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Estudiantes de la Escuela Militar en una salida didáctica con profesores de la Facultad de Humanidades, en la plaza Independencia, en Montevideo (archivo, junio de 2017).

Foto: Ricardo Antúnez, adhocFOTOS

Caja Militar: oficialismo recomienda subir edad de retiro “entre dos y cinco años según el grado”, y cambios para el personal civil

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También suprimir el “pago adicional” por cómputo del aguinaldo y evaluar igualar los años de servicios bonificados de militares y policías.

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Leído por Abril Mederos.
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Entre los varios temas álgidos que incluye la futura reforma previsional que pretende impulsar el gobierno, cuestión que, se adelanta, traerá un intenso debate social y político, aparece como uno de los más relevantes el que refiere a los cambios en la Caja Militar. El sistema de retiros de las Fuerzas Armadas ha sido foco de críticas variadas, arrastra un déficit crónico y fue reformado de forma parcial en 2018 durante el tercer período de gobierno del Frente Amplio (FA). En ese marco, días atrás se conoció un documento con recomendaciones que elaboraron los representantes del oficialismo en la Comisión de Expertos en Seguridad Social (CESS), que plantea cambios.

Entre los nueve miembros oficialistas de la CESS está el contador Alberto Lacassy, delegado elegido por Cabildo Abierto (CA), que trabajó en el Ministerio de Defensa Nacional como asesor de la Caja Militar de acuerdo a una resolución de 2018.

Según supo la diaria, en las últimas semanas hubo una reunión entre Rodolfo Saldain, presidente de la CESS y hombre elegido por el gobierno para liderar el proceso de la reforma previsional, y el líder de CA, el senador Guido Manini Ríos. Aparte de asuntos generales sobre la reforma, se tocó el tema de la Caja Militar y la postura que tomará CA respecto de ese debate.

El presidente Luis Lacalle Pou dijo el viernes que se tendrán en cuenta estas recomendaciones, pero aclaró que “no son vinculantes”, ya que el Poder Ejecutivo tiene la iniciativa privativa en asuntos previsionales y será el encargado de enviar el proyecto de ley al Parlamento el año próximo.

Uno de los puntos principales del documento que consensuaron los técnicos del oficialismo es que las cinco cajas —la Militar y la Policial, de gestión estatal, a las que se suman las paraestatales: Bancaria, Notarial y de Profesionales— igualen sus condiciones de acceso a una jubilación y beneficios al resto del sistema. Que “los nuevos aportantes de todos los sectores de actividad se incorporen en un régimen mixto con similar diseño que el administrado por el Banco de Previsión Social (BPS), a cuyo efecto deberán estimarse los costos de transición correspondientes y sus fuentes de financiamiento”, dice la propuesta.

Los cambios en la edad de retiro obligatorio

Al hablar de “la previsión social militar y policial”, se indica que “existen particularidades” derivadas de los estatutos y “las exigencias inherentes a las tareas”. La parte oficialista de la CESS considera que se debe distinguir “dos tipos de funciones”: por un lado, “las directa y sistemáticamente involucradas en operaciones propiamente militares (personal combatiente y de comando) o policiales (personal ejecutivo), y las de apoyo [personal civil], por otro”. Lo “pertinente”, indica el informe, es “revisar la actual diferenciación entre los derechos en función de las tareas cumplidas por cada uno de estos grupos”.

“Corresponde contemplar especialmente la necesidad de establecer edades de retiro obligatorio del personal militar acorde con una adecuada prestación de las funciones y servicios encomendados”, indicaron los técnicos. En esa línea, complementan que “el retiro obligatorio por edad parece tener fundamento adecuado en el caso del personal combatiente o de comando, pero podría no ser adecuado [para quienes cumplen] tareas administrativas o de apoyo”.

En 1974 y por medio de la ley orgánica militar, la dictadura instauró un régimen que permitía jubilarse con 15 años de trabajo y con retiros obligatorios entre 45 y 60 años, dependiendo del escalafón, con una retribución de 100% del salario. La reforma de 2018 cambió esto parcialmente, ya que mantuvo estas reglas para parte de los efectivos militares, creó un régimen de transición y abarcó con condiciones más exigentes —retiro obligatorio según el grado entre los 48 y 63 años, con entre 22 y 25 años de servicio— a 13% del personal subalterno y 40% de los oficiales.

