El senador del Partido Colorado (PC) Gustavo Zubía presentó este viernes en el Parlamento un proyecto para introducir modificaciones a la Ley 19.580 de violencia basada en género. Se trata del mismo texto que impulsó en marzo de 2024 –también en vísperas del Día Internacional de la Mujer– y que terminó siendo archivado al finalizar la legislatura junto con otras dos propuestas similares. La novedad es que, esta vez, tiene estampadas además las firmas de sus compañeros de bancada Andrés Ojeda y Robert Silva.
Como informó la diaria en su momento, la iniciativa del exfiscal busca “subsanar” algunos “excesos” de la ley aprobada en 2017 que, a su entender, “con la finalidad de proteger los derechos de la mujer” terminaron “quebrantando derechos del hombre, al ubicarlos en planos muy desparejos al momento de la intervención judicial”, según se lee en la exposición de motivos.
La propuesta aclara que “subsanar” esos “excesos” “no significa en absoluto desconocer las graves situaciones que padecen mujeres abusadas en nuestra sociedad”, sino que intenta “remediar” el “abuso de las vías procesales y recursos jurídicos que en muchas circunstancias dejan a la figura del denunciado desprotegido”.
Apenas se supo que el proyecto volvería a presentarse este mediodía, representantes políticas y de la sociedad civil cuestionaron en particular la modificación del artículo 46 de la legislación actual, sobre valoración de la prueba, que establece que “el silencio, la resistencia o la historia sexual previa o posterior de la víctima no deben ser valorados como muestra de consentimiento”. Los senadores del PC habían planteado en una primera instancia sustituir esa frase por “el silencio, la falta de resistencia o la historia sexual previa o posterior de la víctima de una eventual agresión sexual serán prudentemente analizados para valorar o no la conducta en cuestión”.
Sin embargo, luego de los cuestionamientos, se volvió a difundir el texto con un cambio: en vez de “historia sexual”, quedó sólo “historia”. “En un momento nos parecía que ‘historia sexual’ acotaba. Porque, por ejemplo, hay otros hechos que no son sexuales que también hacen a la causa. Por ejemplo, si hubo denuncias falsas previas de la misma persona a otras constatadas es importante”, explicó Ojeda a Montevideo Portal, y enfatizó que el término “nunca tuvo que ver con si [la denunciante] estuvo con 100 personas o con nadie o si fue trabajadora sexual”, sino con que “no se pueden estudiar los hechos descontextualizados”.
Robert Silva, Andrés Ojeda, Gustavo Zubía y Gabriela Fossati.
Foto: Ernesto Ryan
Reacciones
Una de las primeras en cuestionar la propuesta de analizar la “historia sexual” de las víctimas fue la directora del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), Mónica Bottero, que en su cuenta de X escribió: “Ni mi bisabuela conservadora se animó a tanto”.
En la misma red social expresó su malestar la senadora del Frente Amplio Silvia Nane: “‘Historia sexual’… se ve que no teníamos suficiente con las violaciones, la falta de mecanismos de reparación, la carga de una culpa que nunca fue nuestra, y la vida a cuestas luego de una agresión sexual. Vamos, queridas, que hay mucho por hacer. Nos necesitamos todas”.
También la activista Karina Núñez, fundadora de la Organización de Trabajadoras Sexuales del Uruguay, escribió sobre este punto particular en esa plataforma: “Si es así, siendo trabajadoras sexuales, de hecho, siempre seríamos indefendibles”.
La abogada Victoria Brückner, integrante del colectivo Proyecto Ikove (que trabaja contra la violencia sexual), consideró en una publicación de Instagram que el proyecto de ley “está mal” porque “desconoce por completo la forma en la que funciona el trauma”, y recordó que muchas víctimas quedan “congeladas” o “paralizadas” ante la violencia que están viviendo y que eso no significa que haya consentimiento. “Necesitamos continuar trabajando en desarrollar un marco integral que fortalezca la respuesta judicial y no que se legisle la duda”, apuntó la profesional, y agregó: “Necesitamos legisladores que no vayan directamente en contra de toda la evidencia científica acumulada al respecto”.
