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Política Sociedad
Junta de firmas contra la LUC (archivo, junio de 2021). · Foto: Ernesto Ryan

Junta de firmas contra la LUC (archivo, junio de 2021).

Foto: Ernesto Ryan

Organizaciones rechazaron en el Parlamento los cambios de la Corte Electoral a la recolección de adhesiones para los plebiscitos

“Va contra la democracia directa y contra la participación de la ciudadanía en temas estratégicos”, cuestionaron desde Redes Amigos de la Tierra; la INDDHH recibió una denuncia en contra de la resolución del organismo electoral.

“Las personas que estamos aquí presentes somos representantes de organizaciones sociales. En distintas circunstancias hemos usado estos instrumentos de iniciativa popular, que con esta resolución administrativa de la Corte [Electoral] para nosotros son vulnerados”, sostuvo Víctor Bachetta, integrante de la Red Unión de la Costa, al presentar este miércoles ante la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración de la Cámara de Diputados el rechazo de distintas organizaciones sociales a los cambios introducidos en el mecanismo de recolección de voluntades para promover plebiscitos.

En marzo, la Corte Electoral aprobó un nuevo reglamento que exige, además de la firma, la impresión de la huella digital para computar las voluntades de los adherentes. Según la circular 12.430 del organismo, la incorporación de la huella busca “optimizar los recursos con que se cuenta para constatar, con la mayor transparencia y certidumbre, la identidad de quien comparece a esos efectos”.

Varias iniciativas de consultas populares, por las que ya se habían recolectado miles de adhesiones con firmas, tomaron conocimiento de la resolución de la Corte Electoral cerca de tres meses después, por lo que debieron reiniciar el proceso.

Este miércoles también comparecieron ante la comisión María Irma Rodríguez, integrante del Movimiento Nacional en Defensa de la Seguridad Social (Mondess); María Selva Ortiz, presidenta de Redes Amigos de la Tierra Uruguay; Jorge Mirone, miembro de la Asociación de Trabajadores de la Seguridad Social (ATSS); y Enrique Cal, presidente de la Federación Uruguaya de Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua (Fucvam).

En la comisión, Bachetta citó un informe del doctor en Derecho José Luis Sciandro, quien sostuvo que, “al regular los procedimientos de los actos electorales y el funcionamiento de los partidos políticos, la Corte debe actuar bajo el principio general consagrado en el artículo 10 de la Carta, el cual exige que cualquier limitación a los derechos civiles o políticos de los ciudadanos provenga exclusivamente de una ley formal dictada por razones de interés general”. “Restringir mediante mecanismos burocráticos los instrumentos de democracia directa constituye una vulneración flagrante a los principios consagrados expresamente por la Constitución”, citó Bachetta.

El presidente de Fucvam –organización que promovió en 1984 una consulta popular contra la Ley de Propiedad Horizontal de la dictadura– consideró que “resulta paradójico que, en pleno ejercicio democrático del país desde ya hace unos cuantos años, por una vía administrativa se dificulte -no queremos decir que se impida, pero se dificulta, se entorpece- la participación popular directa”.

Rodríguez, en tanto, afirmó que la resolución de la Corte Electoral “atenta contra uno de los principios de nuestra democracia: la democracia directa, que es un orgullo de nuestro país”. El Mondess, al igual que Fucvam y la ATSS, fue una de las organizaciones que impulsó el plebiscito sobre seguridad social en 2024. “A pesar de que no llegamos a los votos requeridos, todas las organizaciones consideramos que el plebiscito permitió a la ciudadanía conocer de primera mano un tema tan fundamental como la seguridad social”, valoró Rodríguez, y apuntó que “no todos los países tienen ese recurso”.

“Cuando los ciudadanos de a pie utilizamos estos recursos que nos da la Constitución de la República estamos defendiendo la soberanía”, sostuvo. Por tanto, dijo que el hecho de “que la Corte Electoral, por sí y ante sí -desconociendo también al Parlamento-, tome esta resolución con un argumento tan simple como decir que va a mejorar las acciones administrativas porque le cuesta mucho trabajo controlar las firmas, sería como que el BPS [Banco de Previsión Social] dijera: ‘Vamos a limitar la cantidad de jubilaciones y prestaciones que damos al año porque administrativamente es muy difícil’”.

En representación de ATSS, Mirone sostuvo que las consultas populares son “un proceso muy largo y costoso, que requiere grandes recursos económicos, tiempo y militancia desinteresada”. Por lo que, “desde la perspectiva de la vocación democrática una persona biempensante hubiera esperado que las instituciones y sus jerarquías, altamente remuneradas, trabajen incansablemente para facilitar los mecanismos de consulta popular”, señaló. “Lamentablemente la realidad nos pega una trompada en la cara”, afirmó.

Por su parte, Ortíz expresó alarma por la resolución “administrativa unilateral” de la Corte Electoral, que “va contra la democracia directa y contra la participación de la ciudadanía en temas estratégicos”. La activista, que también integra la Comisión Nacional en Defensa del Agua y Vida, apuntó que, según entienden desde el colectivo, la resolución viola el Acuerdo de Escazú, que obliga a los países a garantizar participación, transparencia y justicia en asuntos ambientales. En ese sentido, señaló que la organización maneja la posibilidad de “hacer una denuncia ante el comité de seguimiento, porque esto tiene que ver con restringir la normativa cuando el acuerdo establece que debemos tener más participación directa desde etapas tempranas”.

Además de interponer recursos administrativos, las organizaciones sociales presentaron una denuncia ante la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, que actualmente está a estudio del Consejo Directivo, según supo la diaria.