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Archivo, mayo de 2022.

Foto: Ernesto Ryan

Devolución Fonasa 2024: ¿cuándo cobrar y cómo saber el monto?

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Desde el lunes 23 de setiembre se puede cobrar; se devolverán cerca de 190 millones de dólares del Fondo Nacional de Salud a unos 152.000 contribuyentes.

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El Banco de Previsión Social (BPS) reintegrará alrededor de 190 millones de dólares del Fondo Nacional de Salud (Fonasa) a unos 152.000 contribuyentes por los excedentes de aportes en 2023.

La devolución será entre el 23 y 27 de setiembre y el calendario se organizará, como todos los años, con base en el último dígito del documento de identidad, según informó el presidente del BPS, Alfredo Cabrera, a Comunicación Presidencial.

Consultá si tenés devolución del Fonasa 2024

La consulta sobre si corresponde o no el reintegro y el monto de la devolución se podrá hacer a partir del 6 de setiembre a través del sitio web del BPS, a través del servicio “Consultar detalle de devolución Fonasa”. Para ello es necesario contar con un usuario registrado en el organismo.

Si la persona no tiene un usuario BPS, se puede consultar por la devolución a través de la web del BPS, por teléfono al 0800 2016 o via WhatsApp 092 366 272 (092 FONASA).

En caso de no tener usuario personal, se puede solicitar su creación en redes de cobranza como Abitab o Red Pagos, explicó Cabrera.

¿Quiénes pueden cobrar la devolución del Fonasa?

Podrán acceder a la devolución del Fonasa los trabajadores que en 2023 hayan percibido un promedio de ingresos mensuales superior a 105.847 pesos, y los jubilados o pensionistas con un promedio superior a 114.667 pesos, en valores nominales.

¿Cómo se cobra?

Las personas que dispongan de una cuenta bancaria registrada ante el BPS recibirán el dinero por esa vía de forma automática el 23 de setiembre.

En caso de no tener una cuenta bancaria, el pago se realizará a través de redes de cobranza, ANDA y supermercados El Dorado según el calendario establecido por el organismo:

  • quienes tengan documento que termine en 0 o 1 cobrarán desde el 23 de setiembre
  • quienes tengan documento que termine en 2 o 3 cobrarán desde el 24 de setiembre
  • quienes tengan documento que termine en 4 o 5 cobrarán desde el 25 de setiembre
  • quienes tengan documento que termine en 6 o 7 cobrarán desde el 26 de setiembre
  • quienes tengan documento que termine en 8 o 9 cobrarán desde el 27 de setiembre.

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