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Ilustración: Ramiro Alonso

Justicia concedió prisión domiciliaria a septuagenario sanducero que mató a un productor rural en Garzón

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Defensores de la familia de Daniel Lalinde alegan que se trata de un crimen especialmente agravado por la premeditación y que existe riesgo de fuga.

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A través de un cedulón electrónico, a mediados de octubre, los abogados Gonzalo Peloche y Marcelo Amoroso se enteraron de que la Justicia había dispuesto como medida cautelar la prisión domiciliaria para Rafael Arcángel Álvarez, de 77 años, a pesar de no contar con pericias médicas que arrojen información sobre el estado de salud física y mental del hombre. Álvarez fue formalizado por asesinar al productor rural Daniel Lalinde, el 22 de setiembre, en Garzón, Maldonado.

El 25 de octubre, durante la audiencia de formalización, la defensa de Álvarez interpuso “razones de salud y humanidad”, según se lee en la sentencia N° 659/2021 a la que accedió la diaria.

Aunque la Fiscalía señaló que “entendía” los argumentos expuestos por la defensa, indicó que los homicidios agravados quedan excluidos de la prisión domiciliaria por lo que solicitó prisión preventiva por 120 días.

La defensa agregó que el representado se encontraba bajo tratamiento crónico por problemas de próstata, que usaba bastón por una fractura en una pierna y adujo que “el proceso penal busca que se consideren las situaciones particularmente”.

En respuesta, la Fiscalía adelantó que no se opondría a una “cautela menos gravosa” y el Tribunal de Apelaciones dispuso la prisión domiciliaria, que deberá ser monitoreada con dispositivo electrónico.

Peloche y Amoroso, defensores de la familia de la víctima, consideran que si bien Álvarez tiene una edad avanzada, las afecciones de salud que introdujo la defensa no le impidieron conducir casi 1000 kilómetros en un día, desde la ciudad de Paysandú a San Carlos y viceversa, atravesar campos y levantar porteras para cumplir con su cometido: matar a su excuñado.

Entre los riesgos procesales que indicaron los abogados está la posibilidad de que se fugue al país vecino, ya que posee ciudadanía argentina y está cerca de la frontera. Por otro lado, Álvarez y su expareja, la hermana del difunto, viven a pocas cuadras de distancia, por lo que la mujer teme que el homicida tome represalias en su contra y que la tobillera electrónica no alcance para proteger su vida.

La mujer de 74 años fue víctima de violencia doméstica mientras duró su relación con Álvarez y posteriormente a la ruptura. Por recomendación de los abogados, intentó hacer la denuncia en la Unidad Especializada en Violencia de Género del Ministerio del Interior en Paysandú, pero la Policía la desestimó por entender que con la tobillera electrónica es suficiente.

Álvarez también fue denunciado por un presunto abuso sexual a una de las nietas de su expareja. El caso fue archivado, pero los abogados consideraron que no se tuvo en cuenta la evaluación de la psicóloga, quien señaló que la niña no demostraba una tendencia hacia la fantasía o la fabulación y que mantuvo siempre la misma descripción sobre el abuso en su relato.

La defensa de la familia de la víctima pretende colaborar con la Fiscalía de cara al juicio oral y público que aún no comenzó. Al tratarse de un homicidio especialmente agravado se espera una pena de entre 15 y 30 años.

El día que Álvarez mató a Lalinde

En la tarde del 22 de setiembre, Lalinde estaba trabajando en el campo con su empleado, un joven de 25 años llamado Yohan Guerra. Álvarez llegó en una camioneta beige de vidrios oscuros y avanzó a velocidad baja por el camino vecinal. Dentro de la Chevrolet Wagon vio que Lalinde se dirigía a su encuentro, apagó el motor, esperó a tenerlo cerca y con la puerta a medio abrir, presionó el gatillo.

Guerra escuchó que su patrón le preguntó a Álvarez “¿me vas a matar a lo perro?”, y después oyó la respuesta: “ustedes me trataron como a un perro”. Luego no vio nada más porque comenzó a correr campo adentro. Mientras corría, escuchó el segundo y el tercer disparo.

En lugar de huir, Álvarez avanzó unos 150 metros hasta la casa de la víctima, se bajó del vehículo y estuvo 17 segundos observando el lugar, hecho que quedó registrado por las cámaras de seguridad de la chacra. Después comenzó su retorno hacia Paysandú, cuya trayectoria quedó grabada por las cámaras de videovigilancia del MI. Al llegar, el homicida dejó la Chevrolet en un taller mecánico -que también funciona como cochera- y fue el dueño del lugar quien aportó el domicilio de Álvarez a la Policía.

Dos cabos fueron los primeros en llegar a la escena del crimen. Encontraron a Lalinde a la izquierda del camino, sobre una pradera, con la cabeza orientada al norte. Ese día vestía una bombacha Pampero verde, una campera de tartán y un gorro azul con visera, según se detalla en la novedad N°13490473 de Investigaciones, dependencia de la Jefatura de Maldonado.

A Álvarez lo detuvieron dos días después, en Paysandú, donde admitió haber provocado la muerte de Lalinde y donde justificó que éste le debía dinero. La declaración fue recogida por la prensa y se difundió la idea de que se trató de un ajuste de cuentas.

No obstante, los antecedentes familiares, el último intercambio entre Lalinde y Álvarez y el hecho de que éste se dirigiera a la casa de la víctima luego de matarla sugieren que no se trata de un homicidio simple, sino uno especialmente agravado por la premeditación y que la seguridad de los familiares de Lalinde corren peligro, consideraron los abogados.

Un caso paradigmático

En agosto, los senadores Guido Manini Ríos, Guillermo Domenech y Raúl Lozano, de Cabildo Abierto (CA), presentaron un proyecto de ley para que los procesados y condenados mayores de 65 años accedan a la prisión domiciliaria.

De aprobarse la propuesta, 20 represores del terrorismo de Estado, que cumplen pena en la cárcel Domingo Arena (Unidad 8), serían beneficiados.

Entre los argumentos expuestos por CA, está la protección de la salud y la integridad física y psicológica de las personas mayores y el problema de la superpoblación carcelaria, a pesar de que las personas privadas de libertad mayores a 65 años no llegan a representar el 1% de la población carcelaria.

Cabe destacar que la medida no se aplicaría a quienes cometan homicidios agravados y violaciones, sin embargo, en medio de la discusión que suscitó el proyecto de CA, el caso resulta “paradigmático”, opinan los abogados, ya que demuestra los riesgos procesales que implica otorgar este beneficio, entre ellos, el peligro de la fuga.

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