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Festejos por la ley que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo, el 17 de mayo, en Chilpancingo, estado de Guerrero, México (archivo, mayo de 2022).

Foto: José Luis de la Cruz, EFE

México: Aguascalientes es el estado número 12 en despenalizar el aborto

2 minutos de lectura
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En una decisión histórica, la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la penalización de la interrupción voluntaria del embarazo, en respuesta a un amparo presentado por cinco organizaciones de la sociedad civil.

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La Suprema Corte de Justicia de México ordenó al Congreso del estado de Aguascalientes modificar tres artículos del Código Penal que castigan con penas de tres a seis años de cárcel por abortar y los declaró “inconstitucionales”. Así, Aguascalientes se convirtió en el estado mexicano número 12 en despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo, junto con Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo, Coahuila, Veracruz, Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur y Quintana Roo.

Además de obligar al Congreso local a derogar los tres artículos en cuestión, la decisión del máximo tribunal establece que es inconstitucional la tipificación del delito de aborto, así como la criminalización del personal de la salud y las redes de acompañantes, y declara que el Estado deberá garantizar la prestación del servicio.

Luego de votada la sentencia, este miércoles, el ministro Juan Luis González Alcántara –autor del proyecto aprobado– dijo que actualmente en Aguascalientes hay 73 personas que “han sido o están siendo procesadas por la aplicación de los artículos declarados inconstitucionales”. “Esta Primera Sala no puede ser indiferente a la situación en la que las mujeres y personas gestantes de Aguascalientes están y han sido sometidas de manera injusta, siendo imperativo que los tribunales constitucionales rompan el círculo de discriminación y se tomen las medidas necesarias para reparar los daños ocasionados que la sociedad y el propio sistema de justicia les pudieran ocasionar o hayan ocasionado, procurando que no se perpetúen las causas que originaron tales daños”, señaló el magistrado, en declaraciones consignadas por el diario La Jornada.

La decisión de la Suprema Corte fue en respuesta a un amparo presentado a principios de 2022 por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), Morras Help Morras, Terfu, Cecadec y Cultivando Género. La interposición del amparo es parte de una estrategia nacional que algunas organizaciones civiles han encabezado con el objetivo de universalizar el derecho a la interrupción legal del embarazo en México. El caso de Aguascalientes es histórico ya que es la primera vez que se despenaliza el aborto en un estado mediante la figura del amparo, por lo que marca un importante precedente. Hoy en día, se está a la espera de resoluciones por amparos interpuestos contra los códigos penales de Chiapas, Puebla, Guanajuato, Querétaro, Tlaxcala, Nayarit, Nuevo León, Morelos, Michoacán, Sonora, Chihuahua, San Luis Potosí, Tabasco, Yucatán, Campeche, Durango y Jalisco, además del propio Código Penal Federal.

“Esta decisión sienta un precedente obligatorio para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dicho por la Corte”, escribió GIRE en X (ex Twitter) tras conocerse la medida.

Todos los amparos presentados están basados en el fallo que dictaminó la Suprema Corte de Justicia en setiembre de 2021, que declaró inconstitucional la penalización del aborto en Coahuila, una decisión que impide que se sancione en la Justicia penal a las mujeres que interrumpan su embarazo, así como a los profesionales de la salud que las traten, y que tiene validez federal.

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