El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) dio por concluido el arbitraje iniciado en mayo de 2024 por la empresa chilena Neltume Ports, socia mayoritaria de Montecon, contra el Estado uruguayo, tras resolver por unanimidad incorporar como laudo arbitral el acuerdo de avenimiento alcanzado entre las partes. El 19 de agosto, Neltume Ports comunicó al gobierno su intención de retirarse del arbitraje, y el 4 de setiembre, ambas partes presentaron al tribunal el acuerdo de terminación del arbitraje por desistimiento.
La demandante había solicitado el arbitraje por haberse sentido afectada, como accionista de Montecon, por el contrato firmado en 2021 entre Katoen Natie y el Estado uruguayo, que extendió hasta 2081 la concesión de la terminal especializada de contenedores Terminal Cuenca del Plata (TCP). En agosto del año pasado, el gobierno uruguayo y Neltume Ports acordaron suspender el arbitraje hasta enero de 2026. Posteriormente, prorrogaron la suspensión hasta mayo, cuando se reanudó el proceso arbitral.
La empresa había estimado en 600 millones de dólares los daños derivados de los decretos 114 y 115, dictados por el Poder Ejecutivo en 2021 para implementar el acuerdo. A juicio de Neltume, los decretos, referidos a la gestión portuaria y el reglamento de atraque, obstaculizaron a Montecon para desarrollar las actividades de operación y prestación de servicios de contenedores y privilegiaron a TCP.
“Es un desistimiento mucho más amplio. La situación es mejor que si hubiéramos obtenido un laudo arbitral favorable al final del arbitraje”, había adelantado el prosecretario de Presidencia, Jorge Díaz, sobre el acuerdo alcanzado en rueda de prensa. Según el acuerdo de terminación del arbitraje, al que accedió la diaria, Neltume desistió de manera “irrevocable y con efecto de cosa juzgada” de “todas y cada una de las pretensiones, acciones, reclamos”.
“Neltume declara que, con la suscripción del presente acuerdo, queda extinguida definitivamente toda controversia contra Uruguay y/o sus órganos”, afirma el primer término del desistimiento. En el acuerdo, se especifica que su suscripción “no constituye, ni podrá interpretarse” como “una admisión, reconocimiento o aceptación de responsabilidad alguna por parte de Uruguay” en relación con los hechos invocados en el arbitraje. Asimismo, el Estado no asume “obligación alguna de indemnizar, compensar o reparar a Neltume y a sus accionistas o entidades vinculadas”.
La empresa se comprometió “de manera irrevocable” a que, a partir de la suscripción del acuerdo, ni ella ni sus entidades vinculadas, incluida Montecon, volverán a “iniciar, promover, participar, financiar o apoyar, directa o indirectamente, reclamo, demanda, arbitraje o procedimiento alguno en contra de Uruguay o de cualquier entidad, órgano o subdivisión política que guarde relación directa o indirecta” con el caso. La prohibición se extiende a “cualquier foro, incluyendo tribunales, cortes, centros de arbitraje y organismos internacionales”. En el mismo sentido, Neltume también se comprometió a no ceder ni transferir a terceros “ninguna de las pretensiones, acciones, reclamos o derechos” comprendidos en el acuerdo.
En particular, el tribunal del Ciadi tomó nota de los acuerdos respecto a costos y gastos. Las partes resolvieron que cada una asumiera sus “propios honorarios legales y demás gastos en que hayan incurrido” en relación con el arbitraje y el acuerdo. Otros gastos procesales generados hasta la efectiva finalización del proceso “serán asumidos por las partes iguales en partes iguales”. Por otro lado, Neltume asumirá “en su totalidad el cargo de registro (lodging fee) pagado al Ciadi con motivo de la presentación de la solicitud de arbitraje, sin derecho a reembolso ni contribución alguna por parte de Uruguay”.