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Cámara de Diputados, el 13 de agosto, durante la votación del proyecto de ley de trabajo sexual.

Foto: Mara Quintero

Sin los votos del FA, se aprobó en Diputados el proyecto de ley de trabajo sexual presentado por el oficialismo

4 minutos de lectura
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La iniciativa, que ahora pasa al Senado, “suma derechos y garantías”, dijo la diputada Roselló, una de las impulsoras; legisladores frenteamplistas cuestionaron que “sale a las apuradas” y no erradica la perspectiva “sanitarista” como reclaman las trabajadoras.

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Leído por Andrés Alba.
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Con 47 votos a favor y 40 en contra, el plenario de la Cámara de Diputados aprobó este miércoles el proyecto de ley de “protección del trabajo sexual”, presentado el 11 de julio por los diputados María Eugenia Roselló (Partido Colorado), Pedro Jisdonian (Partido Nacional) y Martín Sodano (Cabildo Abierto). La propuesta plantea la derogación de la Ley 17.515 de trabajo sexual, que data de 2002, para crear una nueva que “refuerce” la protección a las personas que ejercen este trabajo, según se lee en la exposición de motivos. Ahora, su sanción definitiva está en manos del Senado.

El texto votado –que el Frente Amplio (FA) rechazó en bloque– introduce algunos cambios respecto de la primera versión, empezando por el nombre, que inicialmente aludía a la “tutela” del trabajo sexual. Las modificaciones fueron realizadas después de que la Comisión de Legislación del Trabajo recibió a representantes de la Organización de Trabajadoras Sexuales del Uruguay (Otras), el Grupo Visión Nocturna y el colectivo Mas.Tras (masculinidades en el trabajo sexual), que plantearon algunas inquietudes.

Entre los cambios principales, se agregó que las trabajadoras sexuales son aquellas personas mayores de 18 años que ejerzan el trabajo sexual “habitualmente” y “zafralmente”, a cambio de una remuneración pecuniaria. También se cambió el artículo 28 del proyecto, que había sido criticado por las organizaciones, y finalmente en vez de referir a las condiciones en las que “se presume que el trabajo sexual se presta en relación de dependencia”, menciona las condiciones en las que “se presume que existe proxenetismo”.

A la vez, modifica el artículo 21, que establece que “la habilitación de un prostíbulo sólo se concederá a una persona física”, y a pedido de los colectivos se agrega que tiene que ser una persona física “sin antecedentes penales o involucramiento en los delitos de trata, de tráfico de personas con fines de comercio sexual, explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, violencia basada en género, proxenetismo, tráfico o comercialización de drogas”.

Al mismo tiempo, propone que quienes ejerzan trabajo sexual “podrán optar por el régimen de monotributo establecido por la Ley 18.083 o el Monotributo Social Mides”, y elimina el Registro Nacional de Trabajo Sexual.

Sin embargo, el texto aprobado mantiene el artículo que establece que la Comisión Honoraria de Protección al Trabajo Sexual estará presidida por el Ministerio de Salud Pública (MSP) y no por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), como reivindican desde hace años las trabajadoras en su objetivo por eliminar la perspectiva “sanitarista” que a su entender plantea la ley vigente.

Argumentos a favor y en contra

El proyecto de ley “suma derechos y garantías” para las trabajadoras sexuales y “refuerza los aspectos positivos de la ley vigente”, aseguró Roselló, la diputada encargada de informar. En ese sentido, afirmó que “pone arriba de la mesa soluciones concretas, reconoce y otorga derechos fundamentales” en materia laboral y de seguridad social, y a la vez “aporta herramientas para la presunción del proxenetismo, uno de los flagelos más difíciles de combatir”. La legisladora colorada también destacó que el texto “fue modificado para adaptarse a las necesidades de los y las trabajadoras sexuales”.

“Por eso nos resulta difícil de comprender que se diga que no se vota porque no es suficiente o porque es incompleto”, sentenció Roselló. “Cuando tengamos sobre la mesa más propuestas para mejorar, con gusto las apoyaremos, pero hoy no vamos a dejar pasar la oportunidad de avanzar en derechos”, agregó, sin mencionar que el FA, de hecho, presentó ante la misma comisión de la cámara baja un proyecto sobre trabajo sexual a fines de 2021.

Uno de los promotores de aquella propuesta fue el diputado frenteamplista Daniel Gerhard, que habló después de Roselló y consideró que el proyecto presentado el mes pasado “sale a las apuradas” y eso, por la “complejidad” que tiene el tema, “es un problema”. “Por más que en algunos aspectos concretos, que los voy a reconocer, implica alguna mejora, nos parece que algo tan profundo no se debe tratar a la ligera”, señaló, y cuestionó que el proyecto “es una síntesis de un trabajo que arranca en la comisión desde 2021, que los legisladores del Frente Amplio conocemos hace tres semanas, sobre los cuales además hay cambios importantes que conocemos hace tan sólo unos días”. Por eso, lamentó la “oportunidad desperdiciada” y anunció que su bancada votaría “integralmente en contra”.

Entre las críticas que Gerhard hizo al contenido, resaltó que la comisión honoraria siga siendo presidida por el MSP, que en su integración no figure específicamente una “delegada sindical”, y señaló que el MTSS “no asume ni una nueva responsabilidad”. Más adelante, la diputada frenteamplista Sylvia Ibarguren dijo en ese mismo sentido: “Hay que sacar el trabajo sexual de esa visión sanitarista que se viene aplicando desde hace tantas décadas y darle un enfoque de trabajo con sus garantías”.

Por otro lado, Gerhard señaló que “más allá de las intenciones”, al texto “se le escapa la estigmatización”, como por ejemplo en el artículo 17, que habla de una reglamentación que “deberá prever en forma precisa el horario, la vestimenta, como así también el comportamiento del trabajador sexual de modo que no afecte la sensibilidad de la familia, de la vecindad ni resulte lesivo para niños y adolescentes”.

El diputado dijo, además, que el polémico artículo 28 “transforma el concepto de proxenetismo” tal como lo establece la Ley 8.080 aprobada en 1927, al plantear algunas condiciones por las que se presume que existe proxenetismo y habilitar la posibilidad de que, “si no se da ninguna de ellas, [el proxenetismo] es lícito”.

A la hora de hacer aclaraciones, Jisdonian se refirió al artículo 28 en particular y puntualizó que hace alusión a “situaciones concretas que el juez, a la hora de interpretar”, tiene como “algunos ejemplos de presunción de proxenetismo”. “Obviamente que no es taxativo. Obviamente que hay otras situaciones que acá no están. Y obviamente que no hay ningún juez que, si se le presenta una trabajadora sexual y le dice que se la obligó a tener relaciones cuando ella no quería, entienda que no hay proxenetismo”, explicó el diputado nacionalista. Por su parte, Roselló negó que el tratamiento del proyecto haya sido “exprés” y aseguró que “se empezó a elaborar hace ya dos años”.

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