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Gimnasio en Montevideo (archivo, mayo de 2020).

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El Poder Ejecutivo habilitó las prácticas deportivas en espacios cerrados

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Sin habilitación de vestuarios y con un aforo máximo de 30% en gimnasios cerrados, se podrá volver la práctica deportiva.

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La Secretaría Nacional del Deporte (SND), en virtud de lo dispuesto por el Poder Ejecutivo, comunicó la “liberación del entrenamiento individual y colectivo al aire libre y en espacios cerrados” a partir del lunes 24 de mayo.

Los entrenamientos y prácticas deportivas al aire libre no estarán sujetas a restricciones, pero se mantiene la prohibición del uso de vestuarios. Esta medida no comprende a competencias oficiales, que seguirán inhabilitadas a menos que haya expresa excepción de parte de la SND.

En el caso de las actividades deportivas en espacios cerrados, se habilitarán en tanto cumplan con cuatro condiciones:

  • Aforo máximo de 30% de la capacidad del recinto.

  • Una hora máxima de permanencia por persona en el gimnasio.

  • Vestuarios inhabilitados.

  • Que los propietarios o administradores de gimnasio hayan proporcionado datos identificatorios.

Las piscinas sólo podrán ser utilizadas para rehabilitación o con fines terapéuticos y cumpliendo, también, las respectivas medidas.

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