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Javier García, ayer, en el Ministerio de Defensa.

Foto: Alessandro Maradei

Tribunal de honor militar cuyas actas se declararon reservadas trató sobre delito económico por el que se acusó a Gregorio Álvarez

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Madres y Familiares sostiene que existen antecedentes en los que se convocaron militares por temas personales y se terminaron abordando aspectos vinculados a crímenes de la dictadura.

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Leído por Abril Mederos.
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Las actas de toda la actuación del tribunal de honor militar sobre el teniente coronel retirado Armando Méndez fueron declaradas como reservadas por 15 años por el Ministerio de Defensa Nacional. Ante esto, el titular de la cartera, Javier García, explicó que se trata de actas relacionadas a temas comerciales y no de derechos humanos. Según supo la diaria por fuentes de la cartera, el motivo de esa citación fue el Operativo Conserva, uno de los delitos económicos de la dictadura, que involucró al exdictador Gregorio Álvarez y a empresarios de la industria frigorífica.

Este viernes, un día después de que Méndez fuera procesado por el asesinato de Gerardo Alter en agosto de 1973, se conoció la decisión de clasificar como reservados todos los testimonios que haya brindado ante el tribunal sobre su actuación mientras se desempeñaba como militar, según informó Montevideo portal.

La decisión fue tomada a raíz de un pedido de acceso a la información pública presentado por la Asociación de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos. En el escrito se señala que el gobierno está habilitado “a clasificar información como reservada en el momento en que se reciba una solicitud de acceso a la misma, disponiendo asimismo que el plazo de reserva comenzará a computarse a partir de que la información pudo ser clasificada”.

García dijo este fin de semana que “todos los tribunales vinculados a derechos humanos” son entregados, “a diferencia de lo que sucedía en otras administraciones”, agregó. Según explicó el ministro a Canal 4, “hay tribunales de honor de muchas características”. García mencionó que en el caso de Méndez su tribunal de honor fue por un tema comercial y mencionó como ejemplo tribunales que dirimieron sobre deudas entre oficiales en las décadas de 1980 o 1990, otros que se formaron por la opción de género del militar y otros por infidelidades.

“Un tribunal de honor se hacía en virtud de cánones de otra época”, dijo el ministro y agregó que ya no existen más, en tanto ahora funcionan los tribunales de ética, que se rigen con otra normativa. El ministro insistió en que los tribunales “se hacían sobre temas personalísimos” y por eso no tiene “derecho a divulgar, no corresponde”. “Si se trata de temas vinculados a su opción sexual o su vida familiar, no corresponde que yo lo divulgue, pero los que se hicieron en temas vinculados a los derechos humanos, todos”, afirmó.

Consultado por la diaria, el integrante de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos Ignacio Errandonea dijo que no es la primera vez que se declaran reservadas actas de tribunales militares con el argumento de que tratan sobre temas personales, y sobre el caso concreto de Méndez señaló que se solicitó esa información dentro de un “conjunto” de documentos, sin tener “datos concretos” sobre su contenido. Explicó que muchas veces se solicita material pese a no haber indicios concretos, dado que hay antecedentes de tribunales que se convocaron por temas personales en los que se terminaron abordando aspectos vinculados a crímenes de la dictadura, como fueron los casos de Manuel Cordero o Gilberto Vázquez, ejemplificó.

El Operativo Conserva fue un negocio encabezado por Gregorio Álvarez y su esposa Rosario Flores, en el que participaron empresarios de la industria frigorífica y actores del Estado como el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y el Instituto Nacional de Carnes –con Méndez al frente–, y que, como explicó el docente de Historia Héctor Altamirano en un artículo de la diaria, implicó una pérdida de más de 20 millones de dólares para el Estado. Según informó Sudestada en 2016, se trató de la exportación de ganado a Argentina para la producción de corned beef, que luego volvía en forma de conserva a Uruguay. Méndez se opuso al negocio, argumentando que el gobierno terminaba pagando sobreprecio por la carne, y fue removido del cargo.

El procesamiento de Méndez

Méndez, quien fue director de Aduanas durante el gobierno de Luis Alberto Lacalle, fue procesado el jueves por un delito de homicidio muy especialmente agravado en calidad de coautor. El exintegrante del Órgano Coordinador de Operaciones Antisubversivas participó en el operativo de detención de Alter, en Camino Maldonado y Veracierto, e integró uno de los equipos que torturaron a la víctima.

Alter, de 27 años, era militante del Partido Revolucionario de los Trabajadores de Argentina y oficiaba como mensajero entre ese grupo y el Movimiento de Liberación Nacional. Fue detenido el 19 de agosto de 1973 en Montevideo junto a Jorge Selves y Walter Arteche, quienes fueron esposados y trasladados al Batallón Florida de Infantería 1, en el Buceo. Alter murió esa misma noche, luego de ser golpeado y sometido a picana eléctrica.

En 2011 fueron procesados como coautores de homicidio muy especialmente agravado los militares retirados Alberto Gómez Graña y Arturo Aguirre, quienes en agosto de 1973 actuaban en la unidad donde fue asesinado Alter y reconocieron que el joven había muerto tras ser torturado.

“Profunda preocupación”

El Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (Ielsur) manifestó su “profunda preocupación” por la decisión del MDN. En un comunicado, afirmó que el pedido de acceso de Madres y Familiares, además de estar amparado en la Ley de Acceso a la Información Pública (18.381), se “enmarca en el trabajo que desde hace décadas viene realizando la Asociación de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos ante la ausencia de proactividad” del Estado "en la búsqueda de los detenidos desaparecidos, así como del esclarecimiento de los hechos ocurridos en el período de la última dictadura militar”.

Asimismo, se advierte sobre la “generalidad” con la que el MDN “justifica su decisión de clasificar como reservada la información solicitada y consecuentemente limitar a los solicitantes al ejercicio de un derecho constitucional regulado y protegido por la Ley N°18.381”. Ielsur argumentó que la normativa establece que para clasificar de reservada la información se debe hacer “mediante resolución debidamente fundada y motivada”, que demuestre que la divulgación de la información puede generar “riesgo claro, probable y específico de daño al interés público protegido”.

“En el contexto de investigaciones vinculadas al pasado reciente, el Ministerio no puede por sí y ante sí decidir que es útil para dichos efectos. Precisamente, son la Fiscalía y el Poder Judicial las instituciones que están en condiciones de decidir (para el caso que la información sea vertida a las causas) si es prueba pertinente, conducente”, indicó la institución.

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