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Carpa de Sutiga frente a Torre Ejecutiva. (Archivo, agosto de 2026)

Foto: Alessandro Maradei

Trabajadores tercerizados del Mides y el Poder Ejecutivo alcanzaron un preacuerdo para el pago de los adeudos salariales

El gobierno se comprometió a abonar los pagos pendientes antes del 30 de setiembre, mientras que los trabajadores dejarán “sin efecto las medidas dispuestas en reclamo”.

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Los trabajadores tercerizados del Ministerio de Desarrollo Social (Mides), nucleados en el Sindicato Único de Trabajadores de Instituciones Gremiales y Afines (Sutiga), alcanzaron este jueves un preacuerdo con el Poder Ejecutivo para el pago de “todos los adeudos correspondientes a salario mensual”.

En el marco del grupo de trabajo instalado a principios de setiembre entre el Mides, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y Sutiga, el gobierno se comprometió a abonar los sueldos, como máximo, el martes 30 de setiembre. Por su parte, el sindicato aceptó “dejar sin efecto las medidas dispuestas en reclamo por el pago de salarios atrasados, con especial referencia al levantamiento de la carpa ubicada en plaza Independencia”, que desde hace más de un mes Sutiga mantiene frente a la Torre Ejecutiva.

Este acuerdo aún debe ser aprobado por la asamblea de trabajadores. Para asegurar los pagos y “evitar eventuales nuevos incumplimientos”, las partes acordaron distintos mecanismos: el pago directo a través de cada organización a sus trabajadores, préstamos de microfinanzas y subrogación sin resolución de contratos. “Estos mecanismos, además, prevén el acompañamiento en la gestión de las organizaciones”, se señala en el acta del preacuerdo. A su vez, se prorrogará por 30 días el funcionamiento del grupo de trabajo integrado por los ministerios y Sutiga.

INDDHH determinó que “existió vulneración de derechos” por parte del Mides

La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) se pronunció días atrás sobre el atraso de los pagos del Mides a las organizaciones de la sociedad civil que mantienen contratos con los trabajadores tercerizados. En una resolución, el organismo expresó que “existen elementos suficientes para determinar que existió vulneración de derechos” por parte de la cartera, en el marco de una denuncia presentada por “reiterados retrasos significativos” en los pagos.

De acuerdo a la resolución, a la que accedió la diaria, la denuncia fue presentada el 23 de abril por un trabajador que se desempeña en el sistema de respuesta a mujeres víctimas de trata de personas, que funciona bajo la órbita del Instituto Nacional de Mujeres (Inmujeres) y es gestionado por la organización Agenda de Derechos. El denunciante comenzó su vínculo con el organismo en 2025 y en 2026 se le renovó el contrato “de facto”, porque “no se les aportó el contrato para firmar hasta a finales de marzo, trabajando más de dos meses sin seguridad jurídica de contratación”.

En la denuncia, según recoge la INDDHH, se manifestó que el atraso “en los pagos sistemáticamente”, así como la precariedad de los contratos de las funcionarias de Inmujeres, ha dejado a trabajadoras “al borde del desalojo o directamente han sido desalojadas”. Una situación que “repercute en todo el sistema de respuestas de violencia de género”, según transmitió el denunciante.

Tras recibir la denuncia, la INDDHH ofició al Mides con el objetivo de “recabar mayor información”. Sin embargo, el organismo respondió recién luego de una reiteración de la solicitud, el 26 de junio de 2026. La cartera dijo estar “en conocimiento de la situación con relación a las dificultades respecto del pago de algunas partidas establecidas” y aseguró que, en el marco de los “procesos administrativos y financieros asociados a la gestión de convenios con organizaciones de la sociedad civil, Inmujeres ha realizado los máximos esfuerzos para procurar la tramitación oportuna de las partidas correspondientes”.

Con respecto al caso de la organización del denunciante, el ministro indicó que el retraso “obedeció a la acumulación de procedimientos administrativos asociados al cierre del ejercicio anterior, la tramitación de los convenios correspondientes al ejercicio 2026, los controles administrativos y financieros preceptivos para la habilitación de pagos, así como al cumplimiento en tiempo y forma de las rendiciones de cuentas por parte de la organización”. Por otro lado, también señaló que tuvieron conocimiento de una única situación que involucró el desalojo de una trabajadora, pero puntualizó que, en una reunión el 17 de abril, “la misma fue planteada como resuelta por parte de la trabajadora involucrada, quien no resultó desalojada”.

En la resolución, la INDDHH se remitió al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y recordó que su artículo sexto expresa que los Estados partes reconocen “el derecho a trabajar, que comprende el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado”. En tanto, señaló que la Constitución manifiesta en su artículo 54 que “la ley ha de reconocer a quien se hallare en una relación de trabajo o servicio, como obrero o empleado, la independencia de su conciencia moral y cívica; la justa remuneración; la limitación de la jornada; el descanso semanal y la higiene física y moral”.

Además de determinar que “existió vulneración de derechos”, la INDDHH recomendó al Mides a “garantizar el pago de los salarios vinculados a las OSC [organizaciones de la sociedad civil] en tiempo y forma, sin dilaciones, en cumplimiento de las normas internacionales y nacionales sobre el derecho al trabajo”.