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Comisión de Salud del Senado (archivo, agosto de 2022).

Foto: Federico Gutiérrez

La Comisión de Salud del Senado aprobó por unanimidad el proyecto de ley sobre cuidados paliativos

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Si bien algunos representantes aún creen que sería bueno incorporar cambios, prefirieron priorizar el avance de la propuesta y, en todo caso, considerar modificarlo en otras instancias.

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Leído por Andrés Alba.
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En la sesión de este martes la Comisión de Salud del Senado aprobó con los votos de todos los partidos el proyecto de ley sobre cuidados paliativos que desde diciembre de 2021 contaba con la aprobación de Diputados.

Según la versión taquigráfica de la instancia, a la que accedió la diaria, la propuesta fue acompañada sin modificaciones, tal y como la envió la cámara baja. La intención de no modificarla, por lo menos en esta instancia, fue “darle agilidad parlamentaria a la iniciativa”, según expresó el senador del Frente Amplio Charles Carrera, quien agregó que la votación también permitiría avanzar a su “contracara”, es decir, al proyecto de ley sobre eutanasia, que también va a ser votado por la Comisión de Salud del Senado.

Los legisladores que habían propuesto modificaciones, entre ellos, la senadora del Partido Nacional Carmen Asiaín, resignaron la iniciativa y coincidieron en continuar el trabajo realizado en Diputados y, en todo caso, presentar “un proyecto alternativo” más adelante. De todos modos, Carmen Sanguinetti, del Partido Colorado, quien también había planteado eventuales modificaciones, dejó “constancia” de algunas puntuales.

La primera tiene que ver con el segundo artículo de la versión original que fue presentada y la versión que se terminó votando en la Cámara de Representantes. En la última versión se quitó la palabra espiritual, o sea, la dimensión espiritual, “que no es igual a religiosidad, sino que tiene que ver con la dimensión humana vinculada al sentido de la vida y la trascendencia”, expresó la senadora. A su vez, vio con buenos ojos reincorporarla al proyecto, ya que “todos los académicos, estudiosos y profesionales” que trabajan en la etapa final de la vida “dicen que es una dimensión que, indudablemente, aflora en esa etapa”, y “entendemos que esto para nada viola la laicidad”, sostuvo.

Lo segundo se refiere al inciso D del cuarto artículo. Allí se cambió la palabra especialista por profesionales. “Entiendo que debe decir especialistas” o profesionales “con especialización específica en cuidados paliativos” o “en cuidados paliativos pediátricos”, según corresponda, consideró Sanguinetti. Por último, hizo otra puntualización en un inciso del quinto artículo. Allí sugirió agregar “un texto que diga que esto también debe ser considerado para los niños y adolescentes”, teniendo en cuenta para ellos el concepto de “madurez progresiva”, consignado en el Código de la Niñez y la Adolescencia, porque tienen derecho a ser informados y, en la medida de su autonomía progresiva, “tienen derecho a opinar y ser escuchados en cuestiones que tienen que ver con su propia vida, o algo en esa línea”. A su entender, este proyecto, al igual que “la enorme mayoría de nuestras leyes”, está pensado por y para adultos, “por lo tanto, esa es una dimensión que debiera incorporarse”.

Si las modificaciones postergadas por los senadores se concretan en algún punto de la discusión, no serían las primeras, ya que al texto votado en 2021 en la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social de la cámara baja, el pleno le agregó un aditivo relacionado a la asistencia al final de la vida, a propuesta del diputado Rodrigo Goñi (PN), que no fue acompañado por el Frente Amplio.

Entre otras cosas, el aditivo establece que es “un derecho de los pacientes y un deber correspondiente de las instituciones y del personal” el “acceso universal” a la “asistencia paliativa integral (bio, psico, emocional, espiritual y social) y oportuna, en todo el territorio nacional, brindada por un equipo interdisciplinario formado y calificado” y que esta “posibilidad, con la información correspondiente, debe ofrecerse a toda persona que la necesite, también a quienes pidan adelantar la muerte, debiendo primar el principio de no abandono”.

A su vez, el aditivo garantiza “el acceso a la sedación paliativa, [la disminución deliberada del nivel de conciencia del enfermo mediante la administración de los fármacos], cuando esté indicada ante síntomas refractarios que generen sufrimiento al paciente, debiéndose realizar el correspondiente seguimiento y evaluación del alivio del sufrimiento por un equipo especializado”.

Próximamente, el proyecto de ley será tratado en el pleno del Senado.

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