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Ocean Park (archivo, abril de 2024).

Foto: Natalia Ayala

Intervenciones de Grendene en Ocean Park no estaban autorizadas, según respondió la Intendencia de Maldonado a ediles del FA

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La Asociación de Sauce de Portezuelo analizó los alcances ambientales del proyecto inmobiliario y pidió “transparencia” en los procesos; en esa coyuntura el ministro Bouvier planteó a Presidencia aumentar multas a grandes desarrollistas infractores.

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Entre febrero y abril pasado tres ediles frenteamplistas solicitaron informes a la Intendencia de Maldonado (IDM) sobre intervenciones en dos de los cuatro padrones de la zona del arroyo El Potrero, entre Ocean Park y Chihuahua, donde el empresario brasileño Alexandre Grendene y su socio argentino Sergio Grosskopf aspiran a desarrollar el lujoso barrio privado Reserva del Mar.

Las respuestas del Ejecutivo revelan que los desarrollistas no contaban con autorizaciones para talar árboles en uno de los predios ni para construir una empalizada en otro padrón, más cercano a la desembocadura del arroyo El Potrero. También confirman que existe una consulta de viabilidad de la urbanización, que está a estudio de la IDM desde noviembre de 2023; una gestión que para el Frente Amplio implica un pedido de excepciones a la normativa.

De no ser por la mirada atenta de los vecinos de Ocean Park y sus denuncias, el megaproyecto implantado en una zona de vulnerabilidad ecosistémica –según estudios académicos– y las gestiones empresariales, con el beneplácito del intendente Enrique Antía y sin dar cuenta al Ministerio de Ambiente (MA), habrían pasado desapercibidas.

El country marítimo era desconocido hasta que un grupo de habitantes del balneario vecino detectó la tala de árboles en el padrón 31.394, ubicado en la ribera oeste del arroyo El Potrero, al sur de la ruta Interbalnearia. Enterado de esos movimientos, el 19 de febrero el edil frenteamplista Joaquín Garlo pidió a la IDM que le informara si existían permisos para cortar árboles y si estaba autorizado un fraccionamiento vinculado al citado padrón.

Entre febrero y marzo, el mismo grupo de vecinos denunció ante el MA y la IDM la construcción de una empalizada casi a orillas del arroyo El Potrero, cerca de la desembocadura, también en el padrón 31.394. Además, los vecinos denunciaron que una guardia les impedía realizar actividades recreativas en la zona. Ante esa situación, el 18 de marzo Garlo cursó un segundo pedido de informes a la IDM: preguntó sobre la existencia de algún permiso para el cerramiento y si la administración había determinado la línea superior de la ribera del arroyo, de acuerdo al Código de Aguas.

Una tercera solicitud salió de la Junta Departamental el 19 de abril, cuando la gente de Ocean Park vio que se estaba cortando una “gran cantidad” de árboles en el padrón 31.395, hasta el límite con el arroyo El Potrero. En esa oportunidad, Garlo y el edil suplente Juan Urdangaray pidieron información a la comuna sobre la categoría del suelo y consultaron si había permisos de fraccionamiento o construcción vinculados con el citado padrón.

Adicionalmente, preguntaron si había autorización para el corte de árboles en el predio y si se había establecido la densidad mínima exigida por la Ordenanza Forestal. Como en el primer pedido de informes, reclamaron sanciones para los desarrollistas en caso de que no contaran con permiso.

Las respuestas de la Intendencia

El 16 de abril, la directora general de Urbanismo, Soledad Laguarda, respondió al primer pedido de informes. En el documento, al que accedió la diaria, comunicó que no había ningún expediente “referente a permiso de fraccionamiento” vinculado con el padrón 31.394, donde se produjeron las talas de enero y febrero. En cambio, dijo que había “un permiso de construcción de obras de acceso” relacionado con el padrón 31.395 y otro expediente abierto a partir de una “consulta de viabilidad de urbanización” que se encontraba “a estudio”.

La jerarca informó, además, que los desarrollistas tenían autorización para “la tala de pinos” distribuidos en una hectárea y media del padrón 31.395, gestionada el 12 de marzo de este año como paso previo al inicio anticipado de obras (“una cubierta para ingresos vehiculares con tres locales debajo de puestos de control”, especificó) mientras avanzaba la consulta de viabilidad.

De acuerdo a la carátula de los expedientes mencionados por la directora, la “consulta de viabilidad de la obra del country marítimo Reserva del Mar” fue presentada en noviembre de 2023 por el arquitecto Gonzalo Puceiro, del estudio Gómez Platero. Un mes después, el Fideicomiso Reserva del Mar I-Overtrust SAS –como propietaria de los cuatro padrones donde se desarrollaría el proyecto– solicitó “permisos de construcción” para el padrón rural 31.395.

Por otra parte, aunque la respuesta al pedido de informes del 18 de marzo aún no llegó formalmente a la Junta Departamental, dentro del expediente correspondiente se informa que el padrón 31.394 está categorizado como suelo suburbano y que, al 1°de abril de 2024, no se registraba ningún permiso de construcción en trámite referido a ese terreno. Además, la Dirección de Urbanismo adjuntó un Mapa de Riesgo del arroyo El Potrero realizado por la Dirección Nacional de Aguas del MA en diciembre de 2023.

Nuevas dudas y más consultas

El análisis de la documentación aportada por la IDM abrió nuevas dudas para los ediles Garlo, Urdangaray y Jorge Pieri, quienes el 23 de abril insistieron con otro pedido de informes sobre la empalizada denunciada por los vecinos en el padrón 31.394. De acuerdo con el Texto Ordenando de Normas de Edificación, el proyecto de cercos es parte del permiso de construcción y debe estar documentado en la presentación correspondiente. Los expedientes referidos en las respuestas de la IDM no mencionaban un permiso de construcción para ese padrón; por eso los ediles solicitaron que, de existir, se les remitiera una copia.