En un sentido similar, la directora de Inmujeres designada, Mónica Xavier, dijo a la diaria que “ninguna política pública y ninguna aplicación de esa normativa legal en una política pública puede estar exenta de la evidencia científica”. En ese sentido, señaló que “cuando se hace énfasis en que las mujeres mentimos para justificar determinados procesos, eso es realmente no ponerse en el cuerpo de esas mujeres que, tanto ellas como sus hijas e hijos, pasan por situaciones de tanta estigmatización y vulnerabilidad en el Estado”.
Con esto último se refirió al cambio propuesto por Zubía para penalizar a quienes hagan “denuncias falsas”. En concreto, el texto modifica el artículo 59 de la ley, que plantea que “cualquier persona que tome conocimiento de un hecho de violencia basada en género puede, por cualquier medio, dar noticia al Tribunal o a la Fiscalía competente”, y agrega que, “siempre que la noticia presente verosimilitud, no le cabrá responsabilidad de tipo alguno a quien la hubiere dado”. En la nueva redacción, la última parte cambia por: “Siempre que la noticia presente elementos de credibilidad, no le cabrá en principio responsabilidad a quien la hubiere dado, excepto que se den los medios típicos previstos en los artículos 179 [sobre calumnia y simulación de delito] y 180 [sobre falso testimonio] del Código Penal, en cuyo caso será pertinente la investigación penal que corresponda”.
Xavier aseguró que “estos legisladores que hoy replantean estos proyectos tienen determinada concepción que nosotros rechazamos, por ejemplo, cuando hubo expresiones acerca de niñas que no podrían tener un vínculo sexual que no fuera abusivo”, en referencia a las declaraciones que Zubía realizó hace un año, cuando dijo que una niña de 12 años puede estar “contentísima de mantener relaciones” con personas adultas. “[El proyecto] está basado en esas concepciones que, insisto, rechazamos porque no admiten una doble interpretación. Eso es delito, eso es abuso, eso es violación de los derechos de las niñas, y entonces todas estas construcciones tienen ese sustento, e iremos al Parlamento a dar nuestras argumentaciones”, afirmó la futura directora de Inmujeres, y agregó que “por sobre todas las cosas” es necesario “conectar con la ciudadanía para decir que esto no nos puede pasar”.
Las demás modificaciones
La iniciativa de los senadores colorados propone además cambiar el artículo 3, que establece que, en “caso de conflicto o duda” sobre la aplicación de las disposiciones que establece la norma, “prevalecerá la interpretación más favorable a las mujeres en situación de violencia basada en género”, algo que sustituye por: “se seguirá la interpretación más favorable a las mujeres en situación de violencia de género, salvo que se acredite prueba en contrario”.
Al mismo tiempo, sugiere agregar una nueva forma de violencia de género al artículo 6, la “violencia social”, que describe como el “acoso u hostigamiento a nuevas parejas, entornos sociales y/o familiares. Escraches en redes sociales, medios de comunicación, correos electrónicos, publicaciones, mensajes, que, en forma directa o indirecta, injurien, difamen, discriminen, deshonren, humillen o atenten contra la dignidad de la persona”.
Por último, modifica el artículo 80, sobre la reparación, que actualmente establece que “en la sentencia de condena, además de la pena, se dispondrá una reparación patrimonial para la víctima por un monto equivalente a doce ingresos mensuales del condenado, o en su defecto doce salarios mínimos, sin perjuicio de su derecho a seguir la vía procesal correspondiente para obtener la reparación integral del daño”. La redacción propuesta elimina la obligación y, en cambio, afirma que las reparaciones patrimoniales que “puedan pretenderse a partir de las sentencias de condena dictadas en aplicación de la presente ley, se tramitarán ante las sedes competentes y por la vía procesal correspondiente”.