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Residencial incendiado en Treinta y Tres.

Foto: Virginia Viera Amaral

INDDHH concluyó la investigación sobre el incendio fatal en un residencial de Treinta y Tres con recomendaciones al gobierno

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El organismo instó a “mejorar los canales de comunicación, sistemas de alertas y protocolos de actuación conjunta” en este tipo de centros; según se informó, hay registrados 1.262 y sólo 233 tienen autorización vigente de Bomberos.

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Leído por Andrés Alba.
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La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) resolvió el pasado 8 de julio iniciar una investigación urgente ante el fallecimiento de diez personas en un incendio ocurrido en un residencial en Treinta y Tres. Concluido este proceso, en los primeros días de noviembre la institución emitió una resolución en la que recomendó al Ministerio de Salud Pública (MSP), al Ministerio del Interior (MI) y al Ministerio de Desarrollo Social (Mides) “mejorar los canales de comunicación, sistemas de alertas y protocolos de actuación conjunta” en este tipo centros.

En esa línea, la INDDHH pidió la inclusión de “una mirada integral al momento de realizar las fiscalizaciones, así como las autorizaciones y la habilitación” y que se procure “garantizar las capacitaciones a nivel nacional, facilitando el desarrollo de competencias en el ámbito de los cuidados, con carácter obligatorio para toda la plantilla de recursos humanos”.

A la Dirección Nacional de Bomberos la institución le solicitó “la aprobación, publicación y difusión de la resolución que modifique los requerimientos para otorgar autorizaciones a locales de menos de 400 m2, en un plazo no mayor a 30 días”. En tanto, al MSP y al Mides les pidió “fortalecer los equipos de fiscalización” y publicar la oferta de los centros de larga estadía para personas mayores a nivel nacional, acompañada con una “escala de valoración de la ciudadanía” y la “información adecuada, oportuna y accesible”, diferenciando los “registrados y habilitados”.

También se reconoció la necesidad de “formar equipos técnicos orientados a la promoción de los derechos humanos de las personas mayores” que asesoren a los centros de larga estadía para personas mayores que lo requieran. Por último, se sugiere que “el personal a cargo de los cuidados sea, como mínimo, el doble de lo establecido en la normativa vigente”.

“Acto de abandono institucional”

Según lo reportado por la Dirección Nacional de Bomberos, el MSP registra 1.262 establecimientos de larga estadía para personas mayores. Sin embargo, entre estos sólo 233 tienen autorización vigente de Bomberos, 997 carecen de ella o no han iniciado el trámite y 32 están en proceso.

Como conclusión de la investigación, la INDDHH apuntó que “existen múltiples derechos que deben protegerse y garantizarse en casos como el presente”, y resaltó que “la falta de supervisión y control efectivo” sobre estos establecimientos “podría interpretarse como un acto de abandono institucional”. En ese sentido, subrayó que el Estado, por intermedio del Mides, el MSP y el MI, “tiene el deber de garantizar que las residencias cumplan con los requisitos legales para proteger a las personas mayores”.

En un comunicado, la INDDHH había afirmado —cuando comenzó la investigación— que existía “la necesidad de una supervisión y seguimiento más estricto” de los establecimientos de larga estadía para personas mayores. También destacó en aquel momento que estaba “trabajando en temas relacionados con la protección de personas mayores” a través de su Unidad de Personas Mayores y con un proyecto piloto de visitas no anunciadas, por intermedio del Mecanismo Nacional de Prevención.

¿Qué pasó en Treinta y Tres?

El establecimiento en el que se produjo el incendio comenzó a funcionar en 2019 y la habilitación “se habría iniciado en octubre de 2020”, por lo que el establecimiento “era conocido y supervisado por las autoridades del MSP y el Mides”, se señala en el informe. El MSP informó, según recoge el documento, que en este centro “se identificaron observaciones”, aunque “fueron subsanadas en visitas de seguimiento”. Sin embargo, la cartera “no proporcionó detalles sobre el estado del trámite de habilitación ni sobre la documentación presentada o pendiente del titular del establecimiento”, detalló la INDDHH.

El Mides “sólo realizó una inspección por denuncia y no llevó a cabo fiscalizaciones adicionales al carecer de certificación social”. “Luego de recibir la solicitud de habilitación y verificar la documentación completa, se debe emitir un Certificado de Registro, que se remite al Mides para la emisión del certificado social”, recordó el informe. El MSP, en tanto, indicó que el residencial “estaba registrado, pero el trámite para el certificado social no fue gestionado ante el Mides”.

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