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Sobre el proyecto de prisión domiciliaria a los violadores de derechos humanos

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Que lo presenten intentándolo disfrazar de lo que no es constituye una jugada que supera toda ficción, pero que no logra disimular los argumentos basados en mentiras y engaños. Parece una paradoja que quienes hicieron campaña electoral aprovechándose del miedo de la gente a la inseguridad pública e, incluso, salieron con consignas como “se acabó el recreo”, hoy planteen liberar a delincuentes invocando supuestas “razones humanitarias” por razones de edad, y basándose en en la pandemia por covid-19.

Si algo le faltaba a Cabildo Abierto para mostrar su verdadera intención era proponer un proyecto de ley que apunte a permitirle a los militares culpables de graves violaciones de derechos humanos de la última dictadura poder gozar de la prisión domiciliaria. Ya no quedan dudas, por más que intentaron disimularlo en el discurso: a Cabildo Abierto y al senador Guido Manini Ríos los mueve la defensa de los camaradas que anhelan la reanudación del “recreo de impunidad” del que gozaron durante décadas.

Lo increíble es que se pretenda abordar esta discusión como si esa norma estuviera pensada para las personas privadas de libertad por otros delitos. Si tiene cuatro patas, mueve la cola y ladra, es perro. No hay que buscarle la vuelta, y si algo ha intentado hacer Cabildo Abierto desde que asumió las bancas parlamentarias ha sido impulsar leyes que favorezcan a quienes se valieron del poder del Estado para violar, torturar, asesinar y desaparecer a personas por el solo hecho de pensar diferente.

Ya que se pretende discutir el tema, vamos a exponer nuestros argumentos contrarios al proyecto.

En primer lugar, en cuanto a la exposición de motivos y la base humanitaria y sanitaria, carece de todo fundamento basarse en la pandemia por covid-19 a casi dos años de comenzada, teniendo a gran parte de la población vacunada y cuando esta está en retroceso, lo que deja en evidencia que el proyecto de ley se basa en argumentos absolutamente inválidos y anacrónicos. Asimismo, las personas a las que efectivamente comprende el proyecto no son, ni por el número ni por las condiciones en que están recluidas, quienes deberían provocar la reacción humanitaria y sanitaria. La perspectiva humanista en el texto proyectado se limita a un grupo muy reducido de personas de la tercera edad que se hallan en condiciones mejores que la gente joven que vive hacinada en cárceles indignas, en las que este año ha muerto un número récord de reclusos.

Por otro lado, nuestro ordenamiento jurídico ya tiene elementos que aseguran un tratamiento especial de la prisión domiciliaria para mayores de 70 años y para aquellos casos en los que existen problemas de salud, por ejemplo. Entonces, no vemos la necesidad de establecer una suerte de beneficio general para personas que cometieron delitos sin analizar los casos y la situación individual de cada uno. Eso lógicamente debe estar en manos de la Justicia y no de una ley que tiene aplicación general.

Este proyecto de ley busca beneficiar a una población en particular, que sabemos quiénes son, y a los cuales Cabildo Abierto les quiere dar un beneficio especial. Por otro lado, y mal que les pese a algunos aliados ocasionales (capaces de justificar cualquier tipo de aberración jurídica en nombre de la soberanía), vivimos en una comunidad internacional que comparte valores como la defensa irrestricta de los derechos humanos.

A Cabildo Abierto y al senador Guido Manini Ríos los mueve la defensa de los camaradas que anhelan la reanudación del “recreo de impunidad” del que gozaron durante décadas.

Los relatores de distintos organismos de la Organización de las Naciones Unidas, como los relativos a desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales e incluso tortura, han sido muy claros a la hora de referirse a este proyecto. Sin lugar a dudas, este proyecto está en las antípodas de los principios del derecho penal internacional en materia de crímenes internacionales que obligan al Estado uruguayo a juzgar y condenar a los responsables, autores de crímenes que afectan no sólo bienes jurídicos individuales sino, además, valores fundamentales para la comunidad internacional de la que Uruguay forma parte.

Sobre esto, debemos recordar que la Asamblea General de las Naciones Unidas ha señalado: “En los casos de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario que constituyen crímenes en virtud del derecho internacional, los Estados tienen la obligación de investigar y, si hay pruebas suficientes, enjuiciar a las personas presuntamente responsables de las violaciones y, si se las declara culpables, la obligación de castigarlas”.

Por si fuera poco, es sumamente importante destacar que es una competencia del Poder Judicial determinar la prisión domiciliaria; son sentencias dictadas por un Poder Judicial independiente las que determinan la prisión domiciliaria y no el legislador, por lo que puede hasta cuestionarse la constitucionalidad del proyecto al darse una extralimitación de competencias del Poder Legislativo frente al Poder Judicial.

Pero no sólo eso: desde el derecho interno se ha tratado de justificar a los violadores de los derechos humanos como integrantes de uno de los bandos en una supuesta “guerra”, dando nacimiento a la tan cuestionada (e insostenible, a esta altura) “teoría de los dos demonios”. Esa teoría, promovida por el expresidente Julio María Sanguinetti cuando impulsaba la ley de caducidad, llevó al país a ser un paraíso de la impunidad, que duró hasta que el Frente Amplio –en el gobierno– se dispuso a permitir actuar a la Justicia y que se pudiera juzgar a los autores de esas violaciones (José Gavazzo, Jorge Silveira, Gregorio Álvarez, entre otros).

En Uruguay no existieron dos demonios, no hubo una guerra; hubo terrorismo de Estado y violaciones graves y reiteradas a los derechos humanos más fundamentales consagrados en las normas internacionales, y de hecho se siguen violando estas normas internacionales, al no dar a conocer el paradero de los desaparecidos y no hacer justicia con quienes cometieron tales atrocidades. Pretender equiparar al pueblo con un bando y al Estado con el otro es desconocer de manera hipócrita la realidad de los hechos. Y los hechos marcan que los uruguayos fuimos víctimas de los agentes del Estado, que con todo su poder y fuerza atentaron contra la vida y la integridad física de cientos de uruguayos.

Es por todo lo que venimos expresando que entendemos que una ley que busque la prisión domiciliaria de estos delincuentes de manera general y sin analizar situaciones particulares vinculadas a la salud es inconveniente, inmoral e injusta, y viola las normas fundamentales del derecho internacional penal y humanitario, pudiendo calificarse incluso de inconstitucional por invadir el Poder Legislativo competencias del Poder Judicial. Hoy, nuestro ordenamiento jurídico permite considerar aspectos de salud para disponer prisiones domiciliarias a los detenidos. Porque a diferencia de la dictadura, una democracia, un Estado de derecho, considera estos aspectos y respeta los derechos humanos, incluso los de aquellos que cometieron las peores aberraciones que conoció nuestra historia más reciente.

Así las cosas, decimos: no respaldaremos este proyecto de ley. La bandera de la verdad y la justicia seguirá siendo nuestro principal estandarte.

Charles Carrera es senador por el Movimiento de Participación Popular, Frente Amplio.

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