Este miércoles a las 17.00 comenzó una reunión de la Comisión de Expertos en Seguridad Social (CESS) –integrada por el gobierno y los socios de la coalición, el Frente Amplio (FA) y las delegaciones sociales (trabajadores, jubilados y empresarios)– en que los representantes del oficialismo expondrán el documento al que llegaron tras varias semanas de negociación, con distintas recomendaciones para la reforma jubilatoria. La CESS tiene hasta el 31 de octubre para elevar un informe con propuestas y culminar su trabajo, para que luego el Poder Ejecutivo, tomando esos insumos, elabore un proyecto de ley que irá al Parlamento, donde se discutirán en 2022 estos cambios en el sistema previsional.

Según supo la diaria de fuentes del oficialismo, entre los principales puntos de las recomendaciones aparecen igualar los beneficios entre el sistema general –el Banco de Previsión Social (BPS) más AFAP– y las cinco cajas –tres paraestatales (Bancaria, Notarial y de Profesionales) y dos de gestión pública (Militar y Policial)– para los nuevos trabajadores y, en el caso de los ya activos, hacer un prorrateo entre sus años con el antiguo sistema y el nuevo; también se propone subir la edad de retiro hasta los 65 años de forma gradual, elevando un año por cada año calendario, con dos posibles escenarios que comienzan con los nacidos en 1967 o en 1971.

Una fuente aclaró que el documento de más de 100 páginas que se presenta a la CESS está abierto a cambios, dentro del proceso de discusión con el FA y las delegaciones sociales que ocurrirá este mes.

Principio de igualdad y transición lenta

La línea de pensamiento del conjunto de cambios incluidos en la reforma, según la fuente, siguen el principio de igualdad. Esto no implica la desaparición de las cinco cajas por fuera del BPS, ya que se discutirán medidas puntuales para cada una, sino que los beneficios de los trabajadores que se jubilen sean los mismos, sin importar si lo hacen por el sistema general o si también están afiliados a alguno de los subsistemas.

Actualmente las cajas Bancaria, Notarial, de Profesionales, Militar y Policial tienen distintas reglas para acceder a las pasividades y pagan mayores jubilaciones.

Para el cálculo del sueldo básico jubilatorio, que define en función de los aportes lo que cobrará la persona, también se igualarán las reglas. Hoy día en el BPS se toman los últimos diez años o los 20 mejores del trabajador, y la recomendación es considerar los 25 mejores años de aportes. El cambio implica una variación para el sistema general, pero aún más para los afiliados a las cinco cajas, que se jubilan con cálculos variables –por ejemplo, los militares con su último sueldo, o los profesionales con el promedio de los últimos tres años–.

Estas reglas se aplicarán a pleno sólo para los trabajadores que ingresen al mercado laboral con posterioridad a la reforma. Los anteriores, es decir, toda la población actualmente ocupada, tendrá a la hora de jubilarse un esquema mixto que combinará ambas situaciones. La fuente puso como ejemplo el cálculo que se hace hoy para una persona que trabajó la mitad de su vida laboral en Uruguay y la otra en España: se calcula la jubilación total y luego se prorratea por los años de trabajo en cada país.

En el caso de los dos sistemas que van a convivir pasaría lo mismo. Como ejemplo, si una persona aportó 20 años por el régimen vigente hoy y diez por el futuro, se calculan ambas jubilaciones y la persona cobrará dos terceras partes de lo que le corresponde por el primer sistema y un tercio por el otro.

Esto fue definido como una “transición lenta”, porque en anteriores reformas se estableció un año a partir del cual todos los trabajadores –incluidos los activos– pasaban a estar abarcados por las nuevas reglas.

Dos escenarios para la edad de retiro

En línea con lo adelantado por varios integrantes del gobierno, la propuesta del oficialismo es elevar la edad de retiro, que hoy está en 60 años junto con 30 de aportes –en promedio, los uruguayos se jubilan con entre 62 y 63 años–. Para esto la recomendación plantea dos escenarios, aunque en cualquier caso las nuevas reglas no abarcarán a los mayores de 55 años; la discusión es si comienza a partir de los nacidos en 1967 o de los nacidos en 1971.

En ambos escenarios, el esquema gradual de adaptación comienza a subir un año la edad límite por cada año calendario. Es decir, si se comienza con los nacidos en 1966, elevando un año la edad se llega a que el límite de 65 años se alcanza con los nacidos en 1971; el otro escenario es el mismo, pero se llega a los 65 años con los nacidos en 1976.

Asimismo, se mantendrá algún tipo de beneficio para aquellos trabajadores que postergan su retiro más allá del límite legal. Hoy día por cada año de trabajo después de los 60 años de edad crece la denominada tasa de reemplazo –porcentaje del sueldo promedio que cubre la jubilación–; la recomendación para la reforma es que cada año de trabajo más allá de los 65 de edad se cuente por tres para los años de servicio. A modo de ejemplo, si una persona tiene 27 años de aportes se podría jubilar con 66 años, porque ese último año que trabajó cuenta por tres al verificar el tiempo de servicio; lo mismo si llega con 15 años de aportes a los 70.

Ingreso mínimo y suplemento

Dentro de las recomendaciones del oficialismo se mantiene el concepto de jubilación mínima vigente, en la actualidad bajo el nombre de ingreso mínimo garantizado. A esto se accederá sin ninguna restricción a partir de los 71 años.

Además, se contempla sumar al cálculo jubilatorio un “suplemento” para los trabajadores que habiendo alcanzado las condiciones exigidas tengan una pasividad inferior a 39.000 pesos. La lógica es que a mayor retribución alcanzada con las reglas base, menor será ese suplemento, y cuanto más cerca de la jubilación mínima la retribución, mayor será la compensación. Se plantean distintas opciones de cálculo para ese extra que se sumará al cálculo jubilatorio inicial.

Otras medidas incluidas en el informe que consensuó el oficialismo son crear una comisión para estudiar los aportes bonificados que tienen distintos sectores; extender a todos los subsistemas el reconocimiento de un año por hijo a las mujeres; subir a un año y medio este reconocimiento para las madres de hijos con discapacidad; y que a la hora de calcular los 25 mejores años de aporte para la jubilación las mujeres pueden omitir los años de nacimiento de hijos para no verse perjudicadas.

Más fondos para AFAP y opciones de renta vitalicia

En el caso del pilar dos, es decir, el tramo que administran las AFAP, también se recomiendan varias reformas. Hoy día los ahorros de los trabajadores se dividen en dos subfondos, que tienen reglas distintas de inversión, ya que se permiten menos riesgos –y, por ende, menor rentabilidad– en el destinado a trabajadores mayores de 55 años, la población más próxima al retiro. La propuesta es crear un tercer fondo para los trabajadores más jóvenes, que permita inversiones de mayor riesgo, en busca de más rentabilidad, bajo la lógica de que son acciones a largo plazo, por el tiempo que falta para que se jubilen esos trabajadores.

También en línea con un pedido hecho por las AFAP, se las habilitará a invertir en renta variable en el exterior, por ejemplo, acciones de empresas de los mercados internacionales.

Para las denominadas rentas vitalicias, que son la pasividad que paga el Banco de Seguros del Estado en función del ahorro de cada persona en su cuenta de AFAP –lo que se suma a la jubilación por el BPS–, se plantea aumentar las opciones, es decir, que no necesariamente ese monto deba ser cobrado por partes cada mes, como ocurre hoy, sino que la persona pueda optar, por ejemplo, por dividir en dos ese período de desahorro o efectuar un retiro mayor tras la jubilación. La fuente explicó que se procura “más libertad” y mayores instrumentos como opción para el manejo del dinero ahorrado en la AFAP.

Otra medida es la creación de una superintendencia del sistema previsional, un organismo regulador específico de la seguridad social, que deberá monitorear lo que ocurre en el BPS, las AFAP, las otras cinco cajas y cualquier otro aspecto relativo al régimen jubilatorio.