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Pirotecnia (archivo, noviembre de 2014).

Foto: Javier Calvelo, adhocFOTOS

Nueva regulación en Montevideo sólo permitirá comercializar pirotecnia con bajos niveles de sonido

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A partir de febrero de 2022 comienza a aplicarse un decreto de la Junta Departamental que atiende los reclamos de las personas con TEA y las sociedades protectoras de animales.

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Leído por Mathías Buela.
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La Junta Departamental de Montevideo aprobó este jueves un decreto por el que se regulariza el comercio de pirotecnia a partir del 1º de febrero de 2022. De esta forma Montevideo se suma a los 11 departamentos que ya han regularizado de alguna forma el uso de pirotecnia, mientras se espera una normativa a nivel nacional.

Desde febrero la Intendencia sólo habilitará la importación y venta libre de la pirotecnia que tenga bajos niveles de estruendo, es decir, que estén etiquetadas con el hexágono verde que indica menos de 80 decibles o con el amarillo que señala hasta 110 decibeles.

De todas formas, se podrán comercializar los fuegos artificiales que ya se hayan importado hasta el 31 de diciembre de 2024, pero los integrantes de la Junta entienden que “es marzo el mes de concentración de importaciones, por lo que se apunta a que luego de estas fiestas casi no exista en Montevideo oferta de pirotecnia estruendosa (hexágonos rojo y violeta)”. La Junta aclara que no se establecieron fechas anteriores porque “para estas fiestas las grandes importaciones de estos productos ya están realizadas”.

Además, la nueva regulación prohíbe la venta a adolescentes de menos de 16 años, sin importar la categoría, y determina que a partir del 1° de febrero de 2025 la Intendencia habilitará únicamente la venta libre de la pirotecnia rotulada con el hexágono verde.

También se prohibió la comercialización de los “globos de los deseos”, ya que al ser tan livianos y sostener la llama por tanto tiempo se transforman “en un elemento potencialmente ocasionador de incendios”.

Según determinó la Junta, para vender pirotecnia se deberá acondicionar un espacio exclusivo para esos fines, “separado del resto de la mercadería por un metro lineal de distancia, y deberán mantener una distancia de 50 metros lineales con respecto a estaciones de servicio, aserraderos, leñerías, centros educativos y centros hospitalarios y sanatoriales donde existan pacientes en régimen de internación”.

Además, se indica que no pueden exceder los 20 kilos de material para vender y deberán estar al menos a 50 metros de otro puesto de venta de pirotecnia. En los locales deberá haber un cartel que diga: “Se prohíbe la venta de fuegos artificiales a menores de 16 años. El uso de pirotecnia afecta a personas, animales y al ambiente”.

Desde la Junta afirman que “son notorias las recientes campañas por parte de diferentes actores de la causa de bienestar animal que solicitan la desestimulación del uso de pirotecnia”. También recuerdan que a pesar de que la contaminación acústica impacta en todas las personas, la pirotecnia estruendosa afecta especialmente a las personas con trastorno del espectro autista. A eso se suma la evidencia que demuestra el “impacto sobre la salud humana”, ya que “la manipulación y el uso inadecuado de la pirotecnia conlleva a que cada año existan personas heridas con lesiones varias”.

“El decreto apunta a un cambio cultural en nuestra sociedad respecto a la concientización de esta problemática, con proyección a mediano plazo”, resumen los ediles.

El decreto también establece que se aplicarán multas según la gravedad de la falta, que pueden ir desde dos unidades reajustables, unos 2.728 pesos, hasta 54, unos 73.673 pesos. Con lo recaudado se creará un Fondo de Convivencia destinado a “realizar campañas de educación y concientización sobre los riesgos del uso de la pirotecnia sonora y de estruendo”. Asimismo, se compromete a la Intendencia y a los municipios a llevar a cabo campañas de concientización sobre “los impactos negativos para la salud humana y animal que tiene la utilización de material pirotécnico”.

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