A pocos días de que se cumplan tres meses de la aprobación de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en Argentina, una jueza de San Luis declaró la inconstitucionalidad de la medida en la provincia. La decisión fue en respuesta a una denuncia presentada por la exsenadora Liliana Negre, reconocida opositora del aborto legal, contra el gobierno provincial.
Negre, integrante del Partido Justicialista, reclamó que “cese el estado de incertidumbre en el ámbito provincial” que ocasiona la “contradicción” entre dos artículos de la ley de IVE y el artículo 19 de Código Civil y Comercial, que establece que “la existencia de la persona humana comienza con la concepción”. En esa línea, pidió que se prohíba en San Luis “la práctica quirúrgica, clínica o medicamentosa del aborto, salvo en las causales contempladas en los incisos a (embarazo resultado de una violación) y b (peligro la vida o la salud integral de la persona gestante) del artículo 4 de la Ley 27.610”.
En un dictamen difundido el sábado, la jueza María Eugenia Bona ratificó la plena vigencia del artículo 19 del Código Civil y Comercial y manifestó la “inconstitucionalidad” y la “inconvencionalidad” de los artículos de la ley de IVE que garantizan el derecho al aborto durante las primeras 14 semanas de gestación.
La magistrada no hizo lugar al pedido sobre el inciso d del artículo 2, que establece el derecho a “prevenir los embarazos no intencionales mediante el acceso a información, educación sexual integral y a métodos anticonceptivos eficaces”, en el entendido de que se trata de “medidas preventivas y de educación sexual que no violentan derechos constitucionales, ni afectan al artículo 19 del Código Civil y Comercial”.
Ante el fallo, la Fiscalía de Estado de San Luis aseguró que la Corte Suprema de Justicia es el órgano competente para analizar la “disarmonía” en el ordenamiento legal que cuestionó Negre, según precisaron fuentes judiciales a la agencia de noticias Télam. Al mismo tiempo, consideró que la ley de IVE es “referida a la salud pública y se dicta dentro del marco de los compromisos del Estado argentino en esta materia y derechos humanos de las mujeres”, y advirtió que es “una ley de orden público y de aplicación obligatoria” en todo el país.
Consultada al respecto por un medio local, Bona coincidió en que debe ser la Corte Suprema la que resuelva el tema, pero dijo que “debe seguirse la vía procesal para llegar a esa instancia”, lo que implica que ella tenga que pronunciarse primero.
Organizaciones feministas de San Luis repudiaron el fallo de la jueza en las últimas horas. La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito Regional San Luis, Villa Mercedes, Merlo y Traslasierras, afirmó en un comunicado que la sentencia “no tiene valor por sí misma” y carece de “legitimación activa, entre otras cosas porque la actora se arroga la representación del sector de la sociedad estrictamente afectado”.
La organización también recordó que el debate que vuelve a plantear el dictamen ya fue “superado ampliamente en el tratamiento de la Ley 27.610 y en su trayecto histórico hasta su sanción”, en la madrugada del pasado 30 de diciembre. E insiste en que la jueza Bona “se arroga la capacidad de definir en primera instancia la disarmonía entre artículos de la Constitución Nacional, la Constitución provincial, el nuevo Código Civil y Comercial, las leyes 26.061 y 27.610, reconociendo que eso es materia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
La Campaña Nacional anunció que ya elabora fundamentos jurídicos “construidos en años de lucha y experiencia por el reconocimiento de nuestro derecho a decidir”, que presentarán ante la Justicia en los próximos días.
Por su parte, la secretaria de la Mujer, Diversidad e Igualdad de San Luis, Ayelén Mazzina, escribió en Twitter: “Vamos a seguir firmes, como siempre, construyendo una sociedad justa e igualitaria. Nada ni nadie va a impedir que hagamos ejercicio de nuestros derechos. ¡Ya es ley!”.
Desde que se aprobó el aborto legal en Argentina, agrupaciones y representantes políticos “provida” han iniciado ofensivas judiciales contra la ley en distintas provincias. A fines de enero, una jueza de Chaco suspendió la vigencia de la ley de IVE en la provincia como medida cautelar, en respuesta a la solicitud de un grupo de particulares que aseguraron que la norma era “inconstitucional” ya que contradecía el artículo 15 de la Constitución local, que garantiza el derecho “a la vida y a la libertad, desde la concepción”.
Unos días después, el 2 de febrero, un juzgado federal de Paraná recibió la primera presentación contra el aborto legal en la provincia de Entre Ríos, realizada por una representante del partido ultraconservador Frente Nos.