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Desde febrero se activará la retención automática de sueldo a quienes deben aportar pensiones alimentarias

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BPS y Poder Judicial firmaron convenio que “agiliza” el mantenimiento del Registro de Obligados Alimentarios.

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El impulso surgió de una madre joven separada. “Hace poco más de un par de años se acercó. Andaba lidiando para cobrar la pensión alimenticia por la inestabilidad laboral del padre de su hijo, porque tenía que recurrir una y otra vez a un juez. Entonces lo que nos planteó fue crear un mecanismo que no permitiera la interrupción del cobro de la pensión, más allá de los vaivenes de él en el mercado laboral”, contó la directora del Banco de Previsión Social (BPS) por los trabajadores, Rosario Oiz. Así surgió la Ley 19.480, de registro de personas obligadas al pago de pensiones alimenticias con retención de haberes, promulgada en enero de 2017, para cuya implementación automática a partir de febrero se firmó, el 11 de este mes, un convenio entre el BPS y el Poder Judicial.

La ley dispone la creación de un registro de personas obligadas por la Justicia al pago de pensiones alimenticias, que está a cargo del BPS y establece también que este organismo o la empresa que pague el sueldo del obligado debe retener cada mes el monto correspondiente a la pensión. El convenio completa los insumos para la mejora de este registro. Desde hace unas semanas el sistema de gestión se maneja manualmente, pero a partir de febrero del año que viene funcionará de forma automatizada, algo que el BPS ya les comunicó a las empresas. Desde su inicio se recibieron más de 13.000 oficios, y hoy están vigentes poco más de 10.000.

Oiz señaló que este nuevo sistema busca “prevenir que se caiga en incumplimientos del pago de la pensión alimenticia, más allá de la forma de vida del obligado”, y a la vez que “los trámites sean más ágiles”. “Antes los responsables debían ir al juzgado cada vez que cambiaban las condiciones de trabajo del obligado, y eso no sólo lleva tiempo sino que además interrumpe la prestación. Ahora el juzgado emite el primer oficio, y luego el proceso sigue automáticamente. Ya nadie deberá presentar nada, el que se encarga es el BPS: si el obligado alimentario cambia de trabajo o deja de recibir la prestación de seguridad social y vuelve a trabajar, se recoge esa información y se la pasa al juez y a la nueva empresa”. explicó.

La aplicación de la Ley 19.480 quedará, entonces, automatizada, y esto permitirá “racionalizar recursos del Estado y facilitar las gestiones a personas y empresas. En definitiva, mejorar en el ejercicio de derechos y obligaciones a la gente”, apuntó la directora. También sostuvo que esta medida “sigue sumando a la cultura de cumplir con la pensión alimenticia”, un proceso que, según dijo, se profundizó en los últimos años, con “controles más grandes” y “perjuicios por incumplimiento más graves”. “Se trata de una propuesta que ayuda a mucha gente, colabora con la atención y el desarrollo de la niñez, que entendemos que es bien importante, y en la medida en que facilitemos esta gestión vamos a tener una sociedad más justa”.

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