Justicia Ingresá
Justicia

Gustavo Penadés en fiscalía (archivo, mayo de 2024).

Foto: Mara Quintero

Caso Penadés: otra persona fue imputada por formar parte de la “trama” parapolicial contra las víctimas

Menos de 1 minuto de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago

Se lo formalizó por cohecho y se dispuso su prisión domiciliaria mientras continúa la investigación.

Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Este audio es una característica exclusiva de la suscripción digital.
Escuchá este artículo

Tu navegador no soporta audios HTML5.

Tu navegador no soporta audios HTML5.

Leído por Andrés Alba.
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

Una de las aristas del caso de explotación sexual que involucra al exsenador Gustavo Penadés es la trama que se montó para encubrirlo. Además de Carlos Taroco, exdirector del Comcar condenado por liderar esta operación, cinco personas fueron condenadas. A través de una investigación parapolicial, Penadés intentó sustentar la hipótesis de que las víctimas por los delitos sexuales por los que fue imputado habían montado un operativo político en su contra.

Este martes, otro hombre fue imputado por su participación en la trama para encubrir a Penadés. Se lo formalizó por cohecho simple y se dispuso una medida cautelar de prisión domiciliaria mientras continúa la investigación.

El artículo 157 del Código Penal define que el cohecho simple se tipifica cuando “el funcionario público que, por ejecutar un acto de su empleo, recibe por sí mismo, o por un tercero, para sí mismo o para un tercero, una retribución que no le fuera debida, o aceptare la promesa de ella, será castigado con una pena de tres meses de prisión a tres años de penitenciaría, con multa de diez a 5.000 unidades reajustables e inhabilitación especial de dos a cuatro años”. Se plantea que “la pena será reducida de la tercera parte a la mitad cuando el funcionario público acepta la retribución, por un acto ya cumplido, relativo a sus funciones”.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

¿Te interesa la justicia?
Suscribite y recibí la newsletter de Justicia en tu email.
Suscribite
¿Te interesa la justicia?
Recibí la newsletter de Justicia en tu email todos los lunes.
Recibir
Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura