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Foto: Camilo dos Santos (archivo, 2024).

Una mujer fue condenada por lavado de activos, tras engañar a la viuda de un estanciero en Artigas

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La Justicia decomisó tres propiedades en Punta del Este y una en Artigas, adquiridas a partir de la maniobra.

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La jueza en lo penal de primer turno de Artigas, Carolina Olivera, condenó a una mujer brasileña por lavado de activos, luego de que engañara a una estanciera para que le transfiriera las propiedades de su esposo fallecido, aun antes de que la Justicia determinara si la víctima del engaño sería finalmente la heredera.

La condena se logró tras un acuerdo entre la defensa de la investigada y el fiscal de Artigas de segundo turno, Federico Rodríguez, quien acordó una pena de dos años de prisión efectivo, por un delito de lavado de activos en modalidad de conversión y transferencia y un delito continuado de apropiación indebida. Se estima que la maniobra fue por un valor de 20 millones de dólares.

Tras la muerte de su esposo, la víctima se contactó con la ahora condenada, quien la persuadió diciéndole que se contactaba con su marido y le recomendaba renunciar a sus derechos como heredera y transferírselos a ella. A cambio, se comprometía a entregar a la víctima la suma de 5.000 dólares mensuales para solventar sus gastos.

La condenada primero logró que la víctima firmara un poder general que le permitió “disponer y administrar sus negocios y bienes” y luego que cediera todos sus derechos hereditarios, en un acuerdo que fue certificado por escribano. “Va de suyo que resulta inoportuno, inadecuado e improcedente disponer de bienes en concreto, en tanto hasta que no exista la declaración judicial de herederos, la investigada desconoce si [la víctima] será considerada heredera y, mucho menos, qué bienes le pertenecerán”, señala la acusación del fiscal Rodríguez a la que accedió la diaria.

En la causa judicial por la herencia del estanciero fallecido, que tenía tierras en el departamento de Artigas que sumaban 4.430 hectáreas y otras propiedades en la ciudad brasileña de Quaraí, litigaban cinco personas. Una de ellas había sido designada como heredero en el testamento del estanciero, junto a la víctima.

La mujer ocultó a la Justicia que había hecho ese acuerdo con la viuda, y no participó en el litigio por la herencia hasta que se vio obligada a presentar el documento que la acreditaba como titular de los derechos hereditarios.

Antes de que se concretara el inventario, la mujer vendió buena parte del ganado que integraba la herencia en disputa y se apropió del dinero del arrendamiento de los campos, que superaba los 110.000 dólares anuales. “De la información financiera aportada por las entidades bancarias no surge que haya invertido dinero en la conservación de los animales, sino que el mismo fue destinado a satisfacer intereses personales como gastos en farmacia, tiendas de ropa, supermercados, carga de combustible, lugares de comida, hoteles y comercios en la ciudad de Quaraí, así como la compra de bienes muebles e inmuebles”, señala el documento de la Fiscalía.

La investigación penal se realizó con la colaboración de la Unidad de Análisis y Contexto de la Fiscalía General de la Nación y se logró incluir en la condena el decomiso de los bienes objeto del lavado de activos: tres propiedades en Punta del Este, una en Artigas, una camioneta y las acciones de una sociedad comercial, adquiridas a partir de la maniobra.

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