Ingresá

Sede de la Fiscalía General de la Nación, en Montevideo (archivo, diciembre de 2017).

Foto: Javier Calvelo, adhocFOTOS

Piden orden de captura del abogado Fabrizio Bacigalupo

3 minutos de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago

El abogado deberá cumplir prisión efectiva porque fue imputado en una segunda causa.

Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

La jueza de Ejecución de 6° turno, Ana Ruibal, liberó una orden de captura para el abogado Fabrizio Bacigalupo, quien cumplía arresto domiciliario como prisión preventiva en una causa en la que fue denunciado por delitos de incitación al odio.

En julio de 2021 Bacigalupo fue condenado a nueve meses de libertad a prueba por un delito continuado de difamación, tras un acuerdo abreviado realizado con el fiscal de Flagrancia de 13° turno, Rodrigo Morosoli, ratificado por la jueza penal de 34° turno, Marcela Vargas.

Bacigalupo reconoció su responsabilidad por declaraciones realizadas en 2019 en Twitter, Instagram y Facebook contra el experto en TIC, Enrique Amestoy, a quien el abogado le atribuyó participación en los enfrentamientos entre el Movimiento de Liberación Nacional y el Ejército en abril de 1972 -cuando Amestoy tenía dos años- y haber recibido una indemnización de 120.000 dólares como víctima de terrorismo de Estado. También lo llamó “nazi” y “ciberterrorista”.

En diciembre de 2021, la jueza penal de 33° turno, María Noel Tonarelli, imputó a Bacigalupo por la presunta comisión de reiterados delitos de incitación al odio y desprecio hacia determinadas personas por su orientación sexual en reiteración real con reiterados delitos de difamación, en una nueva causa abierta por 16 mujeres que denunciaron su acoso en redes.

En esa investigación, llevada por la fiscal de Flagrancia de 3° turno, Silvia Pérez, la Justicia dispuso arresto domiciliario como medida cautelar mientras avanza el proceso. Entre las denunciantes están las legisladoras Silvia Nane, Bettiana Díaz y Verónica Mato, la exdirectora de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo Mirtha Guianze, las periodistas Carolina García, Denisse Legrand y Ana Laura Pérez, la dirigente del Sindicato Médico del Uruguay Zaida Arteta, la abogada Alicia Deus, la abogada y militante del Partido Colorado Mariella Demarco, la asesora en Comunicación de la Intendencia de Montevideo Ana de Rogatis y la militante del Partido Nacional Lorena Massanet.

El artículo 31 de la ley de urgente consideración establece como causa para revocar el régimen de libertad a prueba la existencia de una formalización posterior, por lo que tras la segunda imputación Bacigalupo incurrió en la violación del régimen de libertad a prueba.

“Todas las leyes vigentes, de la 19.443 en adelante hasta la modificación por la LUC, indican que estos sistemas de libertad a prueba o libertad vigilada caen si hay una formalización posterior. Es muy clara la norma, ni siquiera hay que pedirlo”, expresó el fiscal Morosoli en declaraciones a la diaria.

Tras ser notificado de la formalización de la segunda causa y al mantenerse la libertad a prueba, Morosoli y Tonarelli informaron a la jueza de Ejecución -encargada de controlar el cumplimiento de la condena- la situación y pidieron la prisión efectiva, lo que fue negado por la jueza en febrero de este año.

Ante eso, Morosoli apeló la resolución de primera instancia y el Tribunal de Apelaciones de 3° turno, integrado por Pedro Salazar, Julio Olivera y José Gómez, dio la razón a la fiscalía y revocó el régimen de libertad a prueba, planteando que el saldo de la condena dictada el 22 de julio de 2021 debería ser cumplida con prisión efectiva, por lo que ahora se deberá reliquidar la condena para calcular cuánto tiempo deberá estar en prisión, para cumplir la condena de la primera causa.

Consultado sobre el fondo del asunto y el hecho de que se trata de alguien que va preso por sus dichos, Morosoli respondió: “Este caso comenzó en 2019, hubo una entrevista con él y con la defensa en la Fiscalía y él alegó un momento de calentura, que no lo iba a volver a hacer, que iba a pedir disculpas, las disculpas nunca llegaron y él retomó una agresión casi constante hacia las víctimas y eso generó la denuncia y la formalización. No es un momento de calentura o lapsus o un mal día, es un ataque sistemático y prolongado en el tiempo”.

Además señaló que no se trata de cualquier opinión, sino de una de naturaleza difamante, sin ningún elemento probatorio. “Con el anonimato en internet, uno piensa que se vive en un mundo paralelo, sin reglas, pero en realidad es una extensión de nuestro mundo y las normas generales alcanzan ese mundo, basta con identificar a la persona para que se despliegue el aparato penal que corresponde”, señaló.

Morosoli recordó que en 2019, cuando se inició la primera causa, se realizaron las pericias psicológicas que determinaron su imputabilidad y destacó que se agotaron “todos los medios para no llegar a lo punitivo”. “Cuando hay una situación de este tipo generalmente se logra un acuerdo extrajudicial, pero cuando se te da la oportunidad, y vos, lejos de cumplir con lo que te comprometiste, redoblás el ataque, una y mil veces, alguna respuesta hay que darle a la víctima”, agregó.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura