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Ricardo Lackner (archivo, mayo de 2021).

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Proyecto de prisión domiciliaria es “un indulto encubierto” para los represores en Domingo Arena, según centro de estudios penales

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En el documento, firmado por el fiscal y profesor de la Facultad de Derecho Ricardo Lackner, se sostiene que el texto es inconstitucional porque “exorbita” la competencia del Poder Legislativo.

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Leído por Andrés Alba.
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El Centro de Investigaciones y Estudios Penales del Uruguay (Ciepur) envió el lunes un informe a la Comisión de Constitución y Legislación del Senado para manifestar su opinión y su rechazo al proyecto de prisión domiciliaria presentado por el Partido Nacional (PN). En el documento, al que tuvo acceso la diaria, se sostiene que el proyecto es “un indulto encubierto” para los represores presos en la cárcel de Domingo Arena, y además es un texto inconstitucional porque “exorbita” la competencia del Poder Legislativo.

La iniciativa del PN, que pretende una visión más integral respecto del proyecto original de Cabildo Abierto, propone modificar el Código del Proceso Penal para autorizar a los jueces a dictaminar la excarcelación a partir de los 65 años y/o en determinadas circunstancias. En cambio, a partir de los 70 años el beneficio “se impondrá de oficio y sin más trámites”. Se prevén algunas excepciones: la prisión domiciliaria no será aplicable para personas procesadas por delitos de abuso sexual, violación o crímenes de lesa humanidad, por ejemplo.

El principal cuestionamiento a la iniciativa por parte de organizaciones sociales como Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos es que la mayoría de los represores de la dictadura no fueron imputados por crímenes de lesa humanidad, sino por delitos de homicidio, tortura y secuestro, entre otros. Por lo tanto, el proyecto del PN beneficiaría a más de 20 represores condenados por violaciones de los derechos humanos durante la dictadura.

Al respecto, Ciepur advierte que “la mayoría de las condenas se establecieron conforme a las normas del Código Penal” y no a las de la Ley 18.026 que refiere a los crímenes de lesa humanidad. Por ende, “se resuelven como delitos comunes los crímenes cometidos el amparo del aparato estatal, en aplicación de terrorismo de Estado, en medio de un quiebre institucional”.

Según Ciepur, si el proyecto es aprobado en el Parlamento, “se confirma que los pocos crímenes que se pudo imputar y hasta los que se pueden llevar a juicio quedarán en los hechos impunes”. La ley penal perdería eficacia con relación a su función de “motivar el comportamiento de los ciudadanos”, favoreciendo así “la impunidad” y la “repetición en el futuro” de los delitos de lesa humanidad. “En definitiva, estamos ante un indulto encubierto”, sostiene el informe.

El proyecto es inconstitucional

Por otra parte, Ciepur argumenta que el proyecto del PN es inconstitucional porque en la modificación propuesta al Código del Proceso Penal existe una “lesividad” que implica “intereses caros para una democracia al exorbitar el Poder Legislativo su competencia, yendo más allá de su función”.

Según el documento enviado a los senadores de la comisión, el Poder Legislativo se arroga en el proyecto “una función exclusiva de la magistratura, como es la de impartir justicia, resolviendo los casos concretos”. Según Ciepur, la disposición que obliga a la Justicia a otorgar la prisión domiciliaria “de oficio y sin trámites” a partir de los 70 años “significa transformar la posibilidad de que el juez evalúe la situación en cada caso”, lo que “altera radicalmente la función punitiva y, por ende, la actuación de uno de los poderes del Estado, el que ejerce la justicia”.

Por último, al igual que algunos legisladores del Frente Amplio -que ya expresaron su rechazo a la propuesta-, Ciepur señala que la posibilidad de otorgar la prisión domiciliaria en las circunstancias descritas en el proyecto “ya existe y se ha puesto en práctica por distintos jueces”, incluso en los casos de “algunas personas del colectivo en cuestión”, con referencia a los represores de la dictadura que, condenados, fallecieron en sus casas.

En conclusión, el informe de Ciepur, firmado por el fiscal y profesor de la Facultad de Derecho Ricardo Lackner, sostiene que “es de difícil defensa el fundamento humanitario que plantea el proyecto”, dado que el grupo objetivo, esto es, las personas privadas de libertad mayores de 65 años, “no son ni en número ni en las condiciones en que están recluidas quienes deberían provocar la reacción humanitaria y sanitaria” del sistema político. Sobre todo, en comparación con “la gente joven que vive hacinada en cárceles indignas, donde ya ha muerto un número récord de reclusos”.

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