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Movilización de trabajadores de Pedidos Ya, en reclamo de salarios. (archivo, enero de 2021)

Foto: Alessandro Maradei

Argentina: tribunal reconoció relación de dependencia entre PedidosYa y repartidores

3 minutos de lectura
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La empresa de delivery deberá pagar una multa de 175.000 dólares por no tener registrados a los trabajadores.

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Leído por Andrés Alba.
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Un tribunal de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires ratificó el 25 de noviembre la existencia de una relación de dependencia entre la empresa PedidosYa y sus repartidores, por lo que la compañía de origen uruguayo fue sentenciada a pagar una multa de más de 17 millones de pesos argentinos (175.000 dólares) por no tenerlos registrados, según informó el medio argentino Infogremiales.

El caso había sido llevado a la Justicia por la propia app de repartos, luego de haber sido multada por el Ministerio de Trabajo provincial durante un operativo de fiscalización en junio de este año. Durante ese operativo también fueron multadas las empresas Rappi y Glovo.

Según el expediente judicial, al que accedió la diaria, la defensa de PedidosYa presentó un recurso de inconstitucionalidad y pidió que se le restituyera el monto de la multa. A su vez, apelaron la decisión considerando que la relación con los repartidores debe considerarse dentro de “nuevas formas de organización productivas a través de las plataformas digitales, siendo las ‘APP’ intermediadoras entre quien demanda un servicio y quien lo ofrece”, y que como los repartidores “son autónomos, tienen el control total sobre la forma y horarios en que prestan sus servicios, trabajando con vehículos y herramientas propios y con ausencia de poder disciplinario, libres de todo control y dirección”, por lo que consideran que no hay vínculo laboral, sino una “relación comercial debidamente documentada por un contrato”.

En el fallo judicial, los tres magistrados que conforman el Tribunal de Trabajo N° 1 rechazaron el pedido de inconstitucionalidad, la apelación y la solicitud de devolución del monto abonado por la multa.

Al argumentar los motivos del fallo, el juez Mauricio Javier Bordino consideró que “la empresa, más allá de sostener lo contrario en algún pasaje de su defensa, admite la prestación de servicios por parte de los repartidores a quienes se vincula mediante un contrato comercial” con el que “desarrolla su objeto de explotación, esto es el delivery de comidas y paquetería a domicilio, dentro de lo que denomina e-commerce”. En este sentido, señaló que para demostrar que los repartidores no están en relación de dependencia PedidosYa debía “acreditar las características de la relación jurídica por ella invocada (trabajo autónomo, contrato de locación de servicios)”, pero que no pudo hacerlo.

El magistrado también señala que la empresa “no logró desvirtuar la aludida presunción de laboralidad que nació a partir del reconocimiento de la prestación de servicios” y que los repartidores tuvieron que inscribirse como monotributistas, abrir o poseer una cuenta bancaria para que la empresa deposite los montos abonados, realizar un curso de capacitación para el uso de la app, comunicarse con la empresa a través de la aplicación, trabajar en días y horarios fijados por la aplicación, determinar “el precio de la labor efectuada mediante la aplicación”, y que se les imposibilitó la negociación del precio, que es establecido por la empresa en base a la distancia y el costo del pedido”, se les pidió la emisión de órdenes de trabajo mediante la aplicación, fueron sometidos a supervisión o control de la tareas mediante un sistema de seguimiento, tuvieron que someterse a un sistema de sanciones frente a incumplimientos en la entrega o retrasos y se les reclamó que usaran la ropa y el logo de la empresa.

En este sentido, los magistrados argentinos señalan que “surgen evidentes las notas tipificantes de una relación regida por el derecho del trabajo” y que los repartidores están subordinados técnica, jurídica y económicamente a PedidosYa.

“No se advierten motivos razonables para concluir que los vínculos habidos entre Repartos Ya SA (PedidosYa) y los trabajadores relevados (al menos respecto de los 62 repartidores respecto de los que admite relación) no resulten regidos” por la Ley de Contratos de Trabajo argentina, señala el dictamen.

En Argentina, al igual que en Uruguay, la postura de la empresa es que los repartidores de PedidosYa no son empleados, sino trabajadores independientes.

Según Repartos Latam, una investigación publicada por la Red Latam de Jóvenes Periodistas el 23 de octubre, PedidosYa contaba con más de 35.000 repartidores en todo el continente hasta mayo de este año. Si bien la mayoría logra superar el salario mínimo de sus países y en algunos casos duplicarlo, cerca de la mitad lo hace trabajando más de ocho horas diarias y teniendo que cumplir entre 240 y 420 entregas mensuales, sin ser reconocidos como empleados y, por lo tanto, no teniendo acceso a seguridad social, cobertura médica, aportes jubilatorios y otros beneficios de la legislación laboral, que deben gestionar, si pueden, por medio de empresas unipersonales.

PedidosYa, que fue fundada en Uruguay en 2009 y en 2014 fue adquirida por la alemana Delivery Hero, que también tiene acciones en Rappi, está valuada en 2.500 millones de dólares.

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