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Planta de OSE en Aguas Corrientes (archivo, junio de 2022).

Foto: .

INDDHH recomendó al gobierno que informe con la “más amplia publicidad y difusión” el proyecto Neptuno

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También aconsejó que se diseñe e implemente “mecanismos de participación y acceso a la información amplios, públicos y transparentes”.

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Con la firma de todos los directores de la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH), se recomendó al Ministerio de Ambiente (MA) y a OSE informar con la “más amplia publicidad y difusión” para conocimiento de la población el estado actual del proyecto Neptuno -o Arazatí- y “especificar las actividades y etapas desarrolladas hasta el presente”.

Asimismo, también recomendaron que en el marco del proyecto -de importancia para el gobierno- se diseñe e implemente “mecanismos de participación y acceso a la información amplios, públicos y transparentes”. Para la INDDHH, es “prioritario” dar a conocer a través de todos los medios apropiados a la opinión pública en general “y a la población involucrada y sociedad civil organizada en particular, los procedimientos previstos para dicha participación, los mecanismos que ella tendrá disponibles, las fechas y lugares de las reuniones, sesiones o audiencias públicas”.

En una anterior resolución, fechada el 30 de agosto -donde aún estaban las anteriores autoridades del Consejo Directivo (CD) del organismo-, se había recomendado a Presidencia de la República, al MA y a OSE “no innovar, ni continuar adelante respecto al llamado a licitación pública referida a la Iniciativa Privada Proyecto Neptuno”. Por lo menos, hasta que no “se establezca una planificación de los recursos hídricos de acuerdo a los estándares internacionales y nacionales del derecho humano al agua”.

El ente afirma que, de continuar con la licitación “u otro procedimiento competitivo”, se estaría “otorgando rectoría” a la Ley 17.555 –que prevé la “reactivación económica” de la industria de la construcción– sobre “el conjunto del cuerpo normativo internacional y nacional sobre el derecho humano al agua”.

No obstante, el gobierno siguió adelante y anunció en noviembre que se avanzaría con el proyecto y que incluso se armarían los pliegos para llamar a la licitación, cosa que fue cuestionada desde la academia, organizaciones de la sociedad civil, el sindicato de OSE y la Intendencia de Montevideo, que presentaron un recurso de anulación del proceso.

La postura

En una larga fundamentación, Wilder Tayler, director de la INDDHH reelecto en este período, brindó su apoyo a la resolución de agosto del año pasado, donde llamaba al gobierno a no avanzar en el proceso licitatorio. De todos modos, dijo que, “por considerar que constituye un aporte parcial, pero constructivo en las circunstancias actuales, voto por la afirmativa la propuesta de resolución” del 14 de febrero.

Para Tayler, el proyecto requiere de una participación “mucho más amplia que la que ha visto hasta ahora, y que se recogiera el principio de que un proyecto como el que se discute debe ser parte de una política nacional de aguas”.

Entre otras fundamentaciones, Tayler menciona la respuesta del MA del 21 de diciembre, que hace referencia unas seis veces a la anterior integración del consejo directivo (CD), cosa que le pareció una “machacona alusión”. “La INDDHH fue concebida para que el recambio de sus autoridades opere a mitad de cada período de gobierno. Al igual que la independencia de sus miembros, esta superposición parcial de mandatos informa el sistema de control sobre el respeto a los derechos humanos, buscando que cada CD cumpla con su función de contralor respecto de dos gobiernos sucesivos, sin importar el signo político al que respondan. Esta es una razón más por la que debe reafirmarse que la INDDHH es una, y que la continuidad de sus pronunciamientos es un principio que la define”, explicó.

En ese sentido, agregó que sus recomendaciones al Estado -“no al gobierno de turno”- se proyectan “más allá del sector político gobernante o de la integración del CD en un momento dado. Ese énfasis en el cambio de las autoridades de la INDDHH se origina en sectores que propugnaron un giro en la orientación ‘político- partidaria’ de la institución, confundiendo así a la INDDHH con otras entidades del Estado cuyas políticas dependen, naturalmente, del gobierno de turno”.

Aseguró que esas alusiones “revelan falta de conocimiento sobre la naturaleza” de este tipo de organismos en el mundo y “socavan la integridad” de la INDDHH “al instaurar una narrativa de la institución como entidad partidizada, con directores no independientes”.

Por su parte, el presidente del organismo, Marcos Israel, fundamentó por qué considera “correcto no hacer hincapié en esta resolución, en la cuestión de la Política Nacional de Aguas”. Para Israel, no es que no considere que se debe cumplir con el mandato legal en relación a ella, sino es que el Estado uruguayo “está en falta en este sentido desde hace varias generaciones”.

“Hago esta afirmación, teniendo en cuenta que la planta potabilizadora de agua que abastece a más de la mitad de la población del país fue construida hace más de 150 años -en alusión a la de Aguas Corrientes-, y que, desde hace una buena cantidad de años, ha dado claras señales de que no le asegura a dicha población el debido goce del derecho al agua y al saneamiento”, apuntó.

En ese marco, dijo que “sin duda” esta política debe “ser construida y debe hacerse con un amplio consenso para que se convierta en política de Estado a largo plazo. Pero no creo que lo que no se hizo en décadas se pueda hacer con premura y bajo la amenaza del incumplimiento total del Estado respecto de este derecho”.

Es por eso que sí reclaman, que “es la obligación del Estado -claramente plasmada en la legislación nacional y en la legislación internacional a la que soberanamente el Estado uruguayo se ha sometido- dar la más amplia difusión y participación a la sociedad civil; a cada uno de sus habitantes”.

“Esto pudo haberse cumplido desde un principio del proceso ‘Neptuno’ y puede y debe cumplirse todavía desde ahora en adelante. En este sentido quiero aclarar y subrayar que la obligación legal está basada en razones objetivas fundamentales: para cada tema de importancia social puede haber uno o varios grupos de personas, organizadas o no, que tienen una sensibilidad y un conocimiento de ese tema que está más allá de lo que puede brindar la academia o el estudio de laboratorio”, fundamentó.

Por último, señaló que “no importa” que la opinión de la sociedad civil “no sea vinculante, eso no es lo relevante”, sino que el Estado “debe tomar nota de todos y cada uno de los riesgos de impactos negativos que pueda comprender un proyecto, y que esté dispuesto desde el principio a mitigarlos o compensarlos si hace falta”.

“Para ello debe recoger de la forma más amplia y libre posible, y con la mayor seriedad, todas las opiniones de quienes tienen algo para decir al respecto y, en base a ellas, obligar a los responsables del proyecto a mitigar riesgos y prever las compensaciones que hagan falta”, concluyó.

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