes de la dictadura

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El martes el presidente Germán Aller expresó en el Parlamento su apoyo al proyecto, dado que es la posición mayoritaria del instituto.

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Leído por Mathías Buela.
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Abogados del Instituto de Derecho Penal de la Universidad de la República enviaron una nota al instituto en la que expresan su rechazo a que los efectos del proyecto de prisión domiciliaria para mayores de 70 años incluya a quienes fueron condenados por crímenes de la dictadura.

En la carta, a la que accedió la diaria, los abogados manifestaron que en noviembre de 2021 presentaron un informe en el que expresaron que la iniciativa “no debería resultar aplicable a las personas sometidas a la Justicia penal por haber cometido, o estar siendo investigadas, por graves delitos al amparo del terrorismo de Estado”, y manifestaron su preocupación porque quedarían incluidos en el régimen de la prisión domiciliaria hechos que, “más allá de su calificación jurídica como homicidios o crímenes de lesa humanidad, constituyen graves violaciones a los derechos humanos”.

“El artículo 5 del proyecto de ley de prisión domiciliaria refiere a los crímenes de la Ley 18.026, lo cual generaría la duda sobre si hechos de tal gravedad pero calificados por la jurisdicción interna en base al Código Penal quedarían comprendidos o excluidos de la ley”, señalaron en la carta, y agregaron que correspondería modificar ese artículo “a efectos de evitar que personas actualmente condenadas por graves violaciones a los derechos humanos por hechos cometidos en el pasado reciente sean beneficiadas por el régimen de prisión domiciliaria”.

A casi todos los militares y civiles procesados o condenados por crímenes de la dictadura se les tipificaron delitos comunes, en función de que algunos tribunales consideran que los delitos de lesa humanidad ingresaron al ordenamiento jurídico uruguayo en 2006, por lo que no corresponde aplicarlo a hechos anteriores.

Sin embargo, una posición mayoritaria entiende que, más allá de que no se tipifiquen los delitos explicitados como de lesa humanidad, los crímenes de la dictadura fueron tratados como tales y en eso se basó su imprescriptibilidad, en el marco de los convenios internacionales que respaldan esa posición, como el Estatuto de Núremberg del 12 de noviembre de 1945, ratificado por Uruguay.

La carta fue enviada luego de la comparecencia del profesor Germán Aller a la Comisión de Constitución y Legislación del martes pasado, en la que expresó el apoyo del instituto al proyecto.

Si bien durante su comparecencia mencionó la existencia de informes que discrepan con la posición mayoritaria del instituto, algunos abogados entendieron que era necesario explicitar su posición, de manera de advertir que la opinión no representa a todos los integrantes.

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