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Guzmán Acosta y Lara (archivo, noviembre de 2022).

El Tribunal de Cuentas observó al MIEM por cambiar las bases de un concurso que terminó favoreciendo a los canales privados

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El ministerio eliminó una condición que impedía la financiación de producciones que “sigan un formato extranjero”, lo que favoreció proyectos presentados por los canales privados.

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Este viernes se conoció una resolución del Tribunal de Cuentas que observa los gastos incurridos por el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) en el marco del Fondo de Apoyo a la Producción Audiovisual Sustentable (FAPANS), que tiene por objetivo fomentar la producción audiovisual nacional, informó MVD Noticias.

De acuerdo con la resolución 2320/2023, a la que tuvo acceso la diaria, dichos gastos, que superan los 52 millones de pesos, fueron destinados a la producción de los programas Bake Off, La Voz Uruguay y ¿Quién es la máscara?, producidos por Canal 4, Canal 10 y Canal 12, respectivamente.

Los proyectos de propuestas presentadas por los canales 4 y 10 fueron aprobados por el ministro de Industria, Energía y Minería, Omar Paganini, mientras que el presentado para la realización de ¿Quién es la máscara? de Canal 12 fue aprobado por el director nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, Guzmán Acosta y Lara.

Según detalla el documento, al fondo le corresponde una partida anual de 85 millones de pesos, 80 de los cuales son acreditados por el Área de Planificación y Gestión Financiero Contable del MIEM, “mediante refuerzo de rubro en la medida de las adjudicaciones a realizar”.

Si bien la resolución explica que todos los proyectos cumplieron con los requisitos de elegibilidad establecidos por las bases de la convocatoria del FAPANS, los programas beneficiados por el fondo no lo hacían originalmente, puesto que “no se otorgaría a producciones que, aunque realizadas en el país, sigan un formato extranjero”. Según el documento, un informe de la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicio de Comunicación Audiovisual el 3 de julio reconoce dicha incompatibilidad.

Así, de acuerdo a lo expuesto en el informe, fue luego de una resolución emitida por el MIEM, el 7 de julio de 2023, que dicho requisito fue suprimido, a pesar de que las bases previamente establecidas para la convocatoria fueron aprobadas por una resolución del ministro actuante, que data de mayo de 2023.

Esto se halla en conflicto con declaraciones de Acosta y Lara, quien declaró a la diaria en el mes de junio que no sería un impedimento tener “formatos internacionales que se hacen acá”, puesto que el objetivo es “fomentar el sector audiovisual”.

De esta forma, explica el documento, “los postulantes se presentaron a la convocatoria con unas bases diferentes a las que rigieron al culminar el proceso de selección”. Así, se vieron vulnerados tanto “el principio de concurrencia” así como “el otorgamiento de la garantía en el tratamiento igualitario de los oferentes”, establecidos por los artículos 149 y 48 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF), respectivamente.

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