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José Korzeniak (archivo, noviembre de 2023).

Foto: Ernesto Ryan

Para ministro de la Corte Electoral, es una “carencia legislativa” que no se pueda sancionar una violación a la ley de publicidad electoral

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Si el FA concreta la denuncia contra Delgado y la Corte Electoral lauda que el precandidato blanco incumplió la Ley 17.045, sólo lo podrá notificar.

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La denuncia contra el spot publicitario del candidato del Partido Nacional (PN) Álvaro Delgado que evalúa presentar el Frente Amplio (FA) podría traducirse en que “la Corte resuelva decir que hubo una violación de la ley y notificar a Delgado”, pero nada “más allá de eso”, indicó a la diaria el ministro José Korzeniak.

El FA denuncia que Delgado incumplió la Ley 17.045, que en su artículo 1 establece que los partidos políticos podrán iniciar su publicidad electoral recién un mes antes de las elecciones, en este caso, las internas, aunque están excluidas de esta disposición “la difusión de información sobre actos políticos y actividades habituales del funcionamiento de los partidos”. Sin embargo, para cuando se comprueba el incumplimiento, la normativa “no establece sanciones”, explicó Korzeniak.

“La Corte lo que hace en esos casos es oficiar a la Ursec [Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación] para que diga cuántas veces, en qué momentos [se violó la normativa] y el contenido del mensaje”, y así evaluar de qué forma “se emitió” y en qué “lugares se hizo”; con base en esto “se toma una resolución”.

Consultado por la diaria, el director de la Ursec por el FA, Pablo Siris, confirmó que de hacerse la denuncia “la Corte enviará un oficio” y el organismo que él integra “solicitará el material a los medios, que tienen la obligación de guardar sus grabaciones por tres meses”. Más allá de este rol de gestión, la Ursec no puede aplicar ninguna sanción.

El hecho de que la Corte Electoral no pueda sancionar es, para Korzeniak, “una carencia legislativa”, porque se da “la circunstancia de que la ley establece una prohibición pero no establece una sanción, una multa”.

“Este es un tema de los legisladores; la Corte hace lo que puede hacer, es un organismo público en función de lo que la ley le atribuye” y, si bien “podrá decir ‘esto es violatorio de la ley’, no puede sancionar”, insistió.

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