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Casa en construcción con prohibición de innovar respecto a obras, en la playa Brava en José Ignacio (archivo, mayo de 2022).

Foto: Natalia Ayala

Tras denuncia de vecinos de José Ignacio por obra sobre las dunas, la Justicia dispuso medidas cautelares contra los propietarios

2 minutos de lectura
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La casa incumple las normas de ordenamiento territorial por exceso de peso y altura; los dueños no podrán modificar la edificación mientras dure el litigio.

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La Liga de Fomento de José Ignacio demandó a principios de mayo al Ministerio de Ambiente (MA), a la Intendencia de Maldonado y a dos familias argentinas por la construcción de dos viviendas situadas a 40 metros del mar en la playa Brava del balneario. Las casas sobrepasan la altura máxima permitida y fueron construidas con materiales pesados, por lo que implican infracciones al Plan de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible entre las lagunas José Ignacio y Garzón.

La playa Brava de José Ignacio es una zona con características “psamófilas costeras y de praderas serranas pedregosas, que están amenazadas por el desarrollo urbano” y donde conviven “especies prioritarias”, según la ficha E29 del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

En las demandas civiles, la asociación de vecinos solicitó el “efectivo acatamiento” de los “deberes de protección del medioambiente y del ordenamiento territorial” y que la Justicia ordene a los demandados la recomposición del “ambiente agredido”.

El 9 de junio la jueza letrada Jennifer Castillo Zamundio dispuso para una de las casas la “prohibición de innovar respecto a obras hasta el dictado de la sentencia”, lo que implica que no se puede hacer cambios en la infraestructura, así como la medida cautelar de “anotación preventiva”, por la cual cualquier interesado en adquirir el inmueble sabrá que está comprometido en un proceso judicial, informó El Observador y confirmó la diaria.

Las medidas recaen sobre Zelmira, Ramón y Antonia Sánchez Elía y Aase Dumas de Sánchez Elía (hija del chef Carlos Gato Dumas), propietarios de la vivienda ubicada en el padrón 235.

En el documento, al que accedió la diaria, la jueza indicó que la medida cautelar está enmarcada en los artículos 311 al 316 del Código General del Proceso. El órgano judicial puede intimar a las partes a que se abstengan de alterar el “estado de cosas” mientras “dure el pleito”.

A la familia Sánchez Elía se la acusa de haber creado un pozo negro en su terreno -algo que está prohibido por la normativa- y de construir una vivienda que se sostiene sobre un “desmesurado sistema de apoyo”, basado en pilares de hormigón, y que está excedida en 1,5 metros de altura. Este último punto fue consignado en el informe que elaboró la División de Evaluación de Impacto Ambiental del MA.

El 29 de abril de 2021 los integrantes de la familia comparecieron ante el MA y señalaron que hubo un error “involuntario” durante la construcción que llevó a sobrepasar la altura permitida por 97 centímetros. El planteamiento fue rechazado por el MA, que expresó que “no se comparte la justificación presentada” debido a que “se puede observar un piso de diferencia entre la vivienda en construcción y la existente en el predio de atrás”. En consecuencia, la cartera aplicó una sanción económica de 500 unidades reajustables (unos 715.000 pesos).

Por otra parte, el empresario argentino Reinaldo Rossi también enfrenta una demanda civil de la Liga de Fomento de José Ignacio por una casa situada en el padrón 433, lindero al de los Sánchez Elía. La Justicia aún no se ha expedido sobre este caso.

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