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Julián Mazzoni, Robert Silva y Juan Gabito, en el Codicen (archivo, setiembre de 2022).

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Codicen pone a consideración reglamento de pasaje de grado con escala de notas del 1 al 10 y eliminación de exámenes

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El documento elimina la repetición en algunos grados y ahora será enviado a ATD e inspecciones de los subsistemas de ANEP.

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Leído por Mathías Buela.
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El Consejo Directivo Central (Codicen) de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) se encuentra en el tramo final de la consideración y aprobación de documentos clave para la implementación de la reforma curricular en 2023. Después de haber tomado conocimiento de los programas y remitirlos a consideración de las Asambleas Técnico Docentes (ATD) e inspecciones de los distintos subsistemas, en una sesión extraordinaria realizada este martes y convocada el lunes a mediodía se abordó una propuesta de nuevo reglamento de evaluación y pasaje de grado.

En la reunión del martes por distintos motivos personales no estuvieron presentes los representantes docentes en el organismo y también tuvo que retirarse antes Juan Gabito, uno de los consejeros políticos que fue en representación del Codicen a una reunión de negociación con la Coordinadora de Sindicatos de Enseñanza del Uruguay. Sin embargo, ello no fue obstáculo para que el organismo presidido por Robert Silva abordara una propuesta de reglamento que fue elaborada por un grupo de docentes de todos los subsistemas.

El consejo le realizó algunos cambios al documento y, por ejemplo, revirtió la eliminación de las calificaciones que estaba incluida en la propuesta original. En dicha propuesta, a la que accedió la diaria, se planteaba que toda la educación obligatoria incorporara una única escala para valorar los aprendizajes de los estudiantes. Esta se dividía en cinco niveles, que en su extremo más bajo tenían la categoría 1 para el “nivel mínimo de avance”, que se da cuando “el desempeño del estudiante evidencia dificultades para avanzar en los logros propuestos en la unidad curricular”. En el otro extremo está el nivel 5, para el “avance destacado”, es decir, cuando “el estudiante activa procesos cognitivos complejos al abordar los contenidos programáticos establecidos y logra los desempeños descritos en los criterios de logro correspondientes”.

Si bien estas categorías se mantienen en los cambios realizados por el Codicen, se mantiene la posibilidad de que a cada uno de los niveles se le adjudique una calificación, en una escala que va del 1 al 10. De esta forma, a cada uno de los cinco niveles le corresponde dos posibles notas; por ejemplo, al nivel 1 le corresponden las notas 1 y 2, y al nivel 5, el 9 y el 10.

De todas formas, el reglamento -que ahora será sometido a consulta de las ATD y las inspecciones de cada subsistema- busca cambiar la forma en que la evaluación es concebida en el sistema educativo. Al respecto, el documento plantea que, “en un currículo basado en el enfoque competencial y orientado desde una perspectiva socioconstructivista, la evaluación es un elemento clave, que debe estar centrada tanto en los procesos como en los resultados”. Al respecto, el documento plantea que lo central de las instancias de evaluación es obtener información sobre el aprendizaje de los estudiantes y se señala que se deben aplicar “diferentes instrumentos”, como “portafolios de evidencias, listas de cotejo, rúbricas, rúbricas coconstruidas, diarios de aprendizajes, escalera de metacognición”, entre otros.

En el caso de la actual educación media, el reglamento establece que se realizarán dos instancias de evaluación diagnóstica de los estudiantes, una al inicio y otra a mitad de año. En ambos casos, no se aplicarán calificaciones sino que serán meramente descriptivas, y deben ser registradas en el porfolio docente.

Otras novedades

En el plano conceptual, el reglamento de pasaje de grado se basa en el Marco Curricular Nacional (MCN) y las progresiones de aprendizaje previamente aprobadas por el Codicen. Además, el documento señala que es la primera vez que se diseña un reglamento de evaluación y pasaje de grado único, ya que hasta el momento cada subsistema tiene su propia normativa.

Uno de los temas más sensibles de este tipo de reglamentación tiene que ver con la repetición. En la misma línea que un documento aprobado por el Codicen previamente, el reglamento aprobado por el organismo elimina la repetición todos los años. Siguiendo el sistema de ciclos y tramos definidos en el Plan de Educación Básica Integrada, que todavía no tiene aprobación definitiva, el reglamento establece que los estudiantes sólo pueden repetir -el documento habla de “recursar”- al final de cada tramo, que corresponde a segundo, cuarto, sexto, octavo y noveno grado.