Foto: Ricardo Antúnez, adhocFOTOS

En el documento de la CESS se analiza que a pesar de haber “justificaciones” por el tipo de tarea, “debido a que el retiro culmina en una prestación vitalicia, las edades de retiro obligatorio se encuentran en umbrales relativamente bajos, aun para el personal combatiente”. Añade que “desde el punto de vista previsional, las edades vigentes parecen ser muy tempranas en algunos casos para la determinación de prestaciones jubilatorias vitalicias”.

Por esto es que el oficialismo “recomienda”, en el marco de la reforma, “evaluar en el contexto del actual esquema de prestaciones la elevación de las edades de retiro obligatorio entre dos y cinco años de acuerdo al grado, con una graduación similar a la recomendada para el régimen general”. Esto último hace referencia al esquema gradual de suba de la edad de retiro de 60 a 65 años que se propone para todos los trabajadores, que contempla elevar un año por cada año calendario —de esta forma, en cinco años se alcanzaría el nuevo límite—.

Además, se cree necesario que “los cambios propuestos” en las reglas para jubilarse de los militares “alcancen tanto al personal comprendido en el régimen de la Ley 19.695 [reforma de 2018] como del Decreto-Ley 14.157 [el régimen fijado por la dictadura]”. Saldain, presidente de la CESS, dijo días atrás en una entrevista con Telemundo que se pretende “un retiro obligatorio con mayor edad que actualmente”, aunque expresó que el aumento que se propone para los militares “no es tanto”.

También se recomienda, según el documento, que “el retiro obligatorio por edad alcance exclusivamente al personal de comando y combatiente”, mientras que el resto “pasaría a retiro exclusivamente de forma voluntaria al configurar causal o por el cumplimiento de la edad máxima establecida para funcionarios públicos”. Un ejemplo para esta última categoría son los profesionales médicos que trabajan en Sanidad Militar, que hoy día tienen reglas más beneficiosas en comparación con los médicos que trabajan en otros ámbitos.

Igualar bonificación para policías y militares

El documento de los técnicos de la coalición analiza que si bien hay “características similares en cuanto a las especiales exigencias físicas y psíquicas por el desempeño de sus tareas” entre policías y militares, tienen un tratamiento diferente en la llamada “bonificación de servicio”, es decir, el extra que se cuenta por año de trabajo en función de las particularidades de la profesión.

Se menciona que a partir de la reforma de 2018, al año siguiente comenzó a regir “una bonificación con carácter general para todo el personal del Escalafón K militar de un año bonificado por cada cinco años de servicios efectivos (6 x 5)”. Esto es “sensiblemente inferior a la establecida por Ley 18.405 [de 2008] para el personal ejecutivo policial, que es de siete años computados por cada cinco de prestación efectiva (7 x 5)”. Es decir, que con las reglas actuales los policías tienen un mayor beneficio que los militares.

Para el oficialismo en la CESS “no se visualizan diferencias evidentes en las condiciones y exigencias psicomotoras entre la prestación de los servicios militares del personal militar de comando y combatiente y del personal ejecutivo policial”, ni se “dispone de estudios que justifiquen dicha diferenciación”.

La recomendación es “la revisión general del régimen de bonificaciones para sustentarlo en supuestos válidos”; esto incluye también otras profesiones que tienen este beneficio, como las maestras u otras actividades por su riesgo de vida o alto peligro. Se menciona que la bonificación de los militares debe incluirse en ese proceso, al tiempo que aconseja “evaluar la pertinencia de hacer converger las bonificaciones del personal” militar y policial.

Suprimir “pago adicional” por cómputo del aguinaldo

Los militares son los únicos pasivos que cobran un aguinaldo, es decir un pago extra una vez al año. La interpretación dada por los ex directores del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas —consignadas en una nota web de un portal de Infantería— es que no se trata de un beneficio, sino que deriva de que la división del haber jubilatorio es distinta que el resto de los trabajadores. Ante esto, los técnicos oficialistas de la CESS aconsejan “otorgar al aguinaldo” de los militares las mismas reglas que “los demás regímenes previsionales”.

Esto implica que para “las futuras prestaciones, corresponde el mismo tratamiento, suprimiendo el pago adicional e incluyendo su cómputo en el haber básico, sin perjuicio de los derechos adquiridos por los actuales beneficiarios y el período de transición correspondiente”, indica el documento.

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