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Hospital Vilardebó (archivo, mayo de 2012).

Foto: Pablo Nogueira

En 2022 ASSE realizó más de 3.300 sesiones de electroshock, una terapia cuestionada por la INDDHH por riesgo de “tortura”

5 minutos de lectura
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Un informe del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura alertó sobre la necesidad de que el MSP elabore guías nacionales para aplicar el procedimiento y advirtió “poca incidencia y participación” de los usuarios en el tratamiento.

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Leído por Andrés Alba.
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“Me quedó mucho rencor”, cuenta a la diaria Marcos Almirón, un exusuario del hospital Vilardebó, al recordar el proceso que vivió a partir de 2008, cuando comenzó a recibir terapia de electroshock, también conocida como micronarcosis. Este procedimiento se aplica en personas con trastornos graves psicóticos y de humor y, en síntesis, consiste en dirigir estímulos eléctricos al cerebro para desencadenar una convulsión controlada y así tratar episodios depresivos severos que no responden a los tratamientos farmacológicos.

Almirón se sometió a electroshock en 16 sesiones, ocho de las cuales tuvieron lugar en un centro de atención privado y las otras ocho en el Vilardebó, por un diagnóstico de esquizofrenia. “Más que someterme, me sometieron”, asegura. No recuerda con detalle: fue como “una abducción”, sostiene, aunque sí describe la experiencia como “desagradable”. Visualiza una sala, esperas con otros pacientes en similar situación y despertar en una cama “sin saber qué pasó”, rodeado de “personas grandes por si reaccionás mal”. Cuenta que luego de un tiempo “te adaptás a la rutina, a lo que hacer y no hacer antes y luego de cada una” de las sesiones, y a la somnolencia “del después”. También menciona el “olor a cable quemado” en los días siguientes a la exposición.

Varios años después de haber terminado las sesiones, Almirón aún rechaza el hecho de que su familia haya firmado el consentimiento informado para que se le aplicara este tratamiento, pero dice que eso es producto de que “los psiquiatras les dicen que es la solución”. Almirón desea que este tipo de terapia se elimine porque, a su entender, no tiene garantías y en los casos en que no hay familiares o responsables cercanos al paciente “la vulnerabilidad es mayor”. En estos casos, el psiquiatra es el que da el aval para que el tratamiento sea aplicado. “Es una invasión de tu cuerpo y de tu mente”, resume.

MSP: “La forma en la que [la micronarcosis] mejora los síntomas de la enfermedad no es del todo conocida”

Hace buena cantidad de años que personas con padecimientos de salud mental, familiares y algunos profesionales de la salud reclaman que el electroshock se elimine del espectro de tratamientos para la salud mental, entre otras cosas, porque entienden que está exento de determinadas garantías. Si bien durante la discusión de la Ley de Salud Mental (19.529) establecer bases sólidas sobre la aplicación del método era una de las prioridades, finalmente esta intención no quedó plasmada en el documento aprobado en 2017.

Lo único que se puede aplicar a este tratamiento es lo que detalla el artículo 6 de la ley, que establece que la persona tiene derecho a “no ser objeto de investigaciones clínicas ni de tratamiento experimentales sin el consentimiento informado”, y a recibir información “completa y comprensible”, inherente a su situación, a los derechos que la asisten y a los procedimientos terapéuticos, incluyendo, en su caso, “alternativas para su atención”. Según la ley, el Ministerio de Salud Pública (MSP) es el organismo que debe velar por que este y todos los derechos redactados en la norma se cumplan.

En la actualidad, el procedimiento se aplica en el hospital Vilardebó de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) y en los Centros de Rehabilitación Médico Ocupacional y Sicosocial (Ceremos) del prestador público. En el ámbito privado “las mutualistas tienen tercerizado el servicio”, que se realiza en los sanatorios, a excepción de una que cuenta con un dispositivo propio, según los datos recogidos en la respuesta a un pedido de acceso a la información pública que hizo la diaria al MSP.

Frente a la consulta sobre la cantidad de veces por año que estos centros aplican esta práctica y en cuántos usuarios, el organismo aclaró que los prestadores privados “no están obligados a informar al Programa de Salud Mental de forma rutinaria sobre estos procedimientos”, pero tampoco cuenta con información actualizada sobre ASSE y los centros vinculados.