En el caso de primaria, el cuerpo docente está más habituado a trabajar en función de ciclos y a considerar la promoción de los niños en función de estos. Hasta el sexto grado, el reglamento plantea que los maestros deben tomar decisiones en función de lo que sea mejor para el aprendizaje de los estudiantes y para ello también cuentan con la posibilidad de distintos tipos de acompañamientos. Si el docente considera necesario que el niño se quede un año más en el tramo que está cursando, debe establecer cuánto tiempo tiene que hacerlo -puede hacerlo todo el año o una parte, a excepción de sexto grado- y qué tipo de acompañamientos son más adecuados.

En la actual educación media este tipo de evaluaciones no se encuentran tan internalizadas ya que, de hecho, la repetición del estudiante depende de un número máximo de materias bajas con las que se puede ser promovido. Para este caso, que en la Educación Básica Integrada corresponde al tercer ciclo, que incluye el quinto y sexto tramo -séptimo, octavo y noveno grado-, se define que se deben respetar los distintos ritmos de aprendizaje y reflejar “el proceso realizado y sus grados de avance en relación al progreso de las competencias generales, específicas y de los saberes disciplinares” establecidos.

Según se señala, la evaluación deberá poner énfasis en que los estudiantes reconozcan sus propios avances y, al igual que en primaria, cada docente tendrá que elaborar un “juicio conceptual personalizado”, más allá de que podrá disponer de la escala de calificaciones, que será la misma que en la escuela.

Además, el documento plantea que seis veces al año se entregará al estudiante y su familia un “registro de desempeño”, que además de su evaluación incluirá el número de inasistencias. En este sentido, la novedad radica en que, ante la eliminación de las instancias de examen, la quinta entrega anual se realiza en diciembre luego de una reunión que deben tener los profesores, y la sexta se hace en febrero del año siguiente. No obstante, los estudiantes que ya cuenten con condiciones de aprobación en diciembre no deberán esperar hasta febrero.

Promoción

Al terminar un curso, los profesores podrán determinar su acreditación o la continuidad del proceso en “espacios pedagógicos de acompañamiento”, que serán obligatorios cuando no se alcancen los niveles de logro esperados. Estos se definirán en función de las progresiones de aprendizaje y las competencias a lograr, establecidas en el MCN y los programas de cada curso.

Luego de que culminen los espacios de acompañamiento de diciembre, cada profesor determinará si el estudiante logró la acreditación de la unidad curricular o si debe continuar con el acompañamiento en febrero. Según establece el reglamento preliminar, en ese mes y “en otros períodos en que sea posible”, los profesores deberán destinar el equivalente de la carga horaria semanal de su materia al espacio de apoyo.

En suma, una vez que terminen los espacios de acompañamiento en febrero, se establece que los equipos de dirección de los liceos y escuelas técnicas sean los que emitan los fallos de promoción. Para ello, en el caso de séptimo grado un estudiante puede acreditar total o parcialmente el grado con hasta tres materias sin aprobación, que podrán ser acreditadas mientras cursa el octavo grado. Si el alumno cuenta con más de tres materias sin aprobar puede lograr una “acreditación diferida” y terminar de aprobar los cursos de séptimo mientras cursa octavo.

Para octavo grado se plantea un mecanismo similar, pero si tiene hasta tres materias sin acreditar, el estudiante puede acceder a una prueba de acreditación mientras cursa noveno. Por su parte, en octavo y noveno grado el alumno debe recursar si culmina con cuatro o más unidades curriculares sin aprobar. Además, en el caso de los estudiantes que tengan más de 30 inasistencias en el año se establecen distintas posibilidades de acreditación parcial o diferida, en función de la cantidad del nivel de avance que hayan logrado en las unidades curriculares.

Sobre las reuniones de profesores que se realizarán para evaluar el desempeño de los estudiantes, el reglamento prevé que deban realizarse tres a lo largo del año: en la segunda quincena de abril, en la primera quincena de julio y a fines de diciembre.

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