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Supermercado de Montevideo (archivo, junio de 2014).

Foto: Javier Calvelo, adhocFOTOS

La Rendición de Cuentas prohíbe comercializar como productos lácteos a aquellos que no tengan origen animal

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El artículo busca “preservar lo que es la producción animal y no utilizar como leche cosas que no son leche y, en definitiva, restringir el uso del nombre para los productos que son de origen animal”, explicó el subsecretario de Ganadería.

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Con el mismo “espíritu” del Presupuesto de 2020, que prohibía vender productos de origen vegetal con nombres asociados a productos cárnicos, como las hamburguesas, el proyecto de Rendición de Cuentas de 2022, que ingresó este viernes al Parlamento, establece en su artículo 426 que no podrá utilizarse denominaciones asociadas a productos lácteos o sus derivados “para hacer publicidad o para comercializar alimentos” que no tengan origen lácteo o sean “cultivados o producidos de manera artificial en un laboratorio”.

Para el primer caso, el proyecto determina que no pueden utilizar nombres asociados a productos lácteos aquellos “que incumplan con las definiciones establecidas en el Reglamento Bromatológico Nacional, no debiendo utilizarse para su rotulación ninguna etiqueta, documento comercial, descripción o representaciones pictóricas, material publicitario o forma de publicidad y de presentación en los puntos de venta, que indique, implique o sugiera que se trata de un alimento de origen lácteo”.

El Reglamento Bromatológico Nacional define la leche en términos genéricos como “el producto de la secreción mamaria natural obtenido por uno o varios ordeños, sin adición ni sustracción alguna”, y a los efectos del reglamento “se entiende por leche, sin otro calificativo, el producto integral del ordeño total e ininterrumpido de vacas lecheras sanas, adecuadamente nutridas y no fatigadas, recogida en forma higiénica y sin contener calostro”.

“De igual manera, no deberán utilizarse en las rotulaciones los nombres asociados a la leche y sus derivados, definidos en el Reglamento Bromatológico Nacional, para referirse a alimentos que sean cultivados o producidas de manera artificial en un laboratorio”. El incumplimiento de esta disposición dará lugar a sanciones en el marco de la Ley 9.202 (Ley Orgánica de Salud Pública).

El subsecretario de Ganadería, Agricultura y Pesca, Juan Ignacio Buffa, explicó a la diaria que “el espíritu” de este artículo “es igual” al que incluyó el Presupuesto de 2020 sobre las hamburguesas de origen vegetal. “Es con el mismo espíritu de preservar lo que es la producción animal y no utilizar como leche cosas que no son leche y, en definitiva, restringir el uso del nombre para los productos que son de origen animal”, señaló Buffa, y puso como ejemplos la leche de soja o la leche de almendras.

Sobre cómo se originó el artículo, Buffa indicó que “después de que fue presentado el artículo asociado a la carne y demás eso se estuvo trabajando en el Inale [Instituto Nacional de la Leche], donde está todo el sector, y por ahí vino un poco el planteo”, pero agregó que “fue una motivación más del Ejecutivo”.

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