En un segundo pedido de acceso a la información realizado por la diaria, dirigido a ASSE, consta que durante 2022 se realizaron 3.339 “tratamientos de electroconvulsoterapia” a 328 usuarios, tanto en centros de Montevideo como en el interior del país. El prestador público aclaró que se realizaron “entre seis y 12 sesiones” a cada usuario. Además del Vilardebó, este tipo de tratamiento se aplica en los hospitales de Salto, Rocha, Melo, Paysandú y San José, bajo la órbita de Ceremos.

El método se aplica a partir de los 14 años y “todos los casos” conllevan la actuación de médico psiquiatra, anestesista, personal de enfermería y un consentimiento informado y firmado por un familiar o persona legal a cargo del usuario. A su vez, “en todos” se aplica sedación y se considera “mayoritariamente” para episodios depresivos “mayores y graves” que no responden a tratamientos farmacológicos, como trastorno bipolar, episodios delirantes y catatonía.

Consultado sobre eventuales efectos secundarios, la respuesta de ASSE fue que “generalmente son transitorios y reversibles” y que los más frecuentes son trastornos amnésicos, cefaleas y artromialgias (dolor muscular y articular). También mencionó la “confusión mental” y trastornos del ritmo cardíaco.

A su vez, según el MSP, los protocolos que se usan en el ámbito privado y en el público son diferentes pero tienen la mayoría de sus puntos en común. Por ejemplo, pautan una serie de condiciones en las que el usuario debe estar en las horas previas a someterse al tratamiento. A su vez, el consentimiento informado para los familiares o responsables explica el procedimiento, aclara que “la forma en la que [la micronarcosis] mejora los síntomas de la enfermedad no es del todo conocida” y que “se cree” que actúa sobre algunas sustancias químicas que transfieren impulsos o mensajes entre las células nerviosas del cerebro, “quizás más energéticamente y rápidamente” que algunas medicaciones. Asimismo aclara que el riesgo de muerte es bajo, de entre “dos a cuatro cada 100.000 tratamientos”.

INDDHH: “Sin las debidas garantías” puede configurar situaciones “de tortura”

Entre 2019 y 2020, el Instituto Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo realizó un análisis sobre la terapia electroconvulsiva en Uruguay. El trabajo alertó que si el procedimiento se aplica “sin las debidas garantías” puede configurar situaciones “de tortura”. Por ello, el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) realizó un monitoreo para evaluar la utilización de la práctica durante los últimos años.

A nivel nacional no se identificaron guías actualizadas del MSP, y la herramienta más actual fue realizada por la Revista de Psiquiatría del Uruguay en 2004. A su vez, ningún establecimiento de los considerados para la investigación -de ASSE y Ceremos- “reportaron disponibilidad de protocolos”.

El MNP observó también que “la mayoría de los consentimientos informados” son firmados por “otras personas” y no por el usuario, lo que mostró “poca incidencia y participación” de los pacientes en la decisión terapéutica. Además, el hospital Vilardebó fue el único centro que mostró tener un sistema automatizado de registro de la terapia electroconvulsiva.

A partir de todas las observaciones, el MNP recomendó que el MSP promueva y ejecute la elaboración y la aprobación de una guía de prácticas actualizada, de carácter nacional, que se garantice “la aplicación efectiva” del consentimiento informado y que se generen sistemas de información que permitan monitorear y evaluar la aplicación del tratamiento en el marco de las políticas de salud mental, en todo el país.

A su vez, el informe advirtió sobre la ausencia de estudios que evalúen la aplicación del tratamiento “desde una postura crítica y en clave de derechos humanos” que integre los distintos saberes e incluya las opiniones y testimonios de usuarios de salud mental. Sobre el consentimiento informado se evaluó que los modelos “varían en su contenido” entre las instituciones y además “no siempre aparecen registrados en la historia clínica del paciente”, además de que en algunos no están todos los requisitos estipulados.

En diálogo con la diaria, Perla Vivas, integrante de Caminantes, una federación nacional de familiares de pacientes con patologías de salud mental, dijo que “no hay certeza” de que los consentimientos sean algo seguro en los usuarios “más vulnerables”. Sostuvo que “lo ideal” es que haya diálogo entre las partes y que el electroshock se aplique cuando es “consensuado”.

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