Buque de prospección sísmica BGP Prospector (archivo, febrero de 2026).

Foto: Inés Guimaraens

Organizaciones afirman que nueva sentencia sobre prospecciones sísmicas llega en “un momento clave”

Tribunal revocó sentencia que declaraba incompetencia del Poder Judicial en causa de exploración de hidrocarburos; Mar Libre de Petroleras y la Sociedad para la Conservación de la Biodiversidad de Maldonado subrayan que están “a tiempo de detener nuevas campañas” y piden actuar con “urgencia”.

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“Lo que estaba en juego no era una discusión meramente técnica sobre competencia. Lo que estaba en juego era si los contratos petroleros offshore podían quedar fuera de todo control judicial efectivo. La respuesta del Tribunal fue clara: “No pueden”. Esta frase forma parte de un comunicado que emitieron Mar Libre de Petroleras y la Sociedad para la Conservación de la Biodiversidad de Maldonado tras conocer que el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 3° turno revocó la sentencia en primera instancia dictada por el juez Federico Tobía, quien planteó que detener las actividades de prospección sísmica y declarar nulos los contratos con el Estado está fuera de la competencia del Poder Judicial y debía ser tratado por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Las organizaciones que promovieron la medida judicial calificaron la decisión como “contundente” y enfatizaron que “la pretensión de nulidad absoluta de los contratos y la medida de no innovar” que solicitaron “se encuentran bajo la órbita del Poder Judicial”. Señalaron que la sentencia de Tobía había dejado “el camino libre para que avanzara la campaña de prospección sísmica de la empresa CGG, sin que ningún juez analizara la constitucionalidad, legalidad y validez ambiental de los contratos petroleros”. “Ese criterio fue revocado. El Tribunal ordenó que el proceso continúe y dispuso, además, el apartamiento del juez que había clausurado las actuaciones”, agregaron.

Mar Libre de Petroleras y la Sociedad para la Conservación de la Biodiversidad de Maldonado afirmaron que “esta decisión llega en un momento clave”. “De acuerdo con las autorizaciones ambientales previas otorgadas, las campañas de prospección sísmica solo pueden realizarse entre los meses de noviembre y abril. Eso significa que estamos a tiempo de detener nuevas campañas antes de que vuelvan a ejecutarse. Por eso, el proceso debe continuar con urgencia. Ahora corresponde que la jueza subrogante analice la medida cautelar de no innovar solicitada y que se impida el avance de nuevas actividades de prospección sísmica mientras se resuelve la nulidad de fondo”, sumaron en la misiva. Y finalizaron diciendo que “no hay contratos por encima de la Constitución”, “no hay contratos por encima del mar uruguayo” y “no hay una zona de impunidad para las petroleras”.

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