En octubre de 2020, las empresas Saceem, Berkes, Ciemsa y Fast, reunidas en el Consorcio Aguas de Montevideo, presentaron el proyecto Neptuno. Es una iniciativa que resurge por el impulso privado, aunque ya había estado sobre la mesa de OSE en otras oportunidades sin llegar a concretarse. El proyecto busca construir una nueva planta potabilizadora para abastecer el área metropolitana, una tubería de aducción que recorrerá 81 kilómetros y un polder, una especie de reserva de agua dulce. La planta y el polder estarán ubicados en la zona de Arazatí, San José, y tomará agua del Río de la Plata, fuente hídrica que presenta episodios de salinidad. Expertos además han señalado que donde se colocará la toma de agua se ha detectado frecuentes floraciones de cianobacterias.

El mes pasado, en una conferencia de prensa donde participó el presidente Luis Lacalle Pou, se anunció que el Directorio de OSE aprobó la concreción del proyecto Neptuno. Desde el gobierno se ha catalogado a estas obras como “la inversión más grande de la historia en infraestructura de agua potable”. Sin embargo, la academia, organizaciones sociales y sindicatos han manifestado alertas en torno a los posibles impactos ambientales y territoriales, además de plantear que se trata de una “privatización” del suministro del bien común. Quizás para los lectores y lectoras pueda sonar repetitiva la introducción, pero según una encuesta realizada por la Usina de Percepción Ciudadana en noviembre, la mitad de la población del país no sabe que propone el proyecto Neptuno.

En este contexto, días después del anuncio que consolidó la iniciativa, la Intendencia de Montevideo presentó un recurso administrativo al Directorio de OSE para solicitar que se anule la resolución 1144/22 del organismo, que aprueba los estudios de factibilidad y permite continuar con el llamado a licitación para que los privados puedan competir por la adjudicación. La Federación de Funcionarios de OSE (FFOSE) siguió el mismo camino. A su vez, la semana pasada se presentó un tercer recurso de revocación y anulación de la resolución. Fue realizado por el colectivo Tucu Tucu de San José, la Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida, junto con la Clínica de Litigio Estratégico de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República. Este último grupo también pretende seguir otros caminos jurídicos para detener el proyecto Neptuno.

Las razones

“Arazatí no es sólo arena, agua, sol y sombra, también es historia”, decía Silvana Fernández, integrante del colectivo Tucu Tucu -una de las organizaciones que presentó el recurso-, a la diaria en agosto. Ella vivió toda su vida en Rafael Perazza, una localidad de 1.239 personas según el último censo, que se encuentra a pocos kilómetros de Arazatí, lugar donde se instalará la planta potabilizadora. Durante la entrevista, contó que esta parte de la costa de San José forma parte de la identidad de los vecinos y vecinas de la zona. “Si llegamos a perder a Arazatí y una no hizo nada, yo me muero. ¿Sabés todo lo que le debemos?”, sumaba. El abogado y coordinador de la Clínica de Litigio Estratégico, Juan Ceretta, expresó a la diaria que justamente allí busca poner el foco el nuevo recurso presentado: en los impactos ambientales y territoriales del proyecto Neptuno.

“La resolución del directorio de OSE aprueba el estudio de factibilidad y el llamado a licitación a nivel internacional para la concreción del proyecto en Arazatí. Lo primero que corresponde hacer es impugnarlo, como se suele hacer en cualquier acto administrativo, mediante la interposición de lo que se llama recursos administrativos. En este caso, los recursos son de revocación ante el propio directorio de OSE y anulación ante el Poder Ejecutivo”, explicó el procedimiento Ceretta. Sin embargo, enseguida manifestó que a la medida no la tomaron con “expectativa de éxito” porque “está claro que la administración muy pocas veces da marcha atrás con sus actos” y “menos aún en este caso, porque se trata de un acto dictado por el propio directorio de OSE y el control lo tiene el Poder Ejecutivo, que ha apoyado claramente esta iniciativa”, sumó.

De todas formas, aclaró que “es muy importante” presentar este recurso para “agotar la vía administrativa”. “Es lo que permite plantear después la acción de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, instancia independiente del Poder Ejecutivo y cualquier órgano de gobierno”, planteó.

El abogado apuntó que están de acuerdo con los argumentos esgrimidos por la Intendencia de Montevideo. “El recurso que presentaron se fundó sobre todo en la ausencia de participación de la gente. Es un requisito que no solamente está en el artículo 47 de la Constitución, sino que también está en la Ley de Aguas y el Acuerdo de Escazú”, declaró. Acceso a la información, a la Justicia y a la participación pública en la toma de decisiones en asuntos ambientales son los principales postulados de este último acuerdo, que Uruguay ratificó en 2019 y entró en vigor el año pasado. “Nosotros coincidimos con este argumento, no hubo participación como exigen estas normas. Pero también entendemos que el proyecto trae una afectación ambiental en la zona de Arazatí que no fue estudiada previamente”, lanzó.

“Si bien se va a decir que quienes resulten gananciosos en la licitación van a presentar un estudio de impacto ambiental, nosotros pensamos que la sola elección de Arazatí ya significa un impacto ambiental en la zona, que fue tomado sin ninguna consideración por el medio ambiente”, agregó. Para ejemplificar, el abogado hizo mención a un manifiesto que difundieron doce investigadores e investigadoras del Instituto de Ecología y Ciencias Ambientales de la Facultad de Ciencias de la Universidad de la República, donde se hace mención a las principales problemáticas vinculadas al abastecimiento de agua potable para el área metropolitana, brindan soluciones para mitigarlas y expresan los inconvenientes de tomar agua del Río de la Plata.

Asimismo, Ceretta expresó que “la resolución del Directorio de OSE, en su numeral primero, aprueba el estudio de factibilidad económica del proyecto, un estudio que se ha mantenido en secreto”. “La Constitución establece en el artículo 47 que en las temáticas vinculadas al agua potable deben primar los intereses sociales sobre los económicos. Nosotros no pudimos ni siquiera ver los elementos que presentaron. Esto vulneraría el artículo, en tanto no estamos en condiciones ni siquiera de analizar la factibilidad del proyecto en términos económicos versus sociales”, desarrolló. A su vez, comentó que sólo han tenido acceso a información mediante “filtraciones”, pero no por canales oficiales. Además, expresó que están trabajando en conjunto con especialistas en temáticas ambientales, económicas y de inversiones.

¿Qué camino seguir?

“Si bien las interposiciones de estos recursos pueden terminar con una acción de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, todo esto insume mucho tiempo. En los recursos, si el Estado no se pronuncia, tiene que recurrir 150 días, para luego promover una acción en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, que puede demorar varios años”, señaló Ceretta. Esto implica que están a contratiempo, ya que pronto estará disponible la licitación para las empresas. Además, ya se presentó una demanda de anulación contra la resolución del Directorio de OSE en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Fue realizada por el director vocal del Frente Amplio de la empresa estatal, Edgardo Ortuño.

El Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho y las organizaciones sociales buscan tomar otro tipo de medidas “de carácter más urgente, que permitan ponerle pausa al proyecto Neptuno antes de que se consuma”. “Estamos trabajando en iniciar un juicio ante el Poder Judicial, reclamando la aplicación directa del artículo 47 de la Constitución, ya sea a través de una acción de amparo o de una medida cautelar. Para poder presentarlo, tenemos que acceder al estudio de factibilidad, porque es parte importante”, aseguró. Recordó que varias solicitudes de aplicación directa de la Carta Magna han sido exitosas. Por ejemplo, del artículo 44, que aborda cuestiones vinculadas a la salud y acceso a medicamentos; también del artículo 45, en materia de derecho a la vivienda. El abogado finalizó: “Vemos claramente que ha habido una absoluta falta de transparencia con la gente”.