También pidieron a la IDM copias del permiso para la construcción de las obras de acceso autorizadas de forma anticipada en el padrón 31.395, y de la consulta de viabilidad de la obra del country marítimo gestionada por Puceiro. Además, Garlo pidió a la Dinagua copias de las actuaciones relacionadas con el Mapa de Riesgo, con la esperanza de dilucidar por qué se elaboró y a solicitud de quién.

El plazo para la respuesta a esos pedidos de informes aún está en curso. Los ediles entienden que, con esa información, se podría establecer por qué los empresarios consiguieron la habilitación de obras anticipadas en el padrón 31.395 si, de acuerdo a las respuestas de la IDM, no hay un permiso de fraccionamiento aprobado.

Garlo: “La viabilidad es un eufemismo de excepciones”

Consultado por la diaria sobre todo este proceso, Garlo concluyó que “Antía mintió” cuando defendió a los empresarios y dijo que sólo faltaban detalles para las autorizaciones, porque “está en conocimiento de que los permisos no existen”.

“No lo hubo para la tala de árboles del padrón lindero al arroyo [31.394], no sabemos si las obras anticipadas incluyen la empalizada o no [porque según la ordenanza de cercos debe incluirse dentro del permiso de construcción y porque los documentos sólo mencionan construcciones de acceso]”, dijo el edil. Por otra parte, remarcó que “la consulta de viabilidad a estudio es un eufemismo de excepciones a la normativa”. Por eso quiere saber, entre otras cosas, tras qué tipo de excepción van los desarrollistas.

Ministerio de Ambiente plantea multas más fuertes para empresarios

Esta semana el ministro de Ambiente, Robert Bouvier, volvió a despacharse contra las declaraciones del intendente Enrique Antía en defensa de los promotores de Reserva del Mar y en contra de la intervención de la cartera en los procesos de autorización del proyecto. También volvió a lamentar que las acciones no autorizadas de empresarios asesorados por consultoras, que por lo tanto conocen las normas, “se están volviendo una costumbre”.

Entrevistado en el programa Arriba gente, de Canal 10, el secretario de Estado reiteró sus cuestionamientos a la actitud de Antía y dijo que, en un contexto de frecuentes infracciones a la normativa ambiental, elevó a Presidencia de la República un proyecto de decreto para aumentar a millones de dólares las multas aplicables por esa causa.

Reconoció que los montos máximos de las sanciones administrativas no son acordes a la magnitud de los grandes emprendimientos en infracción. Es el caso del multimillonario Grendene, multado por la cartera a partir de las denuncias vecinales por intervenciones no autorizadas en el marco de un proyecto que no sólo prevé la construcción de cientos de residencias de lujo, sino también un centro comercial, un área deportiva, un social center, un beach club dentro de la faja de defensa de costa, un parador entre el arroyo El Potrero y la playa, un centro ecuestre, un club náutico sobre el arroyo, un spa y fitness center, entre otras comodidades.

Seis conclusiones de la Asociación de Sauce de Portezuelo

Mientras los ediles esperan más datos de la comuna, la Asociación de Sauce de Portezuelo –vecina de Ocean Park– redactó, esta semana, un informe con seis conclusiones sobre el polémico asunto, pese a que hay “alguna información completa, mucha incompleta, alguna contradictoria, alguna errónea y también alguna, quizás, producto de un acto de fe en los desarrolladores y la IDM”.

Tras recopilar y contrastar ese cúmulo de documentos, el informe marca “la necesidad de analizar” la resolución del Ministerio de Transporte y Obras Públicas que en 2014 determinó la no navegabilidad del arroyo El Potrero y que, para algunos vecinos, implica la privatización de los accesos a ese curso.

También considera que “parte de los padrones en cuestión son suburbanos con fragilidad ecosistémica”, lo cual ya determina la necesidad de “un mínimo nivel de protección”. Y entiende que, “técnicamente” y contra lo que algunos quisieran, el arroyo no forma parte de la cuenca de la Laguna del Sauce, sino a la inversa, por lo cual no es posible incluirlo dentro de los 150 metros de protección. De todas maneras, advierte que “es muy importante tomar en cuenta las repercusiones que pueda tener el manejo de la represa aguas abajo”.

Sobre la ausencia de estudios ambientales

En cuarto lugar, señala que “se debe considerar los análisis de riesgo de inundación que posee la Comisión de Cuenca para definir un área non edificandi”. Luego sostiene que “se requiere” un Estudio de Impacto Ambiental para el padrón que limita con el Río de la Plata y que “correspondería un área de protección de 250 metros que debería cederse al Estado, de acuerdo a la Ley de Ordenamiento Territorial”.

En cuanto a la necesidad de un Plan de Acción Integrada (PAI), la asociación observa “posiciones encontradas”, pero asegura que cuenta con informes y opiniones de expertos muy reconocidos “que entienden, en forma categórica, que es necesaria la elaboración de un PAI abreviado”.

La asociación aclaró que “no es contraria al desarrollo urbanístico en sí”, pero no le parece “adecuado” el modelo de los barrios privados porque “nada gana la comunidad desde el punto de vista del paisaje, el ambiente y el desarrollo de la zona”. “Todo eso es puertas adentro, separados por un muro de troncos”, lamentó, para abogar por “transparencia y cumplimiento efectivo de las normas ambientales y de ordenamiento territorial”.

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