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Yamandú Orsi presenta una denuncia sobre un desvío de afluente del río Santa Lucía, el 1° de febrero, en la Torre Ejecutiva.

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Ministerio de Ambiente hizo lugar a la denuncia de la Intendencia de Canelones y sancionará a empresas que desviaron afluente del río Santa Lucía

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Las empresas deberán presentar en un plazo de diez días un plan de recomposición “del ecosistema fluvial degradado en las tres zonas intervenidas”.

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Leído por Mathías Buela.
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Cuando la preocupación por el déficit hídrico comenzaba a asomar, el intendente de Canelones, Yamandú Orsi, fue a la Torre Ejecutiva y presentó una denuncia ante el subsecretario del Ministerio de Ambiente (MA), Gerardo Amarilla, debido a que empresas areneras hicieron un terraplén para desviar artificialmente un afluente del río Santa Lucía, el arroyo Vejigas.

Si bien en determinado momento Amarilla matizó la preocupación del jefe comunal canario por tratarse de un afluente en el que no hay represamiento de agua para abastecer a la población, finalmente el MA optó por sancionar e instar a las empresas a detener las obras, según una resolución a la que accedió la diaria.

El MA concluyó que las empresas Delmar Ltda. y Nielina SA han realizado “la extracción de áridos del álveo del arroyo Vejigas” usando “maquinaria pesada y camiones”, de acuerdo a lo constatado por la Intendencia de Canelones.

Asimismo, técnicos de la Dirección Nacional de Aguas visitaron la zona y determinaron que “al momento de la actuación no se encontraba propiamente represado, pero sí conformando una modificación temporal por desviación del curso”, lo que constituye “una infracción susceptible de ser sancionada”.

Otra visita, esta vez del Departamento de Protección de la Biodiversidad, de la Dirección Nacional de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, determinó que se había producido “una alteración al régimen natural del arroyo Vejigas, así como una serie de afectaciones directas e indirectas sobre el ecosistema fluvial, su biodiversidad y servicios ecosistémicos asociados, sugiriendo –más allá de las sanciones correspondientes– requerir la recomposición, con el objetivo de restaurar la dinámica natural del cauce del referido arroyo”.

Por último, la División de Evaluación de Impacto Ambiental constató el “enlentecimiento o estancamiento” del caudal del río Santa Lucía, “generando situaciones propicias para el desarrollo de algas y el arrastre del material utilizado, generándose contaminación por el uso de residuos de distinto tipo”.

Si bien, de acuerdo con la resolución, “las infracciones constatadas no pusieron en peligro la fuente de agua para el suministro a la población”, puesto que “el más importante volumen disponible para potabilizar en la planta de Aguas Corrientes proviene de la represa de Paso Severino”, las visitas y sugerencias de las distintas reparticiones del MA llevaron a la cartera a determinar que sí serán “suspendidas las actividades” desarrolladas por las empresas.

Las empresas son pasibles de ser multadas con 100 unidades reajustables (UR) “por haber realizado una modificación temporal por desviación del curso, sin noticia de la Administración”, incumpliendo así lo dispuesto en el Código de Aguas. Por otra parte, se enfrentan a una multa de 200 UR por otros incumplimientos.

Asimismo, se intima a las empresas “a recomponer la zona afectada, debiéndose, a tales efectos, presentar en el plazo de diez días hábiles un plan de recomposición” a ser evaluado por estas divisiones del MA, plan que deberá incluir “la recomposición del ecosistema fluvial degradado en las tres zonas intervenidas, con el objetivo de restaurar la dinámica natural del cauce del arroyo Vejigas”, que implica la destrucción de los terraplenes y el cierre de los canales que se formaron a raíz de esto.

Las empresas deberán llevar a cabo también “un plan de retiro de materiales y de restauración del curso en condiciones similares a las anteriores a la intervención”, así como “cegar los canales construidos y restablecer el curso por la traza inicial”.

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