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Unidad N°9 (cárcel de mujeres con hijos) en Montevideo (archivo, junio de 2020).

Foto: Javier Calvelo, adhocFOTOS

Especialistas advierten que aumento de mujeres en prisión tiene efectos sobre niñas, niños y adolescentes

8 minutos de lectura
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A casi tres años de la aprobación de la LUC, la cantidad de mujeres privadas de libertad sigue en alza por la aplicación del artículo 74, y los proyectos que prometían solucionarlo siguen sin ser tratados en el Parlamento.

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Leído por Mathías Buela.
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A mediados de julio de 2020, con la ley de urgente consideración (LUC) recién aprobada, comenzó a escalar el número de mujeres privadas de libertad. Los expertos que acudieron a las comisiones parlamentarias que trataron la LUC ya habían advertido que esto ocurriría: a partir de la implementación del artículo 74 de la mencionada normativa, que reemplazó la que estaba vigente hasta entonces (Ley 17.016, de 1998) y retrotrajo la pena por microtráfico a la establecida en el artículo 36 del decreto Ley 14.924 de 1974, las mujeres que antes eran excarceladas o cumplían penas domiciliarias comenzaron a caer con penas que van desde cuatro a 15 años de prisión. Además, la nueva ley añadió un inciso en el que se pena especialmente los casos donde se utilicen domicilios como bocas de expendio de estupefacientes.

Desde entonces, la población carcelaria femenina creció a un ritmo cuatro veces mayor que la masculina, según datos que informó el comisionado parlamentario, Juan Miguel Petit. Si bien los especialistas advirtieron que este aumento en la cantidad de mujeres presas ya se venía dando desde antes, la LUC aceleró ese proceso. Según pudo constatar la diaria con el Ministerio del Interior, al cierre de esta nota había 1.073 mujeres privadas de libertad, un incremento del 65% respecto a las 649 que estaban en esa situación antes de la entrada en vigencia de la ley.

Si bien el promedio actual de sus penas es cercano a los cinco años, es suficiente para provocar un incremento caudaloso de mujeres privadas de libertad y generar una consecuencia que, hasta hace poco, era invisibilizada: que los hijos e hijas de estas mujeres, que en general tienen parejas que ya estaban privadas de libertad o que eran único sostén emocional y económico de esos niños y adolescentes, empezaron a quedar a merced de familiares lejanos, de la propia cadena de violencia y explotación que sometía a sus madres o, en última instancia, del Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU).

Este es, entre todos los problemas, el que alerta Florencia Lemos desde Serpaj Uruguay cuando es consultada: “Es un delito no violento y nuestro código civil lo equipara en sus penas a delitos violentos. Las recomendaciones internacionales respecto de estos delitos, en caso de mujeres que suelen ser jefas de hogares y madres, son de no prisión salvo en última instancia”.

El caso de Dona Samer Fleitas fue emblemático, pero aunque en su caso se logró una prisión domiciliaria y un abordaje integral entre el Ministerio de Desarrollo Social, INAU y la asociación civil Gurises Unidos para garantizar que tuviera contención emocional y económica, además de una solución habitacional, no ocurre así en la mayoría de los casos.

Alertados por esta situación desde 2021, diferentes legisladores comenzaron a proponer alternativas para derogar dicho artículo de la LUC o bien mitigar sus efectos “no deseados” desde la vía parlamentaria. La senadora colorada Carmen Sanguinetti presentó un proyecto para derogarlo en diciembre de 2022. El Frente Amplio (FA) hizo lo propio tiempo después y, finalmente, el Ministerio del Interior presentó, el 24 de marzo, un proyecto para agregar un artículo al decreto ley de 1974. Ese único ítem establece: “En el caso del delito de intento de ingreso de sustancias estupefacientes a establecimientos carcelarios o de privación de libertad de adolescentes infractores, como está previsto en el numeral 5º del artículo 36 de la presente ley, el tribunal considerara la conducta como un acto preparatorio y en consecuencia se aplicará la previsión del inciso segundo del artículo 37 del presente cuerpo normativo, castigando el mismo con la tercera parte de la pena que correspondería al delito consumado, pero el juez podrá elevarla hasta la mitad, tomando en cuenta las circunstancias del caso, la gravedad del hecho cometido, la cantidad y tipo de sustancia objeto del delito y la personalidad del agente. En estos casos el juez, al momento dictar la sentencia de condena, impondrá conjuntamente con la pena que corresponda, la inhabilitación por un plazo mínimo de diez años, para el ingreso a establecimientos carcelarios y de privación de libertad de adolescentes infractores”.

Si bien una de las estrategias de los abogados defensores oficiales en representación de las mujeres detenidas era la de solicitar que se considerara como acto preparatorio dado que entendían que no hay concreción de delito al no ingresar los estupefacientes, desde el FA, el senador Charles Carrera opina que ese proyecto es más de lo mismo. En ese sentido, Florencia Lemos aclara que los tres proyectos tienen una veta similar respecto a solucionar sólo el problema de las mujeres que son detenidas por intentar ingresar sustancias a las cárceles, pero no toman el problema de las bocas de expendio: ese agravante que incluyó el artículo 74 de la LUC sin contemplar la situación de vulnerabilidad a la que estas mujeres están expuestas ni diferencias entre micro y narcotráfico a gran escala.

“Si bien hay que celebrar que se piense en una baja de penas, hay que analizar qué estamos atacando. Gobierno tras gobierno se dan soluciones con aumentos de penas. Lo bueno es que se está poniendo sobre la mesa este tema con estos proyectos. En ese sentido, el de Carmen Sanguinetti, a diferencia del presentado por el Ejecutivo, incluía una perspectiva de género en sus fundamentos. Tenemos que dar un debate sobre delitos de droga en Uruguay, y diferenciar entre micro y narcotráfico. La pregunta es: ¿dónde están los narcos? La ley castiga selectivamente según el lugar que ocupa la persona en la cadena de suministro. Es muy difícil castigar al poderoso”, indica Lemos, e insiste con que “la prisión debería ser la última medida”.

Pese a la urgencia de la situación, los proyectos “duermen” plácidamente en la Comisión de Constitución y Legislación del Senado, según explicaron fuentes parlamentarias a la diaria. Aunque es cierto que la comisión está tabicada de proyectos, con más de 30 en el haber, lo cierto es que nadie ha decretado su prioridad.

“No hay voluntad política del oficialismo para que avance”, aseguró a este medio el senador Carrera. Y añadió: “Nuestras prioridades para esta legislatura son cinco, y está este tema, analizar una serie de juicios políticos que ya se cumplieron; la problemática de deudores y el fortalecimiento a la junta de transparencia y ética pública; así como legislar en torno al delito de enriquecimiento ilícito”.

En este momento, según informó la senadora nacionalista Carmen Asiaín a este medio, la comisión se encuentra tratando la reestructuración de deudas y un proyecto de prisión domiciliaria “que podría mejorar este aspecto”. Para Carrera esta última iniciativa “es un maquillaje” ya que lo deja como opción para el juez, “cuando es un proyecto dirigido a favorecer a torturadores y graves violadores de Derechos Humanos durante la dictadura uruguaya”.

“Estas modificaciones de la LUC han castigado con mayor severidad estas situaciones y nos han generado un gran problema en el sistema carcelario femenino. Prácticamente la población se ha duplicado, con penas draconianas, es decir altísimas. Mientras tanto, si mirás por el otro lado, situaciones de gran narcotráfico de pasta base, como el narco de la Tahona, por ejemplo, que se lo agarró con 456 kilos de pasta base en Artigas. Ese delincuente, que causa gran daño a la sociedad, se lleva de pena 24 meses de prisión. Y en un caso paradigmático como el de Dona Samer, que es el que ha dado todo este debate, se la penó con cuatro años. Esto generó una gran distorsión y muestra que estamos castigando muchísimo al eslabón más débil de la cadena y a los grandes narcotraficantes le damos penas irrisorias”, señaló Carrera en consonancia con lo mencionado por Serpaj.

La realidad en los territorios

Más allá de los números –1.073 mujeres presas, 41 niños o niñas viviendo con sus madres en prisión (porque tienen menos de 4 años) y más de 1.280 niños o niñas y adolescentes con madre privada de libertad–, lo cierto es que la realidad de los territorios y el problema viene de larga data. Antes de la aprobación de la LUC ya era un problema que, visiblemente, se agravó: así lo explica Lía Fernández, psicóloga y miembro de la Asociación Civil Gurises Unidos, que desde 1989 trabaja por los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

“Desde hace muchos años, vemos el impacto que tiene sobre estos gurises el hecho de tener familiares privados de libertad. La mayoría son personas de sectores pobres y vulnerables. De territorios excluidos. El encarcelamiento profundiza más la vulnerabilidad de esos gurises”, explica Fernández. Los datos del Comisionado Parlamentario, de la Fiscalía General y del Instituto Nacional de Rehabilitación son contundentes: el 50% de las mujeres presas son primarias, es decir que cometen su primer delito, el 95% es de origen humilde y poco más de la mitad están por causas vinculadas al microtráfico. “Condenó aún más a mujeres pobres jefas de hogar y sus hijos”, explica la psicóloga: el 90% de las mujeres privadas de libertad son, además, madres.

La tendencia frente a temas de seguridad ciudadana sigue siendo el encarcelamiento, y parece que esto no va a cambiar en el corto plazo. “Paralelo a esta línea creciente están los hijos de estas personas, ante los que el Estado no responde”, señala la psicóloga. Y añade: “El impacto del encarcelamiento de un familiar significativo es múltiple y tiene diferentes dimensiones, la emocional, ni hablar, pero también muchas veces quedan sin referente adulto o van con alguna familiar mujer. La mayor parte de las veces se trasladan a hogares del INAU, lo que va en contra de todas las recomendaciones internacionales, en términos de la desinstitucionalización a la que se tiende. El encarcelamiento de una mujer, que mayormente es pobre y es mamá, termina vulnerando derechos de niños, niñas y adolescentes”.

Además, menciona los impactos en la generación de estigmas y condena social, que son mayores aún que cuando el adulto privado de libertad es el padre. Y alerta sobre un elemento del que se habla poco: el impacto económico. La privación de libertad de las madres suele devenir en la proliferación de trabajo infantil.

En ese sentido, Fernando Olivera, director de Cardal –un proyecto para erradicación y prevención del trabajo infantil de la Asociación Civil Cippus, en La Unión– explica que, cuanto las madres caen presas, se produce una problemática multidimensional que incluye el factor económico: con quién quedan esos chicos, cómo se sostienen económicamente y dónde viven.

“Esas madres ya integran una cadena de explotación y violencia a la que los gurises ya están expuestos. Y cuando caen presas quedan aún más expuestos y a veces en la misma cadena de explotación”, alerta Olivera. De esta forma, niños, niñas y adolescentes comienzan a ser incorporados a las cadenas de microtráfico e incluso de explotación sexual.

Además, la situación territorial comienza a volverse cada vez más violenta. “Hemos sufrido la violencia y situaciones vinculadas al microtráfico. Por otro lado, ha crecido la muerte por ajustes de cuenta y disputa de territorios. Esta lógica ha generado mucha más violencia y presencia de armas en el territorio. También se han hecho más primitivos y violentos los códigos. Vemos heridos en cada visita, no son noticia porque no mueren muchas veces”, señala Olivera.

Tanto Fernández como Olivera coinciden en que la respuesta al problema de niños, niñas y adolescentes con madres privadas de libertad debe abordarse integralmente: contemplando la solución habitacional, la reinserción laboral, la variable escolar, la económica y más.

“Si la prisión domiciliaria no se acompaña de un abordaje integral no sirve para nada, mejor que sigan presas”, advierte Fernández. “No creemos que hagan falta programas focalizados. El caso de Dona Samer fue emblemático. Se usaron herramientas ya existentes. Se organizó una respuesta entre Mides –vivienda–, INAU –contratación de una persona que garantizara actividades escolares, salud, etcétera–, y el equipo de Gurises Unidos que les daba seguimiento a esa persona cuidadora y acompañaba a los niños y niñas. No estamos pensando en algo muy innovador”, aclaró.

Si bien la situación legal de las mujeres vinculadas al microtráfico parece estar en (lenta) revisión, desde Gurises Unidos advierten que “lo fundamental es que la prisión domiciliaria sea en condiciones que garanticen comida, vivienda y propuestas laborales. Hay que pensar la libertad asistida desde una situación macro que comprometa todas las aristas”.

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