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La hora de los operadores judiciales

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2018 fue un año intenso y provechoso en el ámbito parlamentario. A la vista está la cantidad de leyes que fueron aprobadas, que abarcaron los temas más variados. Entre ellas, se hicieron importantes ajustes al Código del Proceso Penal, intentando subsanar ciertos defectos y haciéndolo más eficiente en varios aspectos. Desde su aprobación –que contó con un apoyo unánime del sistema político–, dijimos que probablemente iba a ser necesario reajustarlo en el futuro más inmediato. Como sabemos, las normas jurídicas pueden parecer adecuadas durante su estudio y aprobación, sin embargo luego es la realidad la que determina cuán acertada, errada o imperfecta era la idea propuesta. Esto, que sucede con todas las leyes, sin embargo resulta más notorio cuando la reforma tiene una gran magnitud. No sería arriesgado afirmar que el cambio de un sistema procesal penal inquisitivo a uno acusatorio es tal vez una de las reformas más profundas en la materia que se hicieron en nuestro país, desde la aprobación del Código Penal en la década del 30 del siglo pasado.

A veces debemos repasar cómo se dieron las cosas, porque parece que ciertos actores deciden apoyar ciertas cosas y luego desmarcarse políticamente cuando los resultados no son tan favorables. Lo repetiremos hasta el cansancio: todo el sistema político y los operadores más importantes del sistema judicial respaldaron esta reforma. Consideraron que Uruguay tenía un debe, que estaba en deuda con los derechos humanos y que debía implementar un sistema procesal penal que le brindara a las partes las mayores garantías del debido proceso. Consideraron que un juez no debía ser juez y parte y por tanto, debía actuar como un tercero imparcial que juzgara en base a los argumentos presentados por la Fiscalía y la defensa. Es importante recordar estos hechos, cuando aparecen voces críticas que proponen volver a un sistema inquisitivo.

Nunca estuvimos de acuerdo con esa posición regresiva. Sin embargo, estuvimos abiertos a estudiar la implementación de mejoras y así fue que en 2018 se llevaron a cabo ciertos ajustes. Entre otras medidas, se dejó en claro la plena vigencia de la Ley de Procedimiento Policial en todo lo que es la fase de actuación administrativa de la Policía a la hora de disuadir, prevenir y reprimir el delito. Se estableció una limitante a los acuerdos por los que se instrumenta y aplica el proceso abreviado, previendo la preceptividad en el cumplimiento de penas mínimas. Se limitó el beneficio de la libertad anticipada por la reiteración o reincidencia de ciertos delitos graves. Se aprobaron normas que establecieron presunciones para la aplicación de la prisión preventiva para ciertos delitos de entidad: homicidio, delitos sexuales, secuestro, ente otros.

Tal vez resulten atendibles aquellos planteos que proponen realizar otros ajustes al proceso. Por nuestro lado no estamos cerrados a nada, ya que la idea es contar con un sistema que sea cada vez más eficiente y profesional. Tal vez haya que revisar, entre otras cosas, la normativa relativa al proceso abreviado, limitando aun más su implementación, ya que no resulta razonable que más de 90% de los casos se resuelvan a través de este mecanismo, que fue concebido como un instituto excepcional. Como tampoco resulta razonable que personas que son imputadas por delitos de gravedad terminen llegando a un acuerdo a través de dicho proceso abreviado y cumpliendo penas ridículas. Bienvenidas sean las propuestas que busquen solucionar falencias sin caer en la tentación retrógrada de volver a un sistema fallido como era el viejo proceso penal. Tal vez podría estudiarse la posibilidad de permitirles a los jueces un mayor involucramiento en la negociación de los acuerdos derivados del proceso abreviado, para que estos dejen de ser la regla y pasen a ser la excepción.

Sin embargo, más allá de los aspectos legislativos, con las normas vigentes hay mucho que puede hacerse para mejorar los niveles de eficiencia del sistema. Por ejemplo, hoy los operadores judiciales cuentan con un respaldo legislativo que les permite el dictado de directivas generales, protocolos de actuación y acciones coordinadas. Además, creemos que a través del trabajo mancomunado entre Policía y Fiscalía se pueden obtener muy buenos resultados. Así ha quedado demostrado a través de los exitosos operativos conjuntos desarrollados por la Fiscalía en conjunto con la Policía. Por lo tanto, desde el Parlamento seguiremos atentos a la evolución del proceso, y estaremos abiertos a posibles reformas. Sin embargo, sin temor a equivocarnos, creemos que esta es la hora de los operadores judiciales, sobre quienes recae la responsabilidad histórica de realizar los ajustes operativos que estos tiempos demandan.

Charles Carrera es senador del Movimiento de Participación Popular, Frente Amplio.

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