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Sandra Fleitas (archivo, setiembre de 2022).

Foto: Federico Gutiérrez

La fiscal Fleitas opinó que Alfredo Sánchez no podría volver a cargos públicos en este período

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Señaló que a su entender la prohibición para ocupar cargos públicos comenzó tras la liberación del exalcalde, pero que el caso debe resolverlo la sede judicial de Florida si no prospera el juicio político en el Senado.

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En un proceso que ha tenido dilaciones y varias idas y vueltas, la Comisión de Constitución y Legislación del Senado aún no se ha expedido acerca del pedido de juicio político al exalcalde de Florencio Sánchez, Alfredo Sánchez, quien en setiembre de 2021, junto a otras personas, fue condenado a prisión por varios delitos de corrupción a la administración pública.

Actualmente, los legisladores oficialistas que integran esa comisión del Senado aguardan que la Suprema Corte de Justicia se expida sobre una acción de inconstitucionalidad presentada por el defensor de Sánchez, Federico Álvarez Petraglia, mientras que los representantes de la minoría creen que el trámite de juicio político podría continuar con la marcha normal a pesar de ese recurso.

Ese trámite parlamentario fue iniciado a pedido de la Junta Departamental de Colonia, promovido por los ediles del Frente Amplio, algunos de los cuales temen que Sánchez pueda volver a regentear ese municipio coloniense antes de que culmine 2023.

Sánchez fue condenado a dos años de prisión efectiva y a un año de libertad vigilada; además, la Justicia dictaminó que el denominado hombre de las mil gauchadas tampoco pudiera ejercer cargos públicos durante dos años. Pero el exalcalde fue liberado a fines del año pasado, antes de que cumpliera con el período de pena efectiva de prisión fijado por la Justicia. Consultada sobre esta situación, la fiscal de Rosario, Sandra Fleitas, quien pidió la condena de Sánchez y de otras personas por esos delitos, comentó en una rueda de prensa que existen dos posturas acerca de un posible retorno al cargo del exalcalde de Florencio Sánchez en el actual período de gobierno.

Fleitas recordó que los fiscales “tienen independencia técnica” para definir al respecto, y comentó que, por un lado, hay quienes sostienen que el período de prohibición para ejercer cargos públicos se inicia apenas la persona resulta condenada con prisión, mientras que otros se afilian a la posición de que la imposibilidad para acceder a cargos en el Estado comienza una vez que la persona retoma su libertad, “ya que en el período en el que una persona permanece en prisión ya tiene los derechos suspendidos”, sin necesidad de que se le aplique una sanción en ese sentido.

Fleitas dijo que es partidaria de la segunda postura y que si ella debiera decidir al respecto Sánchez no podría volver al cargo en este período. Sin embargo, la fiscal de Rosario recordó que el hombre de las mil gauchadas cumplió la pena de prisión en la cárcel de Florida, por lo cual ese tema deberá ser resuelto en la sede judicial floridense, en caso de que no prospere el juicio político iniciado en el Senado.

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