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Docentes de la Udelar discuten reforma del Estatuto del Personal Docente, que lleva 50 años sin actualización

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El sábado 28 de octubre se reunirá la Convención de la Asociación de Docentes de la Universidad de la República (ADUR) con un único tema sobre la mesa: la propuesta de reforma del Estatuto del Personal Docente. El actual estatuto se aprobó en 1968, y desde hace más de diez años se discute, a la interna de la Universidad de la República (Udelar), la posibilidad de actualizarlo. Este año el rector, Roberto Markarian, le pidió a una comisión integrada por Gianella Bardazano, Alejandro Bielli y Nicolás Wschebor que presentara una propuesta de articulado, tomando como base la discusión previa del tema que se hizo entre 2011 y 2014. El documento elaborado por esa comisión se puso a consideración de la Convención de ADUR en agosto, pero, para analizarlo y tomar postura, el gremio resolvió formar una comisión ad hoc, integrada por varios docentes, que recogió distintas posturas sobre el documento y realizó cambios al proyecto. Este texto será el que los docentes universitarios agremiados pondrán a consideración el sábado 28.

El jueves, en la Facultad de Ingeniería, ADUR convocó al encuentro “Qué docentes para qué Universidad”, para presentar los aspectos centrales de la reforma. Participaron varios docentes que integran la comisión que estudió el proyecto, como Javier Alonso, Gregory Randall y Alejandro Bielli, y la docente de la Facultad de Ciencias Adriana Parodi, el decano de Ciencias Económicas y Administración, Rodrigo Arim, y la prorrectora de Investigación, Cecilia Fernández.

Varios de los docentes marcaron que hace más de diez años que se discute el tema en la Udelar, y que el estatuto vigente cumplirá 50 años el próximo año. “Sería sano pasar raya sobre lo que ya tenemos acuerdo, que es muchísimo”, opinó Randall. En el mismo sentido, Arim consideró que no es bueno que una institución pase tantos años discutiendo un documento de este tipo: “Habla mal de nuestra gobernanza”. En general hubo acuerdo en que el estatuto es un marco normativo muy importante “para evitar el feudalismo” de los servicios universitarios. Arim, por ejemplo, enfatizó en que el documento “limita el grado de libertad de los servicios. O tenemos una universidad con reglas comunes o tenemos una federación de facultades”, mientras que Fernández resaltó que “el federalismo de facultades es algo que nos sigue haciendo mucho daño a la interna”. Puso como ejemplo que hay reglamentos de concursos de algunos servicios que reconocen como méritos únicamente los logrados en esa institución, algo que consideró “horroroso” y “antiacadémico”.

También hubo consenso en que sería importante que la Convención de ADUR apruebe una propuesta con amplias mayorías, ya que de esa forma “sería difícil que hubiera modificaciones sustanciales” durante la discusión en los órganos de cogobierno, consideró Randall. De cara a la Convención, Bielli aseguró que buscarán llegar a artículos transitorios “amplios y genéricos”, de forma de que “nadie prefiera que no se apruebe el estatuto porque no le conviene”.

Novedades

• Funciones docentes. El texto en discusión establece como obligatoria la enseñanza de grado para todos los docentes, “con independencia de su grado y carga horaria”. Javier Alonso, de Bellas Artes, valoró además que el proyecto “respeta formas de investigar que no discurren exclusivamente a través de la historia que la Udelar tiene a nivel científico”, y destacó que se haya aceptado “directamente” que también son funciones docentes “otras formas de actividad creadora”, lo que habilita desarrollos en áreas como cine, danza y teatro.

• Dedicación horaria. El proyecto establece cuatro franjas horarias para los docentes, en función de la dedicación: baja (de diez horas semanales), media (de 20 o 24 horas semanales), alta (de 30, 40 o 48 horas semanales), y dedicación total (DT), de 40 horas semanales. A su vez, se establece qué funciones debe cumplir un docente de acuerdo a su dedicación horaria.

• Evaluación docente. El texto incluye un capítulo sobre evaluación docente, “bastante más explícito de lo que había”. “Es importante que diga con claridad qué queremos de nuestros docentes y cómo los vamos a evaluar”, consideró Randall.

• Plazos para interinatos. El documento propuesto establece plazos expresos para la duración de los interinatos, lo que limitaría casos como los que, según comentó Bielli en la charla, se dan actualmente, con docentes que están “hace 20 años interinos”. El proyecto establece que un docente, con sucesivas prórrogas de un año, puede llegar a ocupar el cargo interino durante cuatro años como máximo.

• Unificación de cargos. El proyecto permite que si un docente tiene más de un cargo en un mismo servicio se puedan acumular en uno.

• Profesores visitantes. La propuesta incorpora esa figura para poder sumar docentes del exterior en los cursos. “Hoy hacemos malabarismos” para poder contratarlos, mencionó Arim.

• Licencias por maternidad, paternidad y adopción. El proyecto prevé extensiones en el plazo de duración de los cargos de los docentes que hayan tenido licencia por maternidad, paternidad o adopción en su último período (de un año en el caso de maternidad y de seis meses por paternidad y adopción). Si el cargo vence durante la licencia, el plazo se extiende hasta el final de dicha licencia.

• Colaboradores honorarios. La propuesta establece como disposición transitoria que, por cinco años a partir de la entrada en vigencia del nuevo estatuto, se podrán designar colaboradores honorarios por un plazo de un año, con cargos no renovables.

• Sistema de movilidad. El proyecto de estatuto establece un sistema que permite el ascenso de grado “en forma periódica”.

• Posgrados. La propuesta plantea como requisito para ser designado en un cargo grado 3 o superior contar con “formación de posgrado concluida u otras formas de validación de la capacidad creativa, de acuerdo a las formas específicas propias del área de conocimiento en que se desempeñe”. Parodi aseguró que la Universidad debe “generar estímulos muy grandes a programas de formación a docentes jóvenes”, por ejemplo, un plan de becas.

• Límite de edad. El texto en discusión establece que los docentes que lleguen a los 70 años de edad cesarán en sus cargos en el siguiente diciembre, y establece la posibilidad de que el consejo del servicio los designe en funciones docentes por hasta tres años pagos más, y por otros tres años más sin sueldo. Actualmente, destacó Bielli, el límite de edad depende de cada servicio.

Ausencias

Durante la charla Arim marcó dos ausencias en el proyecto en discusión. Por un lado, consideró que el sistema de incompatibilidades cuando un docente tiene régimen de DT “es brutal; prácticamente no se puede hacer nada más”, pero marcó que el resto de los docentes no tienen incompatibilidades. “No es razonable que no haya incompatibilidades para docentes que dirigen una maestría en la Udelar y la misma en universidades privadas”, dijo en relación a algo “que ha sucedido y sucede”. También consideró que no corresponden imponerles incompatibilidades a docentes que tienen bajos niveles de dedicación horaria, pero que a medida que el docente acumula 40 horas en una institución “tenemos derecho a preguntarnos cuánto tiempo le dedica a trabajar afuera”.

El decano marcó lo que considera una “ausencia instrumental”, en el entendido de que el proyecto establece como máximo de carga horaria las 48 semanales, y actualmente hay docentes efectivos con hasta 60 horas. Puntualizó que se debe analizar “cómo transitamos el cambio”, ya que en determinados casos “puede haber pérdida de derechos”.

Por otra parte, una asamblea de unos 40 docentes grados 1 y 2 de la Facultad de Ingeniería resolvió una serie de propuestas para la discusión, destacando que los docentes grado 1 y 2 representan 63% del total de docentes de la Udelar. Allí plantean eliminar definitivamente la figura del colaborador honorario; aseguran que se debe diferenciar, entre los cargos contratados, a aquellos que son designados de forma directa de quienes lo hacen mediante un llamado a aspirantes, y que se debe limitar a un año el plazo de los docentes contratados en forma directa para, en ese período, regularizar su situación.

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