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Archivo, julio de 2022

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Reforma de la seguridad social prevé mejores jubilaciones para las personas que trabajen más allá de la edad mínima de retiro

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Se propone además calcular la jubilación por los 25 mejores años para asociar “el esfuerzo contributivo” con “el beneficio a recibir”

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Leído por Abril Mederos.
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Durante la presentación del proyecto de ley de reforma de la seguridad social, el presidente Luis Lacalle Pou, flanqueado por su gabinete ministerial, fue consultado por el informe elaborado por el equipo en representación de los trabajadores en el Banco de Previsión Social (BPS) que pronosticaba rebajas de entre 8% y 36% en las futuras jubilaciones de los menores de 45 años. Tras aclarar que “no iba a adjudicar intenciones” por presumir “buena intención y profesionalismo”, el mandatario le cedió el micrófono a Rodolfo Saldain, principal responsable de la redacción del proyecto.

Según Saldain, las estimaciones del equipo de los trabajadores en el BPS “están hechas sobre la base de una distribución del aporte personal” que “no es la del proyecto”, sino la del anteproyecto. Explicó que con la última redacción el aporte personal se distribuirá 10% para el BPS y 5% para una cuenta de ahorro individual, es decir, en régimen de AFAP. En el anteproyecto era 8% y 7%, respectivamente. Este fue uno de los principales cambios que tuvo el texto a partir del intercambio entre los integrantes de la coalición de gobierno.

Estos nuevos porcentajes, sostuvo Saldain, “cambian sustancialmente esos cálculos, con los cuales nosotros no podemos hacer acuerdo”. Subrayó además que “sin duda” el nuevo régimen previsional tendrá, en caso de aprobarse, mejores jubilaciones “para gran parte de la población de menores recursos”.

El cálculo de las jubilaciones y la “tasa de adquisición de derechos”

Además de modificar la distribución del aporte personal, el proyecto establece que el “sueldo básico jubilatorio” se calculará en función del promedio mensual del “valor actualizado de las asignaciones computables de los mejores 25 años de trabajo”. El criterio del régimen actual tiene en consideración los últimos diez años o los mejores 20 años de aportes. El proyecto sostiene en su exposición de motivos que la extensión para el cálculo de la jubilación permite asociar “el esfuerzo contributivo” con “el beneficio a recibir”.

Además, se advierte que la extensión del período a promediar “no impacta” en los trabajadores de menores ingresos, “dado que son personas que desempeñan ocupaciones en las que la movilidad salarial es nula o mínima”.

Por el contrario, menciona que para aquellos trabajadores “de otras características” la “movilidad salarial” a lo largo de su trayectoria laboral “puede ser significativa”, lo cual podría repercutir positivamente -o no- en el cálculo de su jubilación. “Un punto relevante en estos casos es que la entidad de los aportes realizados durante toda la vida laboral es también una medida indirecta de la propia solidaridad intergeneracional, por lo que es razonable su consideración integral”, añade el documento.

El Poder Ejecutivo también propone introducir el concepto de “tasa de adquisición de derechos” por cada año de trabajo formal como “regla para determinar el monto de la jubilación”. La “tasa de adquisición de derechos” es un porcentaje que varía de acuerdo a la edad del solicitante de la prestación, “de manera que la postergación tenga un correlato de mayor beneficio derivado de esa circunstancia”. En otras palabras, se propone privilegiar la postergación del retiro del mercado de trabajo con una mayor jubilación.

Así, un trabajador que se jubile con 65 años de edad y 30 años de aportes recibirá una jubilación correspondiente a 45% de su promedio salarial, esto es, la tasa de reemplazo. En cambio, un trabajador que se jubile con los mismos 30 años de aportes, pero con 70 años de edad, accederá a una tasa de reemplazo de 58%. La ecuación también cambia en función de los años de servicios. Por ejemplo, un trabajador que se jubile con 65 años de edad y 40 años de aportes tendría una prestación con una tasa de reemplazo de 60%.

Según los representantes de los trabajadores y los jubilados en el BPS, actualmente un trabajador puede retirarse con 65 años de edad y 30 años de aportes y acceder a una jubilación con una tasa de reemplazo de 55%, es decir, 10% más que lo establece el proyecto del Poder Ejecutivo.

Como argumento central, el proyecto del gobierno sostiene que el “prolongado período de sobrevida que supone una edad mínima de retiro a los 60 años” provoca una “fuerte tensión” al sistema previsional, con lo cual se vuelve “sumamente difícil establecer un vínculo equilibrado entre aportes y beneficios”.

“Envejecimiento activo”

A pesar del eventual aumento de las jubilaciones mínimas anunciado por el gobierno, el proyecto propone la habilitación legal del trabajo para los jubilados. Dentro del capítulo “envejecimiento activo”, se declara de interés general generar opciones para que “las personas mayores” puedan mantener su actividad económica “a tiempo completo o parcial”, “sin perjuicio del goce de prestaciones jubilatorias”.

Según dijo Lacalle Pou en conferencia de prensa, “todos conocemos a algún jubilado que porque quiere estar ocupado o porque necesita un ingreso extra para subsistir hace alguna changa”. Señaló que en ese caso se trata de trabajo “en negro”, y agregó que la reforma previsional “lo va a legitimar para poder trabajar”. “Cobra una jubilación, cobra un sueldo, aporta y eventualmente ese aporte le va a mejorar su jubilación”.

En definitiva, el proyecto “remueve los obstáculos que impedían trabajar legalmente a la mitad de los jubilados que quisieran hacerlo”. Según el documento, 35% de las altas jubilatorias corresponden a personas que acceden a la jubilación mínima.

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