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Publicidad electoral en Maldonado (archivo, mayo de 2024).

Foto: Natalia Ayala

Maldonado decretó nuevas restricciones sobre propaganda electoral en espacios públicos

4 minutos de lectura
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Prohíbe carteles en Punta del Este, José Ignacio y Garzón, ajusta las dimensiones permitidas y establece nuevas multas; el FA advirtió que la mayor parte de la publicidad electoral ya instalada quedó en infracción.

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Editar

Tras varias instancias electorales en las que diferentes actores políticos manifestaron la necesidad de actualizar las reglamentaciones para la instalación de cartelería en espacios públicos, en medio de la molestia popular por la invasión de avenidas y rotondas, finalmente la Junta Departamental de Maldonado aprobó una ordenanza en plena campaña para las elecciones de mayo.

La normativa, que tiene carácter de decreto departamental, deroga anteriores reglamentaciones y amplía las restricciones, con el ánimo de “contribuir al mantenimiento y conservación de los espacios públicos y los elementos que lo integran” y de evitar la “distorsión, alteración y obstrucción” de las singularidades paisajísticas.

Paralelamente, procura evitar “importantes erogaciones de las arcas comunales en tareas de limpieza y/o restauración de espacios públicos, incluso debido a la necesidad de reponer algunos elementos cuyo daño traspasa el umbral hasta donde es posible su recuperación”.

También apunta a “la seguridad ciudadana, previniendo accidentes a peatones o conductores por el peligro que acarrea la voladura” de cartelería en días de viento, indica la exposición de motivos consignada en el expediente al que accedió la diaria.

Sólo un mes antes de las elecciones

El texto que los ediles votaron por unanimidad en el plenario de este martes 19 establece que la instalación de “cartelería y publicidad de naturaleza política electoral o similar” en espacios públicos sólo puede hacerse “dentro de los 30 días anteriores” a cualquier instancia electoral; hasta ahora podían colocarse dos meses antes. Estos elementos deberán ser retirados en las 48 horas posteriores a la celebración de las elecciones, agrega la ordenanza.

La propaganda a instalarse en “las columnas existentes” no pueden medir más de 0,60 x 0,50 metros, al tiempo que se prohíbe la colocación de “pasacalles, banderas y banderines, afiches y cualquier tipo de cartel adosado al equipamiento urbano, a los pavimentos de veredas, plazas, canteros o a las columnas existentes”.

También queda prohibido pintar publicidad o propaganda en los elementos que forman parte del equipamiento urbano tales como “señales de tránsito, veredas, cordones y pavimentos viales, puentes, alcantarillas, edificios públicos o patrimoniales, arbolado y columnas de alumbrado”.

La ordenanza tampoco habilita la “permanencia de cartelería política instalada sobre elementos móviles tipo tráiler (sin tracción propia)”, al tiempo que los vehículos que contengan publicidad electoral tienen vedado estacionar por más de 48 horas en un mismo lugar.

Punta del Este y José Ignacio libres de publicidad

La ordenanza también considera, en su artículo cuarto, las particularidades de las ciudades y pueblos del departamento en función de su valor turístico, paisajístico y patrimonial.

Sobre esa base, prohíbe publicidad y propaganda política electoral en Punta del Este, José Ignacio y La Juanita, y en las ramblas de La Barra y Manantiales. Tampoco está permitida en la calle principal del balneario Buenos Aires ni en las avenidas, ramblas y plazas públicas de Piriápolis.

Otra localidad que quedará libre de carteles o elementos propagandísticos es Pueblo Garzón. Esta restricción comprende a las principales avenidas y las plazas de San Carlos; las avenidas, ramblas y plazas públicas de Pan de Azúcar; y el casco histórico, avenidas y plazas de Aiguá.

En cuanto a la capital departamental, la prohibición comprende el centro delimitado por Roosevelt, Joaquín de Viaja, Lavalleja, 19 de Abril y Martiniano Chiossi, además de bulevar Artigas, avenida Perimetral y vías principales definidas en el Texto Ordenado de Normativas Edilicias (TONE).

De responsabilidades y sanciones

Los partidos y agrupaciones políticas cuyos “nombres o imágenes de sus candidatos y/o referentes” estén contenidas en la publicidad o propaganda serán responsables por el eventual incumplimiento del nuevo decreto.

La Intendencia de Maldonado (IDM) notificará a los responsables y retirará la cartelería o pintadas; además, aplicará multas de media unidad reajustable (UR) “por metro cuadrado o fracción de cartelería instalada y por día de permanencia”, con la posibilidad de incrementar la sanción en un 50% por cada reincidencia constatada.

La ordenanza establece una excepción. Se podrá instalar cartelería y publicidad en espacios públicos para los actos o movilizaciones “de cualquier naturaleza” que sean autorizados por la IDM. En tales casos, se colocarán desde las 48 horas previas y no podrán afectar los elementos del equipamiento urbano. Los organizadores tendrán un plazo de dos días posteriores al evento para retirarlas.

En caso de incumplimiento, la IDM quitará los carteles y aplicará al responsable del evento una sanción de 5 UR, pudiendo incrementarla en un 50% por cada reincidencia constatada.

Jorge Pieri (FA): “80% de la propaganda instalada queda en infracción”

Durante el tratamiento del expediente, el edil frenteamplista Jorge Pieri lamentó que “los tiempos se hayan dilatado” y que la votación se produzca en medio de la campaña electoral. No obstante, celebró el acuerdo entre todos los partidos con la esperanza de que, en adelante, se evite el inusitado avasallamiento de espacios públicos que se observó en cada acto electoral desde 2020.

Recordó que ya existía normativa sobre este punto pero que, según la respuesta a un pedido de informes que tramitó a la IDM en las internas pasadas, los incumplimientos no fueron sancionados. El Ejecutivo también le informó que hubo “licitaciones” específicas para retirar la publicidad, previendo que habría incumplimientos, aunque no indicó cuándo dinero invirtió en esas acciones.

Pieri advirtió, por otra parte, que “el 80% de la cartelería ya colocada” para las elecciones de mayo quedó en infracción con la aprobación de la ordenanza. A modo de ejemplo, recordó que hay “columneras” de dimensiones muy superiores a los 50 x 60 centímetros que permite la nueva normativa, así como vehículos con publicidad estacionados de forma permanente.

“De lo que hay en la calle actualmente, el FA debe tener no más de un 1% o 2% en infracción”, concluyó, con la esperanza de que la IDM fiscalice el cumplimiento de la reglamentación apenas sea promulgada.

A su turno, desde la misma bancada Williams Vitalis expuso la necesidad de que municipios y Ejecutivo atiendan todo lo que ya se instaló. También se preguntó qué ocurre con carteles colocados en predios privados que, de todos modos, generan distracciones en el tránsito y riesgos para el tendido eléctrico y las personas que los suben allí.

Jessica Coitinho (PN): “Hay vías más adecuadas y sostenibles para conectar con la ciudadanía”

Al fundamentar su voto, la edila nacionalista Jessica Coitinho consideró que en tiempos en los que “las campañas políticas van por redes sociales o reuniones con vecinos, es correcto abordar el problema” de la contaminación visual que, “al comienzo de este período, llegó a niveles extremos en el afán de marcar presencia” en los espacios públicos.

“Vivimos un punto de inflexión, reflexionamos y creemos que es acertada esta regulación. La población reclamaba una solución respecto de la contaminación visual. Teniendo información tan reducida en los carteles, a veces sólo un número y un nombre, creemos que hay vías más adecuadas y sostenibles para conectar con la ciudadanía”, opinó.

El coordinador de la bancada oficialista, Adolfo Varela, celebró la votación unánime y las reuniones mantenidas entre ediles de los diferentes partidos con técnicos de la IDM para la redacción del proyecto de decreto.